RESOLUCION DEFINITIVA NUMERO DGDUE-NU-494/15 EN MATERIA DE AUTORIZACION DEL FRACCIONAMIENTO SOCIAL PROGRESIVO DENOMINADO “NAYARITAS ILUSTRES”, EMITIDA POR LA DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO URBANO Y ECOLOGIA DEL MUNICIPIO DE TEPIC, NAYARIT

DGDUE-UN-494/15

Tepic, Nayarit; 15 de Julio del 2015

ING. JUAN JORGE SANTIAGO ORTEGA

DIRECTOR GENERAL DE IPROVINAY

P R E S E N T E

RESOLUTIVO DEFINITIVA

En cumplimiento a lo ordenado en la Ley de Asentamiento Humanos y Desarrollo Urbano para el Estado de Nayarit decreto 8181, publicado el 19 de mayo de 1999, artículos 1 fracción IV, 17 fracciones XV,XVI,XXIII,XXIV,18 Y 186, así como el octavo transitorio y demás relativos a LOS REQUISITOS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA AUTORIZACION

DE FRACCIONAMIENTOS; y una vez recibida la opinión de la secretaría de Obras y

Servicios Públicos de Gobierno del Estado de Nayarit, a que se refiere el artículo 184 de la

Ley enunciada, en relación con la declaración de procedencia, cumplimiento de requisitos de la normatividad aplicable tratándose de áreas de donación, aprobación de la propuesta de nomenclatura y equipamiento del área de donación, aprobación de la propuesta de nomenclatura y equipamiento del FRACCIONAMIENTO SOCIAL PROGRESIVO de la Vivienda de Nayarit IPROVINAY, en colaboración con la Asociación Civil Movimiento

Territorial A.C., emite resolución de Ley tomando en consideración los siguientes:

A N T E C E D E N T E S:

Sexagésimo Sexto, Libro II segundo, en la ciudad de Tepic, Capital del Estado de Nayarit, a los 18 dieciocho días del mes de Diciembre de año 2013 dos mil trece, yo, LICENCIADO

ARTURO DIAZ GONZALEZ, notario público titular de la notaria numero 7 siete, de la primera demarcación notarial de esta entidad federativa, comparece: el señor ingeniero

JUAN JORGE SANTIAGO ORTEGA, EN SU CARÁCTER DE Director General del

INSTITUTO PROMOTOR DE VIVIENDA DE NAYARIT, personal que acredita más adelante, y quien manifestó ser: mexicano, casado, mayor de edad, ingeniero civil, originario de Guadalajara Jalisco donde nació el día 9 nueve de diciembre de 1966 mil novecientos sesenta y seis y vecino de esta ciudad capital con domicilio en calle Ures número 397 trescientos noventa y siete, colonia San Antonio, con clave única de registro de población SAOJ661209HJCNRN09, y quien se identifica en los términos el articulo 104 ciento cuatro fracción II segunda, de la ley de notariado para el estado de Nayarit, con credencial para votar con fotografía expedida por el instituto federal electoral número obligarse, y quien declara bajo protesta de decir verdad y advertido de las pena en que incurren los falso declarantes en los términos de los artículos 102 ciento dos fracción III tercera y 165 ciento sesenta y cinco fracción II segunda, de la ley de notariado para el estado de Nayarit, me manifestó: que por medio del presente instrumento, viene a solicitar de mis funciones notariales para que lleve a cabo la fusión de predios, de los inmuebles que se identificaran en los antecedentes de este instrumento al tenor de las siguientes declaraciones, antecedentes y clausulas:

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DECLARACIONES: dos fracción XIII décima tercera y 165 ciento sesenta y cinco fracción II segunda de la ley del notariado del estado de Nayarit, de las penas en que incurren los falsos declarantes, que el destino de inmueble para los efectos del uso de suelo regulado y la ley de asentamientos humanos y el plan de desarrollo urbano aplicables, es lote de terreno para uso habitacional.

ANTECEDENTES.-

  1. DE LOS TÍTULOS DE PROPIEDAD.

    Declara el señor JUAN JORGE SANTIAGO ORTEGA, en su carácter de director general del INSTITUTO PROMOTOR DE LA VIVIENDA DE NAYARIT que EL IPROVINAY es propietario de los siguientes bienes inmuebles:

    A).- FRACCION IDENTIFICADA CON EL NUMERO 87-A (OCHENTA Y SIETE GUION

    LETRA “A”), que se segrega de la parcela número 87 Z-2 P1/1 (ochenta y siete letra

    Nayarit, con una superficie de 43,070.810 m2 (cuarenta y tres mil setenta metros ochocientos diez milímetros cuadrados), con las siguientes medidas y colindancias:

    AL NORTE: 73.36 setenta y tres metros treinta y seis centímetros con parcela 82 ochenta y dos, más 57.70 cincuenta y siete metros setenta centímetros con parcela 86 ochenta y seis; mas 14.35 catorce metros treinta y cinco centímetros con ancho de arroyo; mas seis y 83 ochenta y tres, arroyo de por medio.

    AL ESTE: 140.76 ciento cuarenta metros setenta y seis centímetros con fracción 87-B

    AL SUR: 174.07 ciento setenta y cuatro metros cero siete centímetros con parcela 101 ciento uno.

    AL SUROESTE: 156.63 ciento cincuenta y seis metros sesenta y tres centímetros con parcela 100 cien.

    AL OESTE: 143.73 ciento cuarenta y tres metros setenta y tres centímetros más 44.58 cuarenta y cuatro metros cincuenta y ocho centímetros en línea quebrada con parcela 85 ochenta y cinco.

    AL NOROESTE: 108.30 ciento ocho metros treinta centímetros en línea quebrada con carretera Tepic-presa de Aguamilpa.

