Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social
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Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
VICENTE FOX QUESADA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en los artículos 30-Bis, fracción XXIII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 1, 2, 3, 6, 8 y 18 de la Ley que Establece las Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados, he tenido a bien expedir el siguiente REGLAMENTO DE LOS CENTROS FEDERALES DE READAPTACIÓN SOCIAL CAPÍTULO I De las disposiciones generales ARTÍCULO 1.- El presente Reglamento tiene por objeto regular la organización, operación y administración de los Centros Federales de Readaptación Social, en condiciones de seguridad, disciplina y orden. Sus disposiciones son de orden público e interés social y se sustentan en los principios constitucionales de legalidad, eficiencia, profesionalismo y honradez que rigen la función de seguridad pública. ARTÍCULO 2.- La aplicación de este Reglamento corresponde a la Secretaría de Seguridad Pública, a través del órgano administrativo desconcentrado Prevención y Readaptación Social. ARTÍCULO 3.- Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por: I. Centro Federal, cada uno de los Centros Federales de Readaptación Social destinados a la ejecución de penas privativas de libertad, así como a la prisión preventiva; II. Comisionado, el Titular de Prevención y Readaptación Social; III. Consejo, el Consejo Técnico Interdisciplinario de cada uno de los Centros Federales; IV. Coordinación General, la Coordinación General de Centros Federales de Prevención y Readaptación Social; V. Coordinador General, el Titular de la Coordinación General de Centros Federales; VI. Director General, el Titular de cada uno de los Centros Federales; VII. Interno, la persona que se encuentre privada de su libertad en un Centro Federal; VIII. Manual, el instrumento que contiene las reglas específicas de operación y funcionamiento de los Centros Federales a las que deberán sujetarse el personal de éstos, así como los internos y cualquier persona que ingrese a los mismos; IX. Prevención y Readaptación Social, el órgano administrativo desconcentrado Prevención y Readaptación Social; X. Procesado, la persona sujeta a proceso que se encuentre a disposición de la autoridad judicial y está internada en un Centro Federal; XI. Reglamento, el presente Reglamento de los Centros Federales de Readaptación Social; XII. Secretaría, la Secretaría de Seguridad Pública; XIII. Secretario, el Secretario de Seguridad Pública; XIV. Sentenciado, la persona que esté compurgando en un Centro Federal una pena privativa de libertad impuesta por sentencia ejecutoriada, y XV. Sistema Federal Penitenciario, el conjunto de los Centros Federales. ARTÍCULO 4.- Las disposicione...Ver el contenido completo de este documento
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