Reglamento de Alumnos de la Universidad Tecnologica de Nayarit

REGLAMENTO DE ALUMNOS

ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 8 DE NOVIEMBRE DE 2008.

Reglamento publicado en la Tercera Sección del Periódico Oficial del Estado de Nayarit, el sábado 16 de febrero de 2002.

UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE NAYARIT

REGLAMENTO DE ALUMNOS

CAPÍTULO PRIMERO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 60
Artículo 1o El presente Reglamento tiene como propósito precisar, clasificar y definir los criterios que norman las actividades de los alumnos de la Universidad Tecnológica de Nayarit.
Artículo 2o El presente Reglamento es de observancia obligatoria para todos los alumnos de la Universidad Tecnológica de Nayarit
Artículo 3o Son alumnos de la Universidad Tecnológica, todos aquellos que hayan cumplido los requisitos de admisión e inscripción, establecidos en el presente reglamento.
Artículo 4o Los alumnos de la Universidad Tecnológica se clasifican de la siguiente forma:
  1. Regulares: los que están inscritos y cursan alguno de los programas de formación académica, cuya evaluación sea aprobatoria en cualquiera de sus modalidades;

  2. (DEROGADA, P.O. 16 DE FEBRERO DE 2005)

  3. Especiales: los que se inscriban en cursos de extensión o especialización y que no tienen como finalidad la obtención de un grado académico;

  4. Certificados: los que acrediten asignaturas mediante examen a Título de Suficiencia, requiriéndose que cuenten con experiencia laboral en puestos de supervisión y mandos medios o superiores en el Sector Productivo.

Artículo 5o La condición de alumno de la Universidad Tecnológica se pierde:

(REFORMADA, P.O. 16 DE FEBRERO DE 2005)

  1. Por interrumpir sus estudios por diez días hábiles consecutivos sin notificación previa al Director de Carrera, y

  2. Por causar baja definitiva, según lo estipula el presente reglamento.

Artículo 6o No se admiten inscripciones de un periodo cuatrimestral al siguiente de estudiantes irregulares, pudiendo inscribirse por única ocasión en el cuatrimestre en cuestión por dictamen académico del Rector, el Director de la carrera y el Tutor, debiendo cursar todas las asignaturas del programa cuatrimestral.
Artículo 7o El personal docente y administrativo coadyuvará al cumplimiento de las disposiciones contenidas en el presente reglamento.
Artículo 8o Para permanecer como estudiante de la Universidad Tecnológica, además de cumplir con los requisitos de ingreso y reingreso, es preciso:
  1. Asistir puntualmente a clases;

  2. Tener mínimo el 85% de asistencias en el cuatrimestre;

  3. Observar buena conducta.

Artículo 9o Todo alumno está obligado y es su responsabilidad, conocer el presente reglamento, la ignorancia del mismo no justifica su incumplimiento.
CAPÍTULO SEGUNDO Artículos 10 a 12

DERECHOS Y OBLIGACIONES

Artículo 10 Son derechos de los alumnos:
  1. Ser respetado en su integridad física y moral por los miembros de la comunidad universitaria;

  2. Recibir, en igualdad de condiciones, los servicios académicos y los demás que ofrezca la Universidad Tecnológica;

  3. Obtener las constancias escolares que acrediten su situación de alumno y su aprovechamiento;

  4. Recibir atención de los directivos de la Universidad Tecnológica cuando lo soliciten;

  5. Recibir información oportuna con relación a los programas de estudio, las actividades académicas, los trámites escolares y los servicios que presta la Universidad Tecnológica;

  6. Adquirir el nivel académico contemplado en los planes y programas de estudio vigente;

  7. Recibir las clases previstas para cada materia en los lugares y horarios previamente establecidos;

  8. Participar en las prácticas de campo y laboratorios que se contemplen en los programas de estudio;

  9. Obtener reconocimiento por su participación destacada en las actividades académicas desarrolladas en la Universidad Tecnológica;

  10. Gozar, en iguales circunstancias, de los tipos y formas de evaluación académica establecidos;

  11. Ser evaluados de acuerdo al nivel de conocimientos y contenidos establecidos en los programas de estudio correspondientes;

  12. Tener conocimiento de los resultados obtenidos en el proceso de evaluación correspondiente, con la debida oportunidad;

  13. Recibir asesoría sobre el desarrollo de planes y programas de estudio, proyectos académicos y servicios que presta la Universidad Tecnológica, así como para la presentación de evaluaciones de regularización;

  14. Utilizar las instalaciones y espacios de la Universidad Tecnológica para su formación intelectual y física, de acuerdo a las normas establecidas;

  15. Pertenecer a las agrupaciones con fines educativos que funcionen en la Universidad Tecnológica;

  16. Solicitar baja temporal, de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento;

  17. Representar a la Universidad Tecnológica en los eventos académicos, deportivos, artísticos y culturales que se organicen, previa selección y conforme a sus facultades y preferencias;

    (ADICIONADA, P.O. 16 DE JULIO DE 2003)

  18. Que el Director de Carrera, a discreción, y tomando en cuenta el desempeño general del alumno, le justifique las faltas de asistencia a clases o a presentar evaluaciones, por motivos graves plenamente comprobados o causas de fuerza mayor.

