Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia.

Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Coatepec, Veracruz.

CAPÍTULO I
Disposiciones Generales Artículos 1 a 27
Artículo 1 El presente Reglamento es de carácter obligatorio y tiene por objeto regular la organización y el funcionamiento del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Coatepec, Veracruz, así como todas y cada una de las diferentes acciones y atribuciones que en el ejercicio de sus funciones llevan a cabo todos los funcionarios y personal que labora para el mismo.
Artículo 2 El Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de Coatepec, Veracruz es un

organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene como objetivos los que marca la Ley de Asistencia Social del Estado de Veracruz, como lo son brindar servicios de asistencia social oportunos, eficaces, equitativos, humanitarios y de calidad, en apoyo de la población más desprotegida y coadyuvar e instrumentar acciones para el desarrollo integral de la familia y la protección de los sectores más vulnerables de la población, buscando integrarlos o reincorporarlos a un ambiente social adecuado que les permita desarrollar una vida plena y productiva.

Artículo 3 Para los efectos de este Reglamento se entenderá por:
  1. DIF Coatepec: Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia de Coatepec, Veracruz;

  2. Ley: Ley Sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social; III. Patronato: Patronato del DIF Coatepec; IV. Presidencia: Presidente(a) del DIF Coatepec V. Dirección General: Director(a) General del DIF Coatepec; VI. Áreas: Área de Asistencia Alimentaria, Área de Psicología, Área de Trabajo Social, Área de Administración, Área Médica, Área de Adultos Mayores;

  3. Procuraduría: Procuraduría de la Defensa del Menor, la Familia y el Indígena;

  4. Cedas: Secretaría Ejecutiva del Consejo Municipal de Asistencia de la Niñez y Adolescencia;

  5. CADI: Centro de Asistencia y Desarrollo Infantil

CAPÍTULO II Artículo 4

De los Órganos Superiores del Sistema

Artículo 4 Los Órganos Superiores de Gobierno del DIF Coatepec son:
  1. El Patronato II. La Presidencia III. El Comisario IV. La Dirección General

Los Órganos Superiores realizarán sus funciones conforme a las disposiciones previstas en la Ley, en el presente Reglamento y en los demás ordenamientos aplicables.

CAPÍTULO III Artículos 5 a 10

Del Patronato

Artículo 5 El Patronato estará integrado por siete miembros, distribuidos de la siguiente manera:
  1. Un Presidente del patronato, que será la o el cónyuge del Presidente Municipal Constitucional o por quien éste determine;

  2. Un Vicepresidente que será el Presidente Municipal Constitucional de Coatepec, Veracruz;

  3. Un Secretario, que será el Director(a) del DIF Coatepec; IV. Un Tesorero, que será el encargado del Área de Administración de DIF Coatepec;

  4. Un vocal, que será representante del Voluntariado de DIF Coatepec, designado y removido libremente por el Presidente del Patronato;

  5. Dos vocales que serán designados de entre los Regidores del H. Ayuntamiento de Coatepec, mismo que serán designados y removidos libremente por el Presidente Municipal Constitucional;

Todos los integrantes del Patronato no percibirán retribución, emolumentos o compensación alguna para el ejercicio de sus funciones.

Artículo 6 El Patronato tendrá las siguientes facultades:
  1. Emitir opinión y recomendaciones sobre los planes de trabajo, presupuestos, informes y estados financieros anuales del DIF Coatepec;

  2. Apoyar las actividades del DIF Coatepec y formular sugerencias tendientes a su mejor desempeño;

  3. Contribuir a la obtención de recursos que permitan el incremento del patrimonio del DIF Coatepec y el cumplimiento de sus objetivos;

  4. Celebrar sesiones ordinarias por lo menos dos veces al año y las extraordinarias que se requieran; y

  5. Aprobar los convenios que el Sistema Municipal celebre para el cumplimiento de sus objetivos.

  6. Aprobar el reglamento interior, la organización general del sistema y los manuales de procedimientos y de servicios al público.

  7. Aprobar la aceptación de herencias, legados, donaciones, usufructos, subsidios, concesiones, compensaciones y demás liberalidades.

