Reglamento de la Ley de la policía federal

Este documento está disponible con registro gratuito

REGÍSTRATE GRATIS
Publicado enDiario Oficial de la Federación
TÍTULO PRIMERO De la organización Artículos 1 a 107
CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales Artículos 1 a 4
ARTÍCULO 1

El presente Reglamento tiene por objeto establecer la organización, estructura y funcionamiento de la Policía Federal, órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, así como regular el servicio profesional de carrera policial, el régimen disciplinario aplicable a los integrantes de la Policía Federal, al igual que regular las funciones del Consejo Federal de Desarrollo Policial de la Policía Federal.

La Policía Federal tiene a su cargo el ejercicio de las atribuciones, obligaciones, facultades y el despacho de los asuntos que le encomiendan su Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables.

Las atribuciones que a la Policía Federal se otorgan en el presente Reglamento en materia de investigación y combate de los delitos cometidos, se realizará, conforme al artículo 21 constitucional, bajo la conducción y mando del Ministerio Público de la Federación.

Para los efectos de la relación con la Organización Internacional de Policía Criminal, la institución se deberá coordinar, en su carácter de Oficina de Enlace Nacional Interpol-México, con la autoridad competente que tenga a su cargo la Oficina Central Nacional de Interpol.

ARTÍCULO 2

Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:

  1. Actos del Servicio, los que realizan los Integrantes de la Institución en forma individual o colectiva, en cumplimiento de órdenes recibidas o en el desempeño de las funciones y atribuciones que les competen según su adscripción;

  2. Carrera Policial, al Servicio Profesional de Carrera Policial de la Policía Federal;

  3. Consejo Federal, al Consejo Federal de Desarrollo Policial;

  4. Institución, a la Policía Federal;

  5. Integrantes, a los miembros de la Policía Federal;

  6. Ley, a la Ley de la Policía Federal;

  7. Ley General, a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública;

  8. Manual de Organización, al Manual de Organización de la Institución;

  9. Manual de Previsión Social, al Manual de Previsión Social de la Institución;

  10. Manual de Uniformes, al Manual de Uniformes e Insignias de la Institución;

  11. Manual del Consejo, al Manual del Consejo Federal;

  12. Ministerio Público, al Ministerio Público de la Federación;

  13. Bis. Proximidad Social, a la vinculación de las Instituciones de Seguridad Pública con la sociedad, generando confianza y cercanía, obteniendo de esta relación información relevante para la prevención e investigación de los delitos y protección de esa sociedad;

  14. Reglamento, al presente ordenamiento;

  15. Secretaría, a la Secretaría de Gobernación;

  16. Secretaría General, a la Secretaría General de la Policía Federal;

  17. Secretario, al Titular de la Secretaría, y

  18. Sistema, al Sistema Nacional de Seguridad Pública.

ARTÍCULO 3

Los colores oficiales de la Institución son el blanco, el azul, el oro y el negro.

La utilización de los colores oficiales, sus combinaciones, características y uso en los inmuebles, vehículos aéreos, marítimos y terrestres y uniformes, así como las insignias, medallas, divisas, gafetes y escudos que los distingan se especificarán en el Manual de Uniformes y demás manuales que para tal efecto se emitan.

ARTÍCULO 4

La Policía Federal, conjuntamente con las autoridades federales cuyas atribuciones se relacionen con la función policial, participará en la instancia de coordinación interinstitucional en los términos que al efecto establezca el Ejecutivo Federal.

CAPÍTULO SEGUNDO De la estructura orgánica Artículo 5
ARTÍCULO 5

La Institución, para el despacho de los asuntos de su competencia, contará con las unidades siguientes:

  1. OFICINA DEL COMISIONADO GENERAL;

  2. DIVISIONES DE:

    1. Inteligencia;

    2. Investigación;

    3. Seguridad Regional;

    4. Científica;

    5. Antidrogas;

    6. Fuerzas Federales, y

    7. Gendarmería;

  3. SECRETARÍA GENERAL;

  4. ASUNTOS INTERNOS;

  5. COORDINACIONES:

    1. Servicios Técnicos;

    2. Operaciones Encubiertas;

    3. Análisis y Enlace Internacional;

    4. Investigación de Gabinete;

    5. Investigación de Campo;

    6. Investigación Técnica y Operación;

    7. Para la Prevención de Delitos Electrónicos;

    8. Innovación Tecnológica;

    9. Criminalística;

    10. Investigación de Gabinete Antidrogas;

    11. Investigación de Campo y Técnica Antidrogas;

    12. Investigación de Recursos de Procedencia Ilícita;

    13. Restablecimiento del Orden Público;

    14. Reacción y Alerta Inmediata;

    15. Operaciones Especiales;

    16. Servicios Generales;

    17. Operaciones Aéreas;

    18. Soporte Técnico;

    19. Sistema de Desarrollo Policial, y

    20. Gendarmería;

  6. COORDINACIONES ESTATALES;

  7. DIRECCIONES GENERALES:

    1) Asuntos Jurídicos;

    2) Enlace;

    3) Comunicación Social;

    4) Centro de Monitoreo Técnico;

    5) Centro de Alertas y Atención de Riesgos;

    6) Desarrollo y Operación de Coberturas;

    7) Operaciones e Infiltración;

    8) Reclutamiento y Manejo de Fuentes de Información;

    9) Supervisión y Vigilancia;

    10) Análisis y Estadística;

    11) Asuntos Policiales Internacionales;

    12) Indicadores de Integración de la Información;

    13) Análisis Táctico;

    14) Fichas y Registros Delictivos;

    15) Manejo de Crisis y Negociación;

    16) Investigación de Delitos contra la Seguridad e Integridad de las Personas;

    17) Investigación de Delitos de Alto Impacto;

    18) Investigación de Delitos Federales;

    19) Operaciones Técnicas;

    20) Inteligencia Operativa;

    21) Apoyo Táctico;

    22) Prevención de Delitos Cibernéticos;

    23) Centro Especializado en Respuesta Tecnológica;

    24) Laboratorios en Investigación Electrónica y Forense;

    25) Tecnologías de Información Emergentes;

    26) Infraestructura e Implementación de Procesos Tecnológicos;

    27) Innovación y Desarrollo;

    28) Criminalística de Campo;

    29) Laboratorios;

    30) Especialidades;

    31) Análisis Táctico Antidrogas;

    32) Fichas y Registro de Narcotráfico y Delitos Conexos;

    33) Enlace y Cooperación Interinstitucional;

    34) Operación Técnica Antidrogas;

    35) Inteligencia Operativa Antidrogas;

    36) Apoyo Táctico contra Narcotráfico y Delitos Conexos;

    37) Análisis Táctico de Delitos contra el Sistema Financiero;

    38)...

Para continuar leyendo

REGÍSTRATE GRATIS

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR