REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES-ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y MÉTODOS DE PRUEBA.

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REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES-ESPECIFICACIONES DE SEGURIDAD Y MÉTODOS DE PRUEBA.

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES

NORMA Oficial Mexicana NOM-035-SCT-2-2010, Remolques y semirremolques-Especificaciones de seguridad y

métodos de prueba. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- 4.013/DGAF/NOM-035-SCT-2-2010. NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-035-SCT-2-2010, REMOLQUES Y SEMIRREMOLQUES ESPECIFICACIONES DE

SEGURIDAD Y METODOS DE PRUEBA. HUMBERTO TREVIÑO LANDOIS, Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en los artículos 36 fracciones I y XII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 30, 38 fracción II, 40 fracción III y XVI, 41, 43, 45 y 47 fracción I, II, III y IV, de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; 4o., de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 5o. fracción VI de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 28, 30 y 34 del Reglamento de la Ley Federal Sobre Metrología y Normalización; 11 y 13 del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal; 6o. fracción XIII del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y demás ordenamientos jurídicos que resulten aplicables; y

CONSIDERANDO Que la fracción XVI del artículo 40 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización dispone que las normas oficiales mexicanas tienen como finalidad establecer las características y especificaciones que deben reunir los vehículos de transporte para proteger las vías generales de comunicación y la seguridad de los usuarios.

Que la fracción VI del artículo 5o. de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal, faculta a la Secretaría a expedir las normas oficiales mexicanas de vehículos de autotransporte y sus servicios auxiliares.

Que en cumplimiento del artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el pasado 16 de octubre de 2009, el proyecto de norma oficial mexicana fue publicado en el Diario Oficial de la Federación a efecto de que dentro de los 60 días naturales los interesados presentaron sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre.

Que durante el plazo señalado, los interesados presentaron sus comentarios al proyecto de norma, los cuales fueron estudiados por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre con la intervención de instituciones educativas y de investigación del país, representantes de la industria nacional, así como la intervención de las autoridades involucradas, integrándose a dicho proyecto de norma las modificaciones que el citado Comité consideró procedentes.

Que en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y No...

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