Reglamento de la Ley Organica de la Procuraduria General de Justicia del Estado de Michoacan de Ocampo

REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en la Octava Sección del Periódico Oficial del Estado de Michoacán, el jueves 21 de mayo de 2015.

SALVADOR JARA GUERRERO, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 60, 62, 65 y 66 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo, 3°, 5°, 9° y 18 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Michoacán de Ocampo; y,

C O N S I D E R A N D O...

En mérito de lo expuesto y con fundamento en las disposiciones legales y consideraciones previamente señaladas, he tenido a bien expedir el siguiente:

REGLAMENTO DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MICHOACÁN DE OCAMPO

TÍTULO I Artículos 1 a 14

DE LA ORGANIZACIÓN DE LA PROCURADURÍA

ARTÍCULO 1° Las disposiciones de este Reglamento son de orden público, interés social y de observancia general; tienen por objeto regular la organización interna de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Michoacán de Ocampo, para el estricto cumplimiento de las obligaciones constitucionales y legales que le son conferidas.
ARTÍCULO 2° La actuación de los servidores públicos de la Procuraduría se regirá por los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos, siendo responsables de la guarda, custodia, secrecía y manejo de la información relacionada con la Institución y sus actuaciones.
ARTÍCULO 3° Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:
  1. Procuraduría: La Procuraduría General de Justicia del Estado de Michoacán de Ocampo;

  2. Procurador: La persona titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Michoacán de Ocampo;

  3. Estado: El Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo;

  4. Conferencia: La Conferencia Nacional de Procuración de Justicia;

  5. Constitución: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos;

  6. Constitución del Estado: La Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Michoacán de Ocampo;

  7. Ley Orgánica: La Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Michoacán de Ocampo; y,

  8. Reglamento: El Reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Michoacán de Ocampo.

CAPÍTULO I Artículo 4

DE LA INTEGRACIÓN DE LA PROCURADURÍA

ARTÍCULO 4° La Procuraduría, para el despacho de sus atribuciones, se integra por:
  1. El Procurador;