  8. Analizar y aprobar los proyectos de inversión. IX. Ratificar al Director(a) General del DIF Coatepec. X. Las demás que sean necesarias para el ejercicio de las facultades anteriores; pudiendo además constituir, asociarse o convenir con personas morales no lucrativas para la consecución de sus fines y cumplimiento de sus obligaciones así como con el Sistema DIF Nacional, el Sistema DIF Estatal Veracruz o los Sistemas DIF Municipales.

Artículo 7 Las sesiones serán válidas con la asistencia de por lo menos cuatro miembros integrantes del Patronato;
Artículo 8 Los acuerdos se decidirán por mayoría de votos y en caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
Artículo 9 Las sesiones del Patronato deberán sujetarse al orden del día, pudiendo sugerir cualquiera de sus miembros la inclusión de algún asunto de su interés para ser tratado en sesión subsecuente, previa aprobación del Patronato.

El orden del día de las sesiones deberá contener invariablemente: un reporte sobre el cumplimiento de los acuerdos adoptados en la sesión anterior, así como un punto de asuntos generales.

Artículo 10 De todas las sesiones del Patronato se redactará una acta, que tendrá un número progresivo, y en la que figurará su carácter, fecha de celebración, lista de asistencia, relación sucinta del desahogo del orden del día, así como los acuerdos que se tomen, los cuales deberán ser identificados con un número progresivo, número de acta y año que corresponda.

Las actas podrán acompañarse de anexos relacionados con cuestiones referentes a los asuntos tratados en las sesiones. El acta constará de dos tantos originales firmados por el Presidente del Patronato, el Secretario, así como por todos los integrantes presentes en la sesión. Un original se integrará al registro autorizado y el otro permanecerá bajo resguardo de la Dirección General.

CAPÍTULO IV Artículo 11

De la Presidencia del Patronato

Artículo 11 Corresponde al Presidente del Patronato:
  1. Instaurar, presidir y concluir las sesiones del patronato; II. Diferir o suspender la sesión por causas que pudieran afectar la celebración o el desarrollo de la misma y que a su juicio así lo ameriten;

  2. Podrá dirigir y/o moderar los debates; IV. Resolver en caso de empate con su voto de calidad; V. Firmar junto con el Secretario y los integrantes del Patronato todos los acuerdos y resoluciones que emanen de la sesión;

  3. Rendir anualmente el informe de actividades del DIF Coatepec,

  4. Las demás que señalen las disposiciones aplicables.

CAPÍTULO V Artículo 12

Del Comisario

Artículo 12 El Comisario será designado y removido libremente por la Presidencia del Patronato y tendrá las facultades siguientes:
  1. Solicitar a la Dirección General un informe mensual que incluya por lo menos un estado de la situación financiera y un estado de resultados;

  2. Emitir sus opiniones sobre las políticas y criterios contables y de información implementadas por la Subdirección de Administración y Finanzas, buscando que sean los adecuados y tomando en consideración las circunstancias particulares del mismo;

  3. Emitir su opinión sobre si esas políticas y criterios han sido aplicados consistentemente en la información presentada por la Dirección;

  4. Insertar en el orden del día de las sesiones del Patronato, los puntos que considere pertinentes;

  5. Acudir con voz, pero sin voto, a todas las sesiones del Patronato, a las cuales deberá ser citado;

  6. Vigilar que la administración de los recursos y el funcionamiento del DIF Coatepec, se hagan de acuerdo con lo que disponga la ley y los programas y presupuestos aprobados;

  7. Revisar los estados financieros y las actividades de carácter administrativo que considere pertinentes; y

  8. Las demás que sean necesarias para el ejercicio sus funciones.

CAPÍTULO VI Artículos 13 y 14

De la Dirección General

Artículo 13 El Director General del DIF Coatepec, será nombrado y removido libremente por el Presidente(a) del Patronato del DIF Coatepec y ratificado por el Patronato.
Artículo 14 El Director General del DIF Coatepec tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
  1. Someter a consideración del...

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