Reglamento 'tipo' de La Policía Preventiva Municipal
DEL GOBIERNO MUNICIPALH. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DE IXTLAHUACÁN, COL.
REGLAMENTO "TIPO" DE LA POLICÍA PREVENTIVA MUNICIPAL.
-
Carlos Alberto Carrasco Chávez, Presidente Municipal de Ixtlahuacán, Colima, a sus habitantes hace saber: Que el H. Cabildo Constitucional de Ixtlahuacán, Colima, se ha servido dirigirme para su publicación el siguiente:
REGLAMENTO "TIPO" DE LA POLICÍA PREVENTIVA MUNICIPAL.
CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES
El presente Reglamento es de Orden Público e Interés Social y regula los servicios que se establecen en el libro segundo de la Ley del Sistema de Seguridad Pública para el Estado de Colima, y su observancia es obligatoria para la Policía Preventiva del Municipio de Ixtlahuacán.
Para los efectos del presente ordenamiento, se entiende por:
-
Constitución local: a la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima;
-
Ley: a la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Colima IV. Reglamento: al presente Reglamento;
-
Presidente de la República:
al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos;
-
Director General:
al Director General de la Policía Estatal;
-
Secretario de Seguridad Pública:
al Secretario de Seguridad Pública Estatal;
-
Policía Preventiva Municipal:
a la Corporación Municipal encargada de la Seguridad Pública en el Municipio de Ixtlahuacán, Colima;
-
Secretario Ejecutivo Municipal:
al Secretario Ejecutivo del Consejo Municipal de Seguridad Pública;
-
Director Municipal:
al Director de Seguridad Pública Municipal;
-
Consejo:
al Consejo de honor y justicia XII. Dirección:
a la Dirección de la Policía Preventiva Municipal;
-
Instituto:
al Instituto de Formación Académica;
-
Centro:
al Centro de Evaluación y Control de Confianza XV. Consejo Municipal: al Consejo Municipal de Seguridad Pública del Ayuntamiento;
CAPÍTULO IIDE LAS ATRIBUCIONES
Corresponde a la Policía Preventiva Municipal las siguientes atribuciones:
-
Vigilar las áreas escolares, calles, parques, jardines, vías públicas, plazas, mercados, panteones, zonas ecológicas y turísticas, espectáculos públicos y demás de naturaleza similar;
-
Establecer los mecanismos tendientes a combatir la malvivencia, pandillerismo, vagancia, vandalismo y toda actividad que implique una conducta antisocial;
-
Ejecutar los programas y acciones diseñados para garantizar la seguridad pública, la prevención de delitos y las faltas administrativas en el municipio;
-
Vigilar que la propaganda en la vía pública asegure el respeto a la vida privada, a la moral, a las buenas costumbres y a la paz pública;
-
Coadyuvar con las autoridades competentes en la prevención, protección, conservación y mejoramiento de la imagen visual, auditiva y del medio ambiente del municipio, con el fin de ofrecer y asegurar una imagen urbana ordenada, limpia y libre de elementos que la deterioren o contaminen;
-
Mantener la tranquilidad, la paz y el orden públicos, en coordinación con las autoridades auxiliares en las zonas urbanas, conurbadas y rurales del municipio;
-
Participar, en auxilio de las autoridades competentes, en la prevención y persecución de delitos, en la detención de personas o en el aseguramiento de bienes que sean objeto, instrumento o producto de un delito, cumpliendo sin excepción los requisitos previstos en los ordenamientos constitucionales y legales aplicables;
-
En los casos de detenciones o aseguramientos con flagrancia, se deberá poner inmediatamente a disposición de las autoridades ministeriales o administrativas competentes, a las personas detenidas, los bienes que se hayan asegurado y que estén bajo su custodia;
-
Investigar la comisión de delitos, así como practicar las diligencias necesarias que permitan el esclarecimiento de los mismos y la identidad de los probables responsables, bajo la conducción y mando del Ministerio Público, en términos de las disposiciones aplicables;
-
Prestar auxilio a la población en caso de siniestros, desastres, emergencias, urgencias o accidentes, en coordinación con las instancias de protección civil correspondientes y con otros cuerpos policiales de la entidad;
-
Prestar el auxilio a los órganos dependientes de los poderes públicos, a los órganos electorales municipales y demás autoridades administrativas en el municipio que así lo requiera en forma expresa; y XII. Las demás que determinen la Ley, presente Reglamento y otros ordenamientos.
