Reglamento Interior de la Secretaria de Salud

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO DE VERACRUZ

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN LA GACETA OFICIAL DEL ESTADO: 29 DE AGOSTO DE 2014.

Reglamento publicado en el Número Extraordinario de la Gaceta Oficial del Estado de Veracruz, el jueves 7 de febrero de 2013.

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Javier Duarte de Ochoa, Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, en ejercicio de las facultades que me confiere el artículo 49 fracciones III, V y XXIII de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, y con fundamento en lo dispuesto por el artículo 8 fracción II y XIV de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, artículos 5, 6, 7 fracción XIV y 7 fracción XIV y 26 de la Ley de Salud del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; tengo a bien expedir:

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE SALUD

CAPÍTULO I Artículos 1 a 5

De la competencia de la Secretaría de Salud

Artículo 1 La Secretaría de Salud como dependencia del Poder Ejecutivo del Estado, tiene a su cargo el despacho de los asuntos que Expresamente le encomienda la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, así como otras leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y órdenes del Gobernador de la Entidad.
Artículo 2 El titular y los demás Servidores Públicos de la Secretaría de Salud, serán nombrados y removidos libremente por el Gobernador del Estado.
Artículo 3 Para el estudio, planeación y despacho de sus asuntos, la Secretaría de Salud contará con los servidores públicos y unidades administrativas siguientes:
  1. Secretario de Salud;

  2. Subsecretaría de Salud;

  3. Órganos Desconcentrados.- Red de Centros de Atención a Mujeres Embarazadas en situación vulnerable;

    (REFORMADO, G.O. 29 DE AGOSTO DE 2014)

  4. Los Organismos Públicos Descentralizados que estarán sectorizados a la Secretaría de Salud son los siguientes:

    a) Servicios de Salud de Veracruz;

    b) Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia;

    c) Régimen Estatal de Protección Social en Salud; y

    d) Comisión de Arbitraje Médico del Estado de Veracruz

  5. Enlace Administrativo.

Artículo 4

La Secretaría de Salud podrá contar con el número de asesores y con las Comisiones Técnicas Administrativas necesarias para el cumplimiento de sus funciones, de conformidad con el presupuesto respectivo y a los Lineamientos Generales y Específicos para el Programa Integral de Austeridad, Disciplina, Transparencia y Eficiente Administración de los Recursos Públicos por parte de las Dependencias y Entidades del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.

Artículo 5

La Secretaría de Salud por conducto de las unidades administrativas, señaladas en el artículo 3° del presente ordenamiento, planearán sus actividades y conducirán las mismas en forma programada, con base en las políticas, prioridades y restricciones que para el logro de los objetivos y metas del Plan Estatal de Desarrollo y los Programas a su cargo, establezcan el Gobernador del Estado y el Titular de la Secretaría de Salud.

CAPÍTULO II Artículos 6 y 7

De las atribuciones del Secretario de Salud

Artículo 6

El trámite y resolución de los asuntos de la competencia de la Secretaría, así como su representación, corresponde originalmente al Secretario de Salud, quien para la mejor atención y despacho de los mismos, podrá delegar en servidores públicos subalternos, cualesquiera de sus facultades, excepto aquellas que por disposición de la Ley o de este Reglamento, deban ser ejercidas precisamente por él.

Artículo 7 El Secretario de Salud tendrá las siguientes facultades no delegables:
  1. Representar legalmente a la Secretaría y, en los asuntos que así determine, al Gobierno del Estado por acuerdo expreso del titular del Poder Ejecutivo;

  2. Coordinar las políticas y programas de salud pública y seguridad social en la entidad;

  3. Fijar, dirigir y controlar la política general de la Secretaría; planear, coordinar y evaluar las actividades del sector correspondiente, en los términos de la legislación aplicable;

    Para tal efecto, aprobará los planes y programas de conformidad con los objetivos, metas y políticas que determine el Gobernador del Estado.

  4. Someter al acuerdo del Gobernador del Estado, los asuntos encomendados a la Secretaría y al sector correspondiente;

  5. Formular, en el ámbito de su competencia, proyectos de ley, decreto, reglamentos, acuerdos y convenios, los que remitirán para su autorización al Gobernador del Estado;

  6. Comparecer ante el Congreso del Estado, a convocatoria expresa de éste y por conducto del Gobernador, para dar cuenta del estado que guarda la dependencia a su cargo; o por instrucción del Gobernador cuando se discuta una ley o se estudie un negocio concerniente a su respectivo ramo;

  7. Desempeñar las comisiones y funciones especiales que el Gobernador del Estado le confiera y mantenerlo informado sobre el desarrollo de las mismas;

  8. Participar, por delegación del Ejecutivo del Estado, en la celebración de convenios de coordinación que en materia de salubridad general local celebre el Estado con el Gobierno Federal o con los de los municipios, o bien con otras entidades públicas o privadas;

  9. Aprobar la organización y funcionamiento de la Secretaría y del sector respectivo;

  10. Aprobar los manuales de organización y procedimientos de las unidades administrativas de su adscripción;

  11. Aprobar el proyecto de presupuesto anual de egresos de la Secretaría, de las comisiones que presida, y de las Unidades Administrativas dependientes de ésta, remitiéndolo a la Secretaría de Finanzas y Planeación para su aprobación;

  12. Crear, suprimir o modificar las unidades administrativas de ésta, en la circunscripción territorial que lo requiera, mediante acuerdos con el Ejecutivo del Estado, que en su caso, serán publicados en la Gaceta Oficial del Gobierno del Estado;

  13. En coordinación con la Secretaría de Desarrollo Social, vigilar y controlar la asistencia pública en el Estado;

  14. Resolver los movimientos de alta y baja del personal de la Secretaría cuando así proceda.

  15. Administrar los bienes y fondos que el Gobierno Estatal destine a servicios de salud;

  16. Designar a los servidores públicos que deban representar al Gobierno del Estado ante los diferentes...

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