Reglamento de Alumnos de la Universidad Tecnologica de Nayarit
REGLAMENTO DE ALUMNOS
ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 8 DE NOVIEMBRE DE 2008.
Reglamento publicado en la Tercera Sección del Periódico Oficial del Estado de Nayarit, el sábado 16 de febrero de 2002.
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE NAYARIT
REGLAMENTO DE ALUMNOS
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Regulares: los que están inscritos y cursan alguno de los programas de formación académica, cuya evaluación sea aprobatoria en cualquiera de sus modalidades;
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(DEROGADA, P.O. 16 DE FEBRERO DE 2005)
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Especiales: los que se inscriban en cursos de extensión o especialización y que no tienen como finalidad la obtención de un grado académico;
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Certificados: los que acrediten asignaturas mediante examen a Título de Suficiencia, requiriéndose que cuenten con experiencia laboral en puestos de supervisión y mandos medios o superiores en el Sector Productivo.
(REFORMADA, P.O. 16 DE FEBRERO DE 2005)
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Por interrumpir sus estudios por diez días hábiles consecutivos sin notificación previa al Director de Carrera, y
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Por causar baja definitiva, según lo estipula el presente reglamento.
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Asistir puntualmente a clases;
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Tener mínimo el 85% de asistencias en el cuatrimestre;
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Observar buena conducta.
DERECHOS Y OBLIGACIONES
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Ser respetado en su integridad física y moral por los miembros de la comunidad universitaria;
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Recibir, en igualdad de condiciones, los servicios académicos y los demás que ofrezca la Universidad Tecnológica;
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Obtener las constancias escolares que acrediten su situación de alumno y su aprovechamiento;
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Recibir atención de los directivos de la Universidad Tecnológica cuando lo soliciten;
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Recibir información oportuna con relación a los programas de estudio, las actividades académicas, los trámites escolares y los servicios que presta la Universidad Tecnológica;
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Adquirir el nivel académico contemplado en los planes y programas de estudio vigente;
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Recibir las clases previstas para cada materia en los lugares y horarios previamente establecidos;
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Participar en las prácticas de campo y laboratorios que se contemplen en los programas de estudio;
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Obtener reconocimiento por su participación destacada en las actividades académicas desarrolladas en la Universidad Tecnológica;
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Gozar, en iguales circunstancias, de los tipos y formas de evaluación académica establecidos;
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Ser evaluados de acuerdo al nivel de conocimientos y contenidos establecidos en los programas de estudio correspondientes;
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Tener conocimiento de los resultados obtenidos en el proceso de evaluación correspondiente, con la debida oportunidad;
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Recibir asesoría sobre el desarrollo de planes y programas de estudio, proyectos académicos y servicios que presta la Universidad Tecnológica, así como para la presentación de evaluaciones de regularización;
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Utilizar las instalaciones y espacios de la Universidad Tecnológica para su formación intelectual y física, de acuerdo a las normas establecidas;
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Pertenecer a las agrupaciones con fines educativos que funcionen en la Universidad Tecnológica;
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Solicitar baja temporal, de acuerdo a lo establecido en el presente Reglamento;
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Representar a la Universidad Tecnológica en los eventos académicos, deportivos, artísticos y culturales que se organicen, previa selección y conforme a sus facultades y preferencias;
(ADICIONADA, P.O. 16 DE JULIO DE 2003)
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Que el Director de Carrera, a discreción, y tomando en cuenta el desempeño general del alumno, le justifique las faltas de asistencia a clases o a presentar evaluaciones, por motivos graves plenamente comprobados o causas de fuerza mayor.
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Credencial que lo acredite como estudiante por el período inscrito;
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Constancia de estudios que acredite el período escolar de inscripción;
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Boleta de calificaciones del cuatrimestre cursado;
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Certificado parcial y total con las asignaturas acreditadas de la carrera correspondiente.
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Cumplir con las disposiciones reglamentarias vigentes de la Institución y con los acuerdos de las autoridades escolares;
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Asistir con regularidad y puntualidad a las clases, cursos, prácticas de laboratorio y de campo y demás actividades escolares que se determinen como obligatorias;
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Permanecer en la Universidad Tecnológica durante todo el horario de clases programado;
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Utilizar de manera racional los bienes de la Universidad Tecnológica, ayudando a su conservación;
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Reparar los daños que por negligencia o intencionalmente se ocasionen a los bienes de la Universidad Tecnológica;
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Preservar el prestigio institucional;
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Portar credencial de estudiante para su respectiva identificación en el momento que se requiera;
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Realizar las prácticas de campo y laboratorio en los horarios establecidos por las autoridades;
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Reportar a los directivos de la carrera de su adscripción, las irregularidades que se presenten en la Universidad Tecnológica, y
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No introducir a personal (sic) ajenas a la Universidad Tecnológica, sin contar con la autorización correspondiente.
XI Cubrir las cuotas escolares establecidas por la institución en el tiempo asignado; de no hacerlo, perderá el derecho a cualquier trámite escolar mientras no exista un acuerdo para cubrir su adeudo correspondiente.
DE LA PRESENTACIÓN PERSONAL
(REFORMADO PRIMER PARRAFO, P.O. 16 DE JULIO DE 2003)
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Presentarse a clases debidamente aseados;
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Los pantalones que usen deberán ser convencionales, (no con tiro largo ni demasiado flojos o rotos);
(REFORMADA, P.O. 10 DE ENERO DE 2007)
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Usar el uniforme reglamentario, (pantalón o falda de mezclilla color azul y playera verde con el logotipo de la Universidad, fajada);
(REFORMADA, P.O. 16 DE JULIO DE 2003)
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Tener un corte de pelo adecuado, (hombres pelo corto);
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No usar cachucha;
(REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], P.O. 16 DE JULIO DE 2003)
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No usar aros o similares en ninguna parte del cuerpo;
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No usar bermudas, y (sic)
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No usar lentes obscuros dentro del salón;
(ADICIONADA, P.O. 10 DE ENERO DE 2007)
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No usar teléfono celular en clase, y
(REFORMADA, P.O. 10 DE ENERO DE 2007)
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No usar todo lo que vaya en contra de la presentación que deban observar dentro del campo laboral.
DEL HORARIO DE CLASES
Cada tres retardos se considerará una falta.
De retirarse sin autorización, se considerará una falta a la disciplina y se hará acreedor a las sanciones establecidas dentro del capítulo Décimo Primero del presente reglamento.
DE LOS PERIODOS ESCOLARES
DE LA ADMISIÓN E INSCRIPCIÓN
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