REGLAMENTO DE RECURSOS HUMANOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE XALISCO, NAYARIT.
PON, 10 de Mayo de 2008 › Sección Cuarta
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REGLAMENTO DE RECURSOS HUMANOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE XALISCO, NAYARIT.
REGLAMENTO DE RECURSOS HUMANOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE XALISCO, NAYARIT. JUAN FERNANDO CARRILLO NOYOLA, Presidente del Ayuntamiento Constitucional deXalisco, Nayarit en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 115 fracción II de laConstitución de los Estados Unidos Mexicanos; 111 fracción I de la Constitución Política del Estado de Nayarit; artículos 61 fracción I a), 221, y 234 de la Ley de Municipal para elEstado Nayarit, a todos los habitantes del Municipio hago saber:Que el Honorable XXXVII Ayuntamiento Constitucional de Xalisco, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de abril del 2007, ha tenido a bien aprobar y expedir el siguiente:REGLAMENTO DE RECURSOS HUMANOS DEL H. AYUNTAMIENTO DE XALISCO, NAYARIT. CAPITULO I OBSERVANCIA ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento de recursos Humanos del H. Ayuntamiento deXalisco, Nayarit es de observancia general y obligatorio para todos los Servidores Públicos que prestan sus servicios al Ayuntamiento de Xalisco, Nayarit. Tienen la calidad de servidores públicos los empleados por el Ayuntamiento, las personas que tengan un nombramiento de trabajo en dicha institución, desarrollen labores en su provecho de manera permanente un número de horas obligatorio a la semana y ejecuten labores bajo su dirección, cualquiera que sea su jerarquía, nombramiento o antigüedad.ARTÍCUL...Ver el contenido completo de este documento
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