Reglamento de la Ley que Garantiza la Entrega de Utiles Escolares en el Estado de Tabasco
REGLAMENTO DE LA LEY QUE GARANTIZA LA ENTREGA DE UTILES ESCOLARES EN EL ESTADO DE TABASCO
TEXTO ORIGINAL.
Reglamento publicado del el Suplemento del Periódico Oficial del Estado de Tabasco, el sábado 30 de julio de 2005.
LIC. MANUEL ANDRADE DÍAZ, GOBERNADOR DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TABASCO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 51 FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, 7 FRACCIÓN II Y 8 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER EJECUTIVO DEL ESTADO; Y
C O N S I D E R A N D O.
Por lo que he tenido a bien emitir el siguiente:
REGLAMENTO DE LA LEY QUE GARANTIZA LA ENTREGA DE ÚTILES ESCOLARES EN EL ESTADO DE TABASCO
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Ley: La Ley que Garantiza la Entrega de Útiles Escolares en el Estado de Tabasco;
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Reglamento: El Reglamento de la Ley que Garantiza la Entrega de Útiles Escolares en el Estado de Tabasco;
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Beneficiarios: Los alumnos radicados en el Estado de Tabasco, inscritos en las escuelas públicas, de los niveles preescolar, primaria y secundaria, que reciben el beneficio del paquete de útiles escolares;
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Apoyos: El paquete de útiles escolares materia de la Ley y este Reglamento;
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Autoridad Educativa Estatal: La Secretaría de Educación del Estado de Tabasco;
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Autoridad Educativa Municipal: Los Ayuntamientos del Estado de Tabasco;
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CONAPO: El Consejo Nacional de Población;
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PAREIB: El Programa para Abatir el Rezago en Educación Inicial y Básica;
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Programa: El Programa de entrega de útiles escolares creado por la Secretaría de Educación;
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SEDESOL: La Secretaría de Desarrollo Social; y
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SEP: La Secretaría de Educación Pública Federal.
El Programa estará a cargo de la unidad administrativa que determine el Titular de la Secretaría de Educación.
Con la finalidad de que el Programa opere bajo un principio de equidad, justicia social y de optimización de los recursos disponibles, corresponde al Titular de la Autoridad Educativa Estatal de conformidad con las facultades que le otorga la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, emitir los acuerdos, normas, lineamientos y demás disposiciones administrativas que considere pertinente para la adecuada aplicación de la Ley y el presente Reglamento.
DE LOS BENEFICIARIOS DEL PROGRAMA
DE LA COORDINACIÓN DE LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS
De igual manera, la Autoridad Educativa Estatal celebrará acuerdos con las dependencias y entidades federales que le permitan identificar las zonas de alta y muy alta marginación, así como los grupos vulnerables existentes en el Estado, con la finalidad de contar con los elementos necesarios para la determinación de los Beneficiarios y la entrega de los Apoyos.
DE LOS APOYOS
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