Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatan
"NOTA DE VLEX: este refundido se ha actualizado con fecha 02/03/2021 y estamos en proceso de actualización de dicha norma."
REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL: 27 DE MARZO DE 2018.
Reglamento publicado en el Suplemento del Diario Oficial del Estado de Yucatán, el miércoles 18 de mayo de 2011.
Con fundamento en el artículo 72 de la Constitución Política del Estado de Yucatán y fracción III del artículo 115 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán y
CONSIDERANDO.
En consecuencia y con fundamento en lo antes expuesto el Pleno del Consejo de la Judicatura emite el siguiente
ACUERDO General del Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán, que contiene el Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán.
REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE YUCATÁN
Generalidades
Objeto del Reglamento
Competencia
Glosario de Términos
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Acuerdo General: Pronunciamiento formal que contiene disposiciones de observancia general, que emite el Pleno del Consejo de la Judicatura;
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Consejero (s): Consejero(s) de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán;
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Consejo: Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán.
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Constitución Estatal: Constitución Política del Estado de Yucatán;
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Comisión: Encomienda que otorga el Pleno del Consejo de la Judicatura a uno o más consejeros para que realicen una o varias funciones especificas.
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Fondo Auxiliar: Fondo Auxiliar para la Administración de Justicia del Estado de Yucatán;
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Juzgados: Juzgados de primera instancia del Poder Judicial del Estado de Yucatán;
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Juez: Juez de primera instancia del Poder Judicial del Estado de Yucatán;
(REFORMADA, D.O. 27 DE MARZO DE 2018)
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Ley de Responsabilidades: Ley de Responsabilidades Administrativas del Estado de Yucatán;
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Ley Orgánica: Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Yucatán;
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Pleno del Consejo: Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán;
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Presidente: Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán;
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Presidente de la Comisión: Consejero designado por el Pleno del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán, para encabezar una Comisión;
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Poder Judicial: Poder Judicial del Estado de Yucatán;
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Reglamento: Reglamento Interior del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán;
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Secretaría Ejecutiva: Secretaría Ejecutiva del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Yucatán, y
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Tribunal: Tribunal Superior de Justicia del Estado de Yucatán.
Facultad Reglamentaria
Interpretación del Reglamento
DE LA INTEGRACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL CONSEJO
Del Pleno del Consejo
Funcionamiento
El Pleno del Consejo es el órgano máximo de decisión del Consejo, y estará integrado por el Presidente y cuatro consejeros, en los términos establecidos en la Ley Orgánica.
Integración General
l. El Pleno,
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Las Comisiones,
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El Presidente,
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Los Consejeros,
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La Secretaria Ejecutiva y
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Los demás órganos que determine la Ley y el Pleno del Consejo.
Atribuciones
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Fijar el catálogo de puestos de los servidores públicos del ámbito de competencia del Consejo, así como la remuneración de los mismos;
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Fijar las directrices para la elaboración del Anteproyecto de Presupuesto del Consejo;
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Fijar las directrices para la ejecución del Presupuesto del Consejo;
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Determinar el establecimiento de Oficinas Regionales del Centro Estatal de Solución de Controversias, en el interior del Estado;
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Resolver sobre las ausencias o licencias de los consejeros;
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Asignar a las comisiones la atención de los asuntos de su competencia;
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Calificar las excusas o recusaciones de los consejeros;
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Resolver sobre las renuncias de los Jueces y demás servidores públicos del Poder Judicial del ámbito de competencia del Consejo;
(REFORMADA, D.O. 27 DE MARZO DE 2018)
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Acordar la imposición de sanciones de los servidores públicos sometidos a un procedimiento de responsabilidad administrativa, cuando así proceda y de conformidad con la Ley de Responsabilidades;
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Otorgar estímulos y recompensas a los servidores públicos del Poder Judicial que se hayan destacado en el desempeño de su cargo;
(REFORMADA, D.O. 27 DE MARZO DE 2018)
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Conocer y resolver de manera fundada y motivada, los recursos que procedan tratándose de procedimientos de responsabilidad administrativa instruidos por faltas graves previstos en la Ley de Responsabilidades;
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Administrar los recursos económicos que integran el Fondo Auxiliar, con transparencia, honradez, y con estricto apego a las políticas de disciplina, racionalidad y austeridad;
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Aprobar en el mes de diciembre de cada año, el presupuesto de egresos del Fondo Auxiliar, y
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Las demás que le confiera la Ley Orgánica, este Reglamento y los acuerdos generales expedidos por el Pleno del Consejo de la Judicatura.
Toma de Decisiones
Validez de las Sesiones
Forma de participación de otros Servidores Públicos en las Sesiones
Tipo de Sesiones
Celebración de las Sesiones Ordinarias y Extraordinarias
Celebración de las Sesiones Solemnes
Ausencia del Presidente en las Sesiones del Pleno
En caso de que la ausencia del Presidente sea definitiva, la sesión se suspenderá y se citará para reanudarla dentro de las veinticuatro horas siguientes o para el siguiente día hábil.
Orden del Día
Convocatoria
En la convocatoria se deberá indicar el lugar, fecha y hora en que la sesión se desarrollará, contener el orden del día...
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