Reglamento Interior del Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas
REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO ESTATAL PARA LAS CULTURAS Y LAS ARTES DE CHIAPAS
ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIÓDICO OFICIAL: 11 DE JULIO DE 2018.
Reglamento publicado en el Periódico Oficial del Estado de Chiapas, el miércoles 27 de junio de 2012.
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
Ciudadanos Integrantes del Consejo Directivo del Organismo Público denominado Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas, en ejercicio de las facultades que nos confieren los artículos 24 de la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Chiapas y 14 fracción V del Decreto por el que se emite la Ley Orgánica del Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas; y,
C o n s i d e r a n do.
Por los fundamentos y consideraciones antes expuestos, los ciudadanos Integrantes del Consejo Directivo, tenemos a bien expedir el siguiente:
Reglamento Interior del Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas
Del Ámbito de Competencia
(REFORMADO, P.O. 11 DE JULIO DE 2018)
El Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas, es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Estatal con Personalidad Jurídica y patrimonio propio, autonomía administrativa presupuestal, técnica, de gestión, de operación y de ejecución, mismo que le corresponde el despacho de los asuntos que le confiere la Ley Orgánica del Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas, la Ley de las Culturas y las Artes de Chiapas, el presente Reglamento Interior y demás disposiciones legales aplicables, dentro del ámbito de su competencia.
(REFORMADO, P.O. 11 DE JULIO DE 2018)
El Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas, tiene como objeto principal, la aplicación de instrumentos operativos de planeación, organización, gestión, ejecución, seguimiento, control y evaluación para desarrollar con criterios de calidad, sus funciones sustantivas en materia de preservación, promoción, fomento, investigación, difusión y desarrollo del patrimonio cultural material e inmaterial del Estado de Chiapas, así como la coordinación, administración y ejecución de la operatividad del Museo del Café, y del Museo del Niño respectivamente; así mismo impulsar el reconocimiento, valoración, respeto y desarrollo de las culturas, lenguas, arte y literatura de los pueblos indígenas, con plena observancia a su diversidad; además de la generación de espacios de diálogo con otras culturas de México y el Mundo, logrando que la sociedad chiapaneca rescate y preserve sus valores artísticos y culturales, fortalezca su identidad, sus expresiones artísticas y tradiciones populares.
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Ejecutivo del Estado: Al Titular del Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
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Consejo: Al Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas.
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Consejo Directivo: A la Autoridad Suprema de Gobierno del Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas.
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Dirección General: A la Dirección General del Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas.
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Director General: Al Director General del Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas.
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Grupo Estratégico: Al grupo evaluador de los órganos administrativos y los diversos eventos culturales del Consejo.
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Ley Orgánica: Ley Orgánica del Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas.
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Órganos Administrativos: A la Dirección General, Unidades, Comisaría, Coordinaciones, Direcciones y demás Órganos Administrativos que forman parte de la estructura orgánica del Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas.
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Reglamento Interior: Al Reglamento Interior del Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas.
(REFORMADO, P.O. 11 DE JULIO DE 2018)
De la Organización del Consejo y Atribuciones del Director General
De la Estructura Orgánica del Consejo
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Dirección General
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Unidad de Apoyo Administrativo.
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Unidad de Planeación.
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Unidad de Apoyo Jurídico.
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Unidad de Informática.
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Comisaría.
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Coordinación Operativa Técnica.
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Dirección de Patrimonio e Investigación Cultural.
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Dirección de la Red de Bibliotecas Públicas.
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Dirección de Publicaciones.
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(DEROGADO, P.O. 11 DE JULIO DE 2018)
(REFORMADA [N. DE E. CON SUS INCISOS], P.O. 11 DE JULIO DE 2018)
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Coordinación de Enseñanza y Fomento Artístico.
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Centro Estatal de Lenguas, Arte y Literatura Indígenas.
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Centro Cultural de Chiapas "Jaime Sabines".
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Dirección de Promoción Cultural.
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Teatro de la Ciudad.
(REFORMADO, P.O. 11 DE JULIO DE 2018)
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(REFORMADO, P.O. 11 DE JULIO DE 2018)
El Consejo, a través de su estructura orgánica, conducirá y desarrollará sus atribuciones en forma planeada y programada, con sujeción a los objetivos, estrategias y prioridades que establezca el Plan Estatal de Desarrollo, a la Ley de Entidades Paraestatales del Estado de Chiapas, a la Ley Orgánica del Consejo Estatal para las Culturas y las Artes de Chiapas, a la Ley para las Culturas y las Artes de Chiapas, el presente Reglamento Interior, el Ejecutivo del Estado y demás disposiciones aplicables.
De las Atribuciones del Director General
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Representar legalmente al Consejo en el ámbito de su competencia, ante toda clase de Autoridades, Organismos, Instituciones y Personas Públicas o Privadas, Nacionales e Internacionales.
La representación a que se refiere esta fracción, comprende el ejercicio de todo tipo de acciones y constituye una representación amplísima.
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Vigilar que las acciones competencia del Consejo, se realicen de conformidad con las normas, políticas y procedimientos establecidos.
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Celebrar y suscribir convenios, contratos y demás actos administrativos, relacionados con los asuntos competencia del Consejo.
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Conocer y resolver los asuntos de carácter administrativo relacionados con la administración de los recursos humanos, financieros y materiales del Consejo.
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Otorgar las vacaciones, identificaciones oficiales e incidencias del personal adscrito al Consejo.
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Expedir constancias y certificar documentos oficiales que obren en los archivos del Consejo.
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Convocar a reuniones de trabajo al personal adscrito en los diferentes Órganos Administrativos del Consejo.
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Vigilar que las sanciones a que se hagan acreedores los servidores públicos adscritos al Consejo, se apliquen conforme a la legislación aplicable.
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Impulsar acciones tendentes a promover la capacitación y actualización de los servidores públicos del Consejo.
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Participar en las comisiones, congresos, consejos, instituciones, reuniones, juntas y organizaciones nacionales e internacionales, en el ámbito de competencia del Consejo.
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Coordinar los festivales culturales y artísticos en los términos de la Ley de las Culturas y las Artes del Estado de Chiapas.
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Promover la cultura y las artes, a través de los eventos programados por el...
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