    1. Dirección General de Análisis y Seguimiento:

      1. Asesores;

      2. Unidad de Transparencia;

      3. Unidad de Seguimiento de Acuerdos de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia; y,

      4. Unidad de Enlace Interinstitucional;

    2. Secretaría Técnica;

    3. Secretaría Particular; y,

    4. Dirección de Comunicación Social.

  2. Coordinación General de Fiscalías Regionales.

    1. Fiscalía Regional de Morelia:

      1. Dirección Regional de Carpetas de Investigación;

      2. Dirección Regional de Litigación;

      3. Dirección Regional de Investigación y Análisis;

      4. Jefatura de Agentes del Ministerio Público; y,

      5. Enlace Administrativo;

    2. Fiscalía Regional de La Piedad:

      1. Dirección Regional de Carpetas de Investigación;

      2. Dirección Regional de Litigación;

      3. Dirección Regional de Investigación y Análisis;

      4. Enlace Administrativo;

    3. Fiscalía Regional de Zamora.

      1. Dirección Regional de Carpetas de Investigación;

      2. Dirección Regional de Litigación;

      3. Dirección Regional de Investigación y Análisis;

      4. Agencia del Ministerio Público especializada para Pueblos Indígenas; y,

      5. Enlace Administrativo.

    4. Fiscalía Regional de Lázaro Cárdenas.

      1. Dirección Regional de Carpetas de Investigación;

      2. Dirección Regional de Litigación;

      3. Dirección Regional de Investigación y Análisis; y,

      4. Enlace Administrativo.

    5. Fiscalía Regional de Apatzingán.

      1. Dirección Regional de Carpetas de Investigación;

      2. Dirección Regional de Litigación;

      3. Dirección Regional de Investigación y Análisis; y,

      4. Enlace Administrativo.

    6. Fiscalía Regional de Zitácuaro;

      1. Dirección Regional de Carpetas de Investigación;

      2. Dirección Regional de Litigación;

      3. Dirección Regional de Investigación y Análisis; y,

      4. Enlace Administrativo.

    7. Fiscalía Regional de Uruapan;

      1. Dirección Regional de Carpetas de Investigación;

      2. Dirección Regional de Litigación;

      3. Dirección Regional de Investigación y Análisis;

      4. Agencia del Ministerio Público Especializada para Pueblos Indígenas; y,

      5. Enlace Administrativo.

  3. Fiscalía de Atención Especializada a Delitos de Alto Impacto.

    1. Fiscalía de Asuntos Especiales;

    2. Fiscalía Especializada de Personas Desaparecidas;

    3. Fiscalía Especializada de Robo de Vehículos;

    4. Fiscalía Especializada de Robo al Transporte;

    5. Fiscalía Especializada de Homicidios;

    6. Fiscalía Especializada de Inteligencia Patrimonial y Financiera;

    7. Fiscalía Especializada en Corporaciones Policiales;

    8. Unidad Especializada en Delitos Contra el Medio Ambiente;

    9. Centro de Operación Estratégica; y,

    10. Dirección de Investigación y Análisis Especializada.

  4. Fiscalía Especializada para la Atención de Delitos de Violencia Familiar y de Género.

    1. Fiscalía Especializada en Atención de Delitos Sexuales;

    2. Fiscalía Especializada en Atención de Violencia Familiar;

    3. Fiscalía Especializada en Atención de Feminicidios y Trata de Personas;

    4. Centro de Justicia Integral para las Mujeres en el Estado de Michoacán;

    5. Dirección de Investigación y Análisis en Materia de Delitos Vinculados a la Violencia de Género; y,

    6. Enlace Administrativo.

  5. Centro de Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias.

    1. Dirección de Atención Temprana;

    2. Dirección de Acuerdos Reparatorios;

    3. Dirección de Seguimiento de Acuerdos;

    4. Dirección de Programas de Justicia Restaurativa; y,

    5. Dirección de Investigación y Análisis en Materia de Justicia Restaurativa.

  6. Unidad Especializada de Combate al Secuestro.

    1. Dirección de Atención a Víctimas en Materia de Secuestro;

    2. Dirección de Servicios Periciales en Materia de Secuestro;

    3. Coordinación de Ministerios Públicos en Materia de Secuestro;

    4. Dirección de Investigación y Análisis en Materia de Secuestro; y,

    5. Enlace Administrativo.

  7. Fiscalía Anticorrupción.

    1. Fiscalía Especializada en Delitos Cometidos por Servidores Públicos; y,

    2. Dirección de Investigación y Análisis.

  8. Coordinación General de Servicios Periciales.

    1. Unidad de Investigación Científica;

    2. Unidad de Genética;

    3. Unidad Forense; y,

    4. Unidad Técnica de Preservación y Manejo de Evidencias.

  9. Agencia de Investigación y Análisis.

    1. Dirección de Protección a Personas;

    2. Dirección de Aprehensiones;

    3. Dirección de Reacción de Operaciones Estratégicas;

    4. Unidad Especializada en la Escena del Crimen; y,

    5. Dirección de Control de Plataforma México.

  10. Dirección General Jurídica y de Derechos Humanos.

    1. Dirección Jurídica Administrativa;

    2. Dirección de Promoción y Defensa de los Derechos Humanos; y,

    3. Dirección de Amparos.

  11. Unidad de Servicios de Inteligencia.

    1. Dirección de Investigación Criminal;

    2. Dirección de Análisis; y,

    3. Dirección de Investigación.

  12. Dirección General de Atención a Víctimas.

    1. Dirección de Atención Médica y Psicológica; y,

    2. Dirección de Asistencia Jurídica.

  13. Dirección General de Asuntos Internos.

    1. Dirección de Supervisión, Control y Evaluación.

  14. Dirección General de Tecnologías de la Información, Planeación y Estadística.

    1. Dirección de Tecnologías de la Información; y,

    2. Dirección de Planeación y Estadística.

  15. Dirección General de Administración;

    1. Dirección de Infraestructura y Servicios Generales;

    2. Dirección de Recursos Humanos;

    3. Dirección de Recursos Financieros;

    4. Dirección de Recursos Materiales, Vehículos y Armamento;

    5. Dirección de Servicios Aéreos;

    6. Dirección de Bienes Asegurados; y,

    7. Dirección de Seguridad Institucional.

  16. Instituto de Capacitación y Profesionalización.

    1. Dirección de Capacitación; y,

    2. Dirección de Carrera Profesional.

  17. Subdirecciones;

  18. Jefaturas de Departamento; y,

  19. Las demás áreas creadas por el Procurador en razón de las necesidades del servicio.

CAPÍTULO II Artículos 5 a 14

DEL TITULAR DE LA PROCURADURÍA Y SU DESPACHO

ARTÍCULO 5° El Procurador preside el Ministerio Público en el Estado, bajo las atribuciones que le confieren la Constitución, la Constitución del Estado, la Ley Orgánica, el presente Reglamento y demás disposiciones aplicables.

Podrá delegar sus facultades en servidores públicos subalternos, mediante disposiciones de carácter general o particular, sin perder por ello la posibilidad de ejercicio directo.

Además fijará las funciones a los servidores públicos de la Procuraduría y podrá variar su área y competencia en la medida que lo requiera el servicio, contando con las siguientes facultades:

  1. Representar a la Procuraduría para todos los efectos legales;

  2. Emitir acuerdos y circulares que organicen, desarrollen y complementen las actividades de la Procuraduría y quienes la integran;

  3. Proponer al Titular del Ejecutivo los proyectos de iniciativas, reformas, adhesiones y abrogaciones de leyes estatales así como ordenamientos públicos;

  4. Representar al Gobierno del Estado, previo acuerdo del Titular del Ejecutivo, en la celebración de convenios de colaboración a que se refiere el artículo 119 de la Constitución;

  5. Informar al Titular del Ejecutivo del Estado sobre los asuntos encomendados a la Procuraduría;

  6. Emitir convocatorias, fijar criterios y procedimientos relacionados al...

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