Periódico Oficial Legislativo - Número 070 - Tomo CXL de 2015-06-11

Fecha de Entrada en Vigor21 de Febrero de 2017
PERIÓDICO OFICIAL
ÓRGANO DEL GOBIERNO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS
Periódico Oficial del Estado
TAMAULIPAS
RESPONSABLE
SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO
Registro Postal publicación periódica
PP28-0009
AUTORIZADO POR SEPOMEX
TOMO CXL Victoria, Tam., jueves 11 de junio de 2015. Número 70
SUMARIO
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
CONVENIO de Coordinación en Materia de Cultura Democrática y Cívica, que celebran la
Secretaría de Gobernación y el Estado de Tamaulipas………………………………………... 2
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA GENERAL
ACUERDO Gubernamental mediante el cual se revoca el nombramiento como Adscrita a la
Notaría Pública número doscientos sesenta y uno (261), con ejercicio en el Primer Distrito
Judicial del Estado y residencia en Cd. Victoria, Tamaulipas a la Licenciada YOLANDA
CASTILLO CHIRINOS .......................................................................................................... 6
ACUERDO Gubernamental mediante el cual por muerte del Licenciado RICARDO ALONSO
ALONSO, se cancela el Fíat de Notario Pú blico número ciento setenta y cinco (175), con
jurisdicción en el Segundo Distrito Judicial del Estado y residencia en Altamira,
Tamaulipas, quedando en consecuencia VACANTE dicha Notaría ...................................... 7
ACUERDO Gubernamental mediante el cual se concede al Licenciado JUAN GONZÁLEZ
PUNZO, titular de la Notaría Pública número ciento cincuenta y nueve (159), con ejercicio
en el Tercer Distrito Judicial del Estado y residencia en Nuevo Laredo, Tamaulipas,