Artículo 11 Todo alumno de la Universidad Tecnológica podrá obtener:
  1. Credencial que lo acredite como estudiante por el período inscrito;

  2. Constancia de estudios que acredite el período escolar de inscripción;

  3. Boleta de calificaciones del cuatrimestre cursado;

  4. Certificado parcial y total con las asignaturas acreditadas de la carrera correspondiente.

Artículo 12 Son obligaciones de los alumnos:
  1. Cumplir con las disposiciones reglamentarias vigentes de la Institución y con los acuerdos de las autoridades escolares;

  2. Asistir con regularidad y puntualidad a las clases, cursos, prácticas de laboratorio y de campo y demás actividades escolares que se determinen como obligatorias;

  3. Permanecer en la Universidad Tecnológica durante todo el horario de clases programado;

  4. Utilizar de manera racional los bienes de la Universidad Tecnológica, ayudando a su conservación;

  5. Reparar los daños que por negligencia o intencionalmente se ocasionen a los bienes de la Universidad Tecnológica;

  6. Preservar el prestigio institucional;

  7. Portar credencial de estudiante para su respectiva identificación en el momento que se requiera;

  8. Realizar las prácticas de campo y laboratorio en los horarios establecidos por las autoridades;

  9. Reportar a los directivos de la carrera de su adscripción, las irregularidades que se presenten en la Universidad Tecnológica, y

  10. No introducir a personal (sic) ajenas a la Universidad Tecnológica, sin contar con la autorización correspondiente.

XI Cubrir las cuotas escolares establecidas por la institución en el tiempo asignado; de no hacerlo, perderá el derecho a cualquier trámite escolar mientras no exista un acuerdo para cubrir su adeudo correspondiente.

CAPÍTULO TERCERO Artículo 13

DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL

(REFORMADO PRIMER PARRAFO, P.O. 16 DE JULIO DE 2003)

Artículo 13 Como parte de una formación integral y como preparación para su ingreso al sector productivo, en su arreglo personal dentro de la Universidad y en actividades donde representen a la misma, el alumno deberá, obligatoriamente cumplir, entre otras, con las siguientes disposiciones:
  1. Presentarse a clases debidamente aseados;

  2. Los pantalones que usen deberán ser convencionales, (no con tiro largo ni demasiado flojos o rotos);

    (REFORMADA, P.O. 10 DE ENERO DE 2007)

  3. Usar el uniforme reglamentario, (pantalón o falda de mezclilla color azul y playera verde con el logotipo de la Universidad, fajada);

    (REFORMADA, P.O. 16 DE JULIO DE 2003)

  4. Tener un corte de pelo adecuado, (hombres pelo corto);

  5. No usar cachucha;

    (REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], P.O. 16 DE JULIO DE 2003)

  6. No usar aros o similares en ninguna parte del cuerpo;

  7. No usar bermudas, y (sic)

  8. No usar lentes obscuros dentro del salón;

    (ADICIONADA, P.O. 10 DE ENERO DE 2007)

  9. No usar teléfono celular en clase, y

    (REFORMADA, P.O. 10 DE ENERO DE 2007)

  10. No usar todo lo que vaya en contra de la presentación que deban observar dentro del campo laboral.

CAPÍTULO CUARTO Artículos 14 a 16

DEL HORARIO DE CLASES

Artículo 14 La hora de entrada y salida de clases será la que determine la Dirección de cada carrera, de acuerdo a los planes y programas de estudio.
Artículo 15 Se considerará retardo, cuando el alumno ingrese a clases cinco minutos después de la hora señalada para el inicio de cada clase; de entrar después de quince minutos será falta

Cada tres retardos se considerará una falta.

Artículo 16 El alumno solo podrá salir de la Universidad dentro del horario de clases con la autorización del director de su carrera o de algún tutor de grupo

De retirarse sin autorización, se considerará una falta a la disciplina y se hará acreedor a las sanciones establecidas dentro del capítulo Décimo Primero del presente reglamento.

CAPÍTULO QUINTO Artículos 17 y 18

DE LOS PERIODOS ESCOLARES

Artículo 17 Los cursos que conforman los planes y programas de estudio regulares de la Universidad Tecnológica, se impartirán en períodos cuatrimestrales establecidos conforme al Calendario Escolar de la institución.
Artículo 18 Para los alumnos de nuevo ingreso, la Universidad Tecnológica ofrecerá cursos propedéuticos con carácter obligatorio que se desarrollarán conforme lo determine la propia Institución.
CAPÍTULO SEXTO Artículos 19 a 33

DE LA ADMISIÓN E INSCRIPCIÓN

Artículo 19 A fin de ser admitido para cursar una carrera en la Universidad Tecnológica, el aspirante deberá acreditar estudios de educación básica, media superior y haber obtenido un promedio mínimo de siete, así como presentar y aprobar el...

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