EL director tiene a su cargo el mando superior de la corporación y le corresponde, sin perjuicio las facultades que le confieren la ley, el reglamento y demás disposiciones aplicables y tendrá como facultad indelegable la de crear y estructurar las unidades administrativas y operativas que considere convenientes para el mejor funcionamiento de esta dirección, lo anterior con el visto bueno del presidente municipal y previa autorización del H. Cabildo, esto sin perjuicio de lo que establezca el régimen presupuestario al que se encuentra sujeto esta dirección. Además de las siguientes atribuciones.
-
Garantizar, en el territorio municipal, la seguridad de las personas, sus bienes, sus derechos, así como preservar la paz y el orden público;
-
Promover la participación de los sectores social y privado en la búsqueda de soluciones a la problemática de prevención del delito e infracciones en el ámbito municipal, así como en la definición de objetivos, metas, estrategias y políticas en esta materia;
-
Colaborar con la Secretaria de Seguridad Pública del Estado y con otras instituciones policiales en la coordinación y realización de operativos dentro del municipio y fuera de él según sea el caso;
-
Establecer el mecanismo adecuado con la Secretaria de Seguridad Pública del Estado, para el intercambio de información respecto de las personas detenidas y de los incidentes que acontezcan, con motivo de las detenciones;
-
Planear, programar, organizar, dirigir, controlar y evaluar el desempeño de las funciones correspondientes a la dependencia a su cargo;
-
Presentar al presidente municipal, para su aprobación, los proyectos de políticas, programas y acciones municipales a ejecutar en materia de la prevención del delito, disciplina, capacitación y siniestros;
-
Cumplir las órdenes que reciban del presidente municipal y rendirle los informes que le solicite;
-
Representar a la dependencia a su cargo en todos los asuntos en que ésta deba tomar parte;
-
Proponer al presidente municipal las resoluciones, dictámenes y opiniones de su dependencia y proporcionar la información suficiente sobre la misma;
-
Prestar el auxilio que le sea solicitado por otras dependencias públicas y jurisdiccionales;
-
Solicitar, cuando fuere necesario, el auxilio de las demás corporaciones policíacas existentes en el municipio y fuera de él;
-
Formular el programa de trabajo y el anteproyecto de presupuesto de su dependencia;
-
Someter a la consideración del presidente municipal las modificaciones que considere pertinentes en cada uno de los aspectos de la dependencia a su cargo;
-
Ejecutar las políticas, programas y acciones en la prevención del delito y faltas administrativas, disciplina, capacitación y siniestros, así como determinar lineamientos uniformes y congruentes en materia de policía preventiva;
-
Verificar el cumplimiento de las disposiciones aplicables en esta materia;
-
Operar un sistema de control de antecedentes del personal a su cargo;
-
Elaborar la cartografía del delito a nivel de policía preventiva;
-
Integrar y coordinar el banco de municiones y armamento, llevando el control de altas y bajas, del personal autorizado por la Secretaria de la Defensa Nacional SEDENA, para portarlo;
-
Proponer y solicitar periódicamente al centro de Evaluación, Control y Confianza las pruebas toxicológicas y de antidoping para detectar el consumo de sustancias consideradas como narcóticos al personal;
-
Desarrollar calendarios de capacitación, así como llevar el correspondientes calendario;
-
Promover la formación de personal especializado para la prestación del servicio en las áreas conurbadas y rurales, en coordinación con las autoridades auxiliares municipales;
-
Supervisar la observancia y cumplimiento de los bandos, reglamentos y demás disposiciones en materia de prevención;
-
Aplicar las sanciones...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba