Ley para el desarrollo integral de las personas con capacidades diferentes en el Estado de Campeche

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Ley para el desarrollo integral de las personas con capacidades diferentes en el Estado de Campeche

LEY PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES EN EL ESTADO DE CAMPECHE

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Campeche, el viernes 1 de julio de 2005.

JORGE CARLOS HURTADO VALDEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Campeche, a sus habitantes, sabed:

Que el H. Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Campeche, me ha dirigido el siguiente:

D E C R E T O

La LVIII Legislatura del Congreso del Estado de Campeche decreta:

Número 161

LEY PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LAS PERSONAS CON CAPACIDADES DIFERENTES EN EL ESTADO DE CAMPECHE

TÍTULO PRIMERO

DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO ÚNICO

La presente ley es de orden público e interés social, sus disposiciones son de observancia obligatoria en todo el territorio del Estado de Campeche y tienen por objeto establecer y regular las medidas y acciones tendientes a promover el desarrollo integral de las personas con capacidades diferentes y su plena integración a las actividades sociales, laborales, culturales, educativas y productivas que tienen lugar en el propio Estado.

Para los efectos de esta ley se entenderá como:

I. Persona con capacidad diferente: Toda aquella persona cuya capacidad física, intelectual o sensorial se encuentre disminuida o limitada, en forma transitoria o permanente, en forma tal que le dificulte realizar las actividades necesarias para un normal desempeño físico, mental, social, ocupacional o económico;

II. Rehabilitación: El proceso de duración limitada y con un objetivo definido, de orden médico, social y educativo entre otros, encaminado a facilitar que una persona con capacidad diferente alcance un nivel físico, mental y sensorial óptimo, que le permita compensar la pérdida de una función, así como proporcionarle una mejor integración social;

III. Ley: La Ley para el Desarrollo Integral de las Personas con Capacidades Diferentes en el Estado de Campeche;

IV. Ley asistencial: La Ley de Asistencia Social para el Estado de Campeche;

V. Legislación sanitaria: La Ley General de Salud, la Ley de Salud del Estado de Campeche, así como los reglamentos que de ambas leyes se deriven;

VI. Ley vial: La Ley ordinaria en materia de vialidad y transporte del Estado;

VII. Legislación de construcción: Las leyes y reglamentos federales y estatales y los reglamentos municipales aplicables en materia de construcción;

VIII. Vía pública: Los espacios terrestres de uso común, destinados al tránsito de peatones y vehículos de fuerza motriz, propulsión humana ...

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