Reglamento del Servicio Publico de Limpia del Municipio de Cardenas, Tabasco
REGLAMENTO DEL SERVICIO PUBLICO DE LIMPIA DEL MUNICIPIO DE CARDENAS, TABASCO
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado en el Suplemento del Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el miércoles 22 de diciembre de 2004.
-
TOMÁS BRITO LARA, PRESIDENTE MUNICIPAL DEL H. AYUNTAMIENTO CONSTITUCIONAL DEL MUNICIPIO DE CÁRDENAS, TABASCO, A TODOS LOS HABITANTES, HAGO SABER:
QUE EL HONORABLE AYUNTAMIENTO QUE PRESIDO, CON FUNDAMENTO EN LO DISPUESTO POR LOS ARTICULOS 115 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, 65 FRACCION I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, 29 FRACCIÓN III, 47, 51, 52, 54,65 FRACCIÓN II, 138, 139, 140, 141, 142, 143 Y 144 DE LA LEY ORGÁNICA DE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE TABASCO, LOS ARTÍCULOS 181, 182, 183, 184,185, 186 Y 187 DEL BANDO DE POLlCIA Y GOBIERNO, Y:
CONSIDERANDO.
TERCERO.- Que el honorable Ayuntamiento que presido, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 65 fracción I de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tabasco, 29 fracción III, 47, 51, 52, 54, 65 fracción II, 138, 139, 140, 141, 142, 143 Y 144 de la Ley Orgánica de los Municipios del Estado de Tabasco, y los artículos 181, 182, 183, 184, 185, 186, 187 del Bando de Policía y Gobierno, en Sesión Extraordinaria de Cabildos número 19, mediante el acta número 28, de fecha Veintisiete de Septiembre del año dos mil cuatro; se ha servido expedir el siguiente:
REGLAMENTO DEL SERVICIO PÚBLICO DE LIMPIA DEL MUNICIPIO DE CÁRDENAS, TABASCO
-
Ayuntamiento.- Ayuntamiento de Cárdenas, Tabasco; y
-
Municipio.- Municipio de Cárdenas, Tabasco
-
El aseo de áreas públicas ubicadas dentro del Municipio tales como: calles, avenidas, plazas, jardines, parque, etc.;
-
El servicio de recolección de basura y desperdicios que se generen en los inmuebles destinados a viviendas, y en áreas públicas;
-
El transporte de los desperdicios y basura a los sitios que fije la autoridad; y
-
El Transporte, entierro o cremación de cadáveres de animales recogidos en las vías públicas y áreas de uso común.
(SIC).- El Servicio de Limpia del municipio, corresponde prestarlo al Ayuntamiento, por conducto de la Unidad de Servicios Municipales, con el personal, equipo y útiles necesarios.
Su costo e instalación será a cargo del Municipio, o bien de los particulares cuando con motivo de su actividad ellos los generen.
La basura o desperdicio, proveniente de hospitales, sanatorios, clínicas, consultorios médicos o de otros establecimientos industriales o comerciales que a juicio de las Autoridades Sanitarias o Municipales, puedan entrañar un peligro para la Salud Pública, deberán ser envasados herméticamente y colocados en bolsas de polietileno, para ser recolectadas y confinadas adecuadamente por el personal del Departamento de Limpia.
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba