Reglamento Interior de la Secretaria de Educacion del Estado de Chiapas

REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL ESTADO DE CHIAPAS

TEXTO ORIGINAL.

Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas, el viernes 7 de diciembre de 2012.

Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.

Juan Sabines Guerrero, Gobernador del Estado, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 44 y 47, de la Constitución Política del Estado de Chiapas; 5, 8, 13 y 23, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; y

C o n s i d e r a n d o.

Por los fundamentos y consideraciones antes expuestos, el Ejecutivo a mi cargo tiene a bien expedir el siguiente:

Reglamento Interior de la Secretaría de Educación

Título Primero
Disposiciones generales Artículos 1 a 108
Capítulo Único Artículos 1 a 6

Del ámbito de competencia

Artículo 1° Las disposiciones del presente Reglamento Interior son de orden público, de interés general y de observancia obligatoria para los servidores públicos adscritos a la Secretaría de Educación, las cuales tienen por objeto regular las bases para la organización, funcionamiento, administración y competencia de los Órganos Administrativos que la integran.
Artículo 2° La Secretaría de Educación es una Dependencia del Poder Ejecutivo Estatal que tiene a su cargo el despacho de los asuntos que le confiere la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, la Ley General de Educación, Ley de Educación para el Estado de Chiapas, el presente Reglamento Interior y demás disposiciones legales aplicables, dentro del ámbito de su competencia.
Artículo 3°

La Secretaría de Educación tiene como objeto principal, desarrollar con agilidad, congruencia y precisión las actividades de planeación, programación, ejecución, dirección y vigilancia de la educación impartida por el Gobierno del Estado de Chiapas, así como por los particulares en los diferentes tipos, niveles y modalidades, con la finalidad de propiciar el mejoramiento económico, cultural, deportivo y social, para fortalecer los valores de la sociedad.

Artículo 4° La Secretaría de Educación, en coordinación con los Organismos de la Administración Pública Estatal, Gobierno Federal y Municipal, impulsarán los objetivos contemplados en el Plan de Desarrollo Chiapas Solidario 2007-2012, en congruencia con el Plan Nacional de Desarrollo.
Artículo 5° Para los efectos del presente Reglamento Interior, se entenderá por:
  1. Ejecutivo del Estado: Al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.

  2. Secretaría: A la Secretaría de Educación.

  3. Secretario: Al Titular de la Secretaría de Educación.

  4. Reglamento Interior: Al Reglamento Interior de la Secretaría de Educación.

  5. Órganos Administrativos: A la Oficina del C. Secretario, Coordinaciones, Secretarías Particular y Técnica, Subsecretarías, Direcciones, Subdirecciones, Delegaciones y demás Órganos Administrativos que forman parte de la estructura orgánica de la Secretaría.

Artículo 6° Los Titulares de los Órganos Administrativos que integran a la Secretaría, implementarán acciones para la protección, custodia, resguardo y conservación de los archivos a su cargo, en los términos de la Ley que Garantiza la Transparencia y el Derecho a la Información Pública para el Estado de Chiapas.
Título Segundo Artículos 7 a 14

De la organización de la Secretaría y atribuciones del Secretario

Capítulo I Artículos 7 a 11

De la estructura orgánica de la Secretaría

Artículo 7° Para la realización de los estudios, conducción, planeación, ejecución y desempeño de las atribuciones, así como para el despacho de los asuntos de su competencia, la Secretaría tendrá los Órganos Administrativos siguientes:
  1. Oficina del C. Secretario

    1. Coordinación Ejecutiva

    2. Coordinación de Carrera Magisterial

    3. Coordinación de Programas Especiales y Compensatorios

    4. Secretaría Particular

    5. Secretaría Técnica

    6. Coordinación General de Asuntos Jurídicos y Laborales

      Dirección de Asuntos Federalizados

      Dirección de Asuntos Estatales

    7. Dirección de Divulgación

  2. Dirección de Tecnologías Educativas y de Información

  3. Dirección Técnica Educativa

  4. Subsecretaría de Educación Estatal

    1. Dirección de Educación Básica

    2. Dirección de Educación Media

    3. Dirección de Educación Superior

    4. Dirección de Fortalecimiento Educativo

  5. Subsecretaría de Educación Federalizada

    1. Dirección de Educación Primaria

    2. Dirección de Educación Elemental

    3. Dirección de Educación Secundaria y Superior

    4. Dirección de Educación Indígena

  6. Subsecretaría de Planeación Educativa

    1. Dirección de Planeación

    2. Dirección de Programación y Presupuesto

    3. Dirección de Evaluación de Programas Institucionales'

  7. Coordinación General de Administración Estatal

    1. Dirección de Administración de Personal

    2. Dirección de Recursos Financieros

    3. Dirección de Recursos Materiales y Servicios

    4. Dirección de Informática

  8. Coordinación General de Administración Federalizada

    1. Dirección de Administración de Personal

      Subdirección de Empleos y Servicios

    2. Dirección de Recursos Financieros

      Subdirección de Control Presupuestal y Financiero

    3. Dirección de Recursos Materiales y Adquisiciones

      Subdirección de Recursos Materiales y Servicios

    4. Dirección de Informática

  9. Dirección de Servicios Regionales

    1. Coordinación de Delegaciones Regionales

    Delegación Regional Comitán

    Delegación Regional Bochil

    Delegación Regional Palenque

    Delegación Regional Villaflores

    Delegación Regional Tapachula

    Delegación Regional San Cristóbal

    Delegación Regional Pichucalco

    Delegación Regional Ocosingo

    Delegación Regional Motozintla

    Delegación Regional Tonalá

  10. Órganos Administrativos Desconcentrados

    1. Instituto del Deporte

    2. Instituto de Estudios de Posgrado

    3. Instituto Estatal de Evaluación e Innovación Educativa

Artículo 8° El Secretario, para el cumplimiento de sus atribuciones, contará con la estructura orgánica y plantilla de personal necesario, de conformidad con el presupuesto de egresos autorizado a la Secretaría.
Artículo 9° Para el despacho de los asuntos competencia de la Secretaría, los Titulares de los Órganos Administrativos desempeñarán las atribuciones conferidas en el presente Reglamento Interior.
Artículo 10 El desempeño de los servidores públicos de la Secretaría se regirá por los principios de Legalidad, Honradez, Lealtad, Imparcialidad y Eficiencia, en términos de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Chiapas y demás disposiciones legales aplicables.
Artículo 11

La Secretaría, a través de su estructura orgánica, conducirá y desarrollará sus atribuciones en forma planeada y programada, con sujeción a los objetivos, estrategias y prioridades que establezca el Plan de Desarrollo Chiapas Solidario 2007-2012, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, la Ley General de Educación, Ley de Educación para el Estado de Chiapas, el presente Reglamento Interior, el Ejecutivo del Estado y demás disposiciones aplicables.

Capítulo II Artículos 12 a 14

De las atribuciones del Secretario

Artículo 12 La representación, trámite y resolución de los asuntos, competencia de la Secretaría, corresponden originalmente al Secretario, quien para el desempeño eficaz de sus atribuciones, podrá delegarlas en los servidores públicos subalternos, sin perjuicio de su ejercicio directo, con excepción de las que por su naturaleza sean indelegables.
Artículo 13 El Secretario tendrá las atribuciones delegables siguientes:
  1. Representar legalmente a la Secretaría en el ámbito de su competencia, ante toda clase de autoridades, organismos, instituciones y personas públicas o privadas, nacionales e internacionales.

    La representación a que se refiere esta fracción, comprende el ejercicio de todo tipo de acciones, y constituye una representación amplísima.

  2. Vigilar que las acciones competencia de la Secretaría, se realicen de conformidad con las normas, políticas y procedimientos establecidos.

  3. Celebrar y suscribir convenios, contratos y demás actos de carácter administrativo, relacionados con los asuntos competencia de la Secretaría.

  4. Conocer y resolver los asuntos de carácter administrativo y laboral relacionados con la administración de los recursos humanos, financieros y materiales de la Secretaría.

  5. Otorgar las vacaciones, identificaciones oficiales e incidencias del personal adscrito a la Secretaría.

  6. Expedir constancias y certificar documentos oficiales que obren en los archivos de la Secretaría.

  7. Convocar a reuniones de trabajo al personal adscrito en los diferentes Órganos Administrativos de la Secretaría.

  8. Vigilar que se ejecuten con eficiencia las actividades técnicas, administrativas y financieras de la Secretaría.

  9. Participar en las comisiones, congresos, consejos, instituciones, reuniones, juntas y organizaciones nacionales e internacionales, en el ámbito de competencia de la Secretaría.

  10. Vigilar que las sanciones a que se hagan acreedores los servidores públicos adscritos a la Secretaría, se apliquen conforme a la legislación aplicable.

  11. Atender en el ámbito de su competencia, las solicitudes de información pública que realice la ciudadanía.

  12. Impulsar acciones tendentes a promover la capacitación y actualización de los servidores públicos de la Secretaría.

  13. Promover y ejecutar diversos programas de Educación en los diversos niveles educativos, incluyendo la promoción de la enseñanza, la investigación, con los espacios de infraestructura y equipamiento, a fin de mejorar la calidad en la educación.

  14. Fomentar que tanto la enseñanza pública como privada ejecuten acciones necesarias para fortalecer la...

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