    B).- FRACCION IDENTIFICADA CON EL NUMERO 101-A (ciento uno guion letra “a”), que se segrega de la parcela numero 101 Z-2 P1/1 (ciento uno letra “zeta” guion dos, letra superficie de 18, 821.73 m2 (dieciocho mil ochocientos veintiuno metros setecientos treinta y siete milímetros cuadrados), para uso habitacional, con las siguientes medidas colindancias:

    AL NORTE: 174.07 ciento setenta y cuatro metros cero siete centímetros con parcela 87 ochenta y siete.

    AL ESTE: 125.66 ciento veinticinco metros sesenta y seis centímetros con fracción 101-b

    AL SUR: 127.13 ciento veintisiete metros trece centímetros con parcela 111 ciento once.

    AL OESTE: 135.79 ciento treinta y cinco metros setenta y nueve centímetros con parcela

    Debidamente registrada en y sellada en catastro municipal y Registro público de la

    Propiedad, los días 9 y 12 de Junio del 2014 respectivamente incorporada al libro 23 de la sección V, partida No. 22. sesenta y tres, tomo XIII decimo tercero, libro ocho, en la ciudad de Tepic, Capital del

    Estado de Nayarit, a los 26 veintiséis días del mes de Noviembre del año 2010 dos mil diez, el Licenciado Jesús Toris Lora, Notario Público número 18 dieciocho, en la Primera

    Demarcación Territorial, hago constar el acto jurídico en el que se contiene protocolización de acta de asamblea general extraordinaria de la asociación civil denominada

    JOSE ARNOLDO VILLANUEVA CARVAJAL, en su carácter de delegado especial, y me expreso: que para la formación de este instrumento, el compareciente, fue previamente protestando para que se conduzca con verdad y advertido de las penas en que incurren los falsos declarantes de los términos del artículo 102 ciento dos, fracción XIII décimo tercera, de la nueva ley del notario vigente. Quedando debidamente registrada el 30 de

    Noviembre del 2010 incorporado al libro 59 sección IV, partida No. 36, boleta No. 5550252. del Estado de Nayarit a los 17 días del mes de Enero del año 2013 dos mil trece, ante el

    Licenciado ARTURO DIAZ GONZALEZ, titular de la notaria pública número 7 siete de esta primera demarcación territorial de esta entidad federativa, hago constar: presentan instrumento público número 19,602 diecinueve mil seiscientos dos, tomo CLXV centésimo sexagésimo quinto, libro VI sexto, el inmueble consta de un predio de aproximadamente de colindancias; partiendo del vértice 1 (uno), ubicado en el límite del predio en la intersección del escurrimiento y derecho de vía de libramiento, con rumbo SW 02º55’21.41” y una distancia de 140.761 metros, colindando en este trayecto al este con resto de la parcela rumbo SW 02º55’21.41” y una distancia de 125.565 metros, colindando en este trayecto al este con el resto de la parcela 101; propiedad de Resalió Partida López, se localiza el

    Sábado 26 de Septiembre de 2015 Periódico Oficial 5 vértice 3 (tres), de este punto con rumbo NW 83º41’16.69” y una distancia de 127.13 metros, colindando en este trayecto al suroeste con parcela 111, propiedad de Alonso

    Hernández Castañeda, se localiza el vértice 4 (cuatro), de este punto con rumbo NW parcela 100, propiedad de José Alfonso Sánchez Soria, se localiza el vértice 6 (seis), de este punto con rumbo NE 09º36’38.26” y una distancia de 143.73 metros, colindando en este trayecto al noroeste con parcela 85, propiedad de Arcelia Torres Ayala conocida también como María Arcelia Torres Ayala, se localiza el vértice 7 (siete), de este punto con rumbo SW 77º22’10.48” y una distancia de 44.58 metros, colindando en este trayecto al suroeste con parcela 85, propiedad de Arcelia Torres Ayala conocida también como María

    Arcelia Torres Ayala, se localiza el vértice 8 (ocho) de este punto con rumbo NE

    Av. Aguamilpa, se localiza el vértice 9 (nueve), de este punto con rumbo NE 34º16’15.09” y una distancia de 68.38 metros, colindando en este trayecto al noroeste con Av. Aguamilpa, se localiza el vértice 10 (diez); de este punto con rumbo NE 28º43’36.21” y una distancia de 8.93 metros, colindando en este trayecto al noroeste con Av. Aguamilpa, se localiza el vértice 11 (once); de este punto con rumbo SE 00º55’09.69” y una distancia de 73.36 metros, colindando en este trayecto al noroeste colindando en este trayecto al noroeste con parcela 82, propiedad de Agustín Sánchez Miramontes, se localiza el vértice 12 colindando en este trayecto al sureste con parcela 86, propiedad de Manuel Ron Ulloa, se localiza el vértice 13 (trece); de este punto con rumbo SW 00º18’41.31” y una distancia de vértice 14 (catorce); de este punto con rumbo SE 82º16’14.40” y una distancia de 297.21 metros, colindando en este trayecto al noreste con escurrimiento, se localiza el vértice 15 localiza el vértice 1 (uno); punto final y cierre de la poligonal, arrojando una superficie total de 61,892.56 metros cuadrados. quince, la Secretaria de Obras Públicas del Estado por escrito identificado con el numero

    Nº SOP/DGPDU/DDU/700/15, y con fundamento en el artículo 187 de la Ley de

    Asentamientos Humanos y Desarrollo Urbano para el estado de Nayarit, emitió su opinión en sentido PROCEDENTE, en relación con los documentos que integran el expediente, para hacer emitido EL DICTAMEN DE FRACCIONAMIENTO, del fraccionamiento social progresivo “NAYARITAS ILUSTRES”. Ubicado en Ciudad Satélite...

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