Aviso por el cual se dan a conocer los mecanismos y criterios para aplicar reducciones en las cuotas que se cobrarán por concepto de aprovechamientos y productos derivados de los servicios médicos y veterinarios que se presten en la Delegación Miguel Hidalgo

DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO

Lic. Demetrio Javier Sodi de la Tijera, Jefe Delegacional en Miguel Hidalgo, con fundamento en los artículos 87, 104, 112; Segundo Párrafo y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 37, 38, 39 fracciones XXXVIII, XXXIX, XLV y demás relativos de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 303 del Código Fiscal del Distrito Federal, apartado B de las Delegaciones y Regla Décimo Quinta de las Reglas para el Control y Manejo de los Ingresos que se Recauden por Concepto de Aprovechamientos y Productos que se Asignen a las Dependencias, Delegaciones y Órganos Desconcentrados que los Generen, Mediante el Mecanismo de Aplicación Automática de Recursos publicadas en la Gaceta Oficial del Distrito Federal con fecha 7 de diciembre de 2010, emite el:

AVISO POR EL CUAL SE DAN A CONOCER LOS MECANISMOS Y CRITERIOS PARA APLICAR REDUCCIONES EN LAS CUOTAS QUE SE COBRARÁN POR CONCEPTO DE APROVECHAMIENTOS Y PRODUCTOS DERIVADOS DE LOS SERVICIOS MÉDICOS Y VETERINARIOS QUE SE PRESTEN EN LA DELEGACIÓN MIGUEL HIDALGO.

POLÍTICAS DE OPERACIÓN

  1. La Coordinación de Servicios Médicos y de Salud dependiente de la Dirección General de Seguridad Ciudadana, será responsable de controlar, verificar, resguardar y custodiar la documentación comprobatoria, así como establecer los procedimientos y sistemas de control para el cumplimiento de los presentes mecanismos y criterios.

  2. El titular de la Dirección General de Seguridad Ciudadana emitirá oficio mediante el cual se acredite la reducción otorgada.

  3. La Coordinación de Enlace Administrativo de la Dirección General de Seguridad Ciudadana presentará mensualmente al Director General de Administración, un listado que incluya: Nombre del Beneficiario, Centro Generador y Porcentaje de reducción autorizado para su conocimiento, asimismo publicará y actualizará cada seis meses en la página de internet de la Delegación, los listados de beneficiarios de las reducciones autorizadas.

  4. Las reducciones autorizadas son personales e intransferibles y no acumulables. En todos los casos, solo procederá la reducción si el usuario paga de manera oportuna la cuota respectiva. Si el solicitante se encuentra en 2 o más supuestos en los grupos de personas que son sujetos de acceder a un descuento en el pago de las cuotas, el porcentaje que se aplicará será el que más beneficie al solicitante. Únicamente en el caso de PERSONAS CON ESCASA CAPACIDAD ECONÓMICA, se aplicará el porcentaje de descuento que arroje el estudio socioeconómico que se le aplique.

  5. La población en situación de calle o indigencia, podrá ser beneficiada de la reducción de cuotas, siempre y cuando acredite mediante documento girado por la Jefatura de Unidad Departamental de Grupos Vulnerables, de la Dirección General de Desarrollo Social, que está inscrito en alguno de sus programas.

  6. La Dirección General de Seguridad Ciudadana recibirá la solicitud y documentos y turnará a la Coordinación de Servicios Médicos y de Salud, la cual será responsable de comprobar y certificar la acreditación del concepto de reducción y dar seguimiento a dicho trámite.

  7. El solicitante deberá acudir a las oficinas de la Coordinación de Servicios Médicos y de Salud, para obtener el oficio de autorización y poder efectuar el trámite correspondiente.

  8. Todas las reducciones autorizadas bajo los presentes mecanismos y criterios estarán vigentes hasta la emisión y publicación de nuevos mecanismos y criterios para aplicar reducciones en las cuotas.

DOCUMENTACIÓN REQUERIDA

Presentar en la Dirección General de Seguridad Ciudadana la documentación solicitada en original para su cotejo y copia, de acuerdo a lo siguiente.

  1. Personal Docente y Alumnos de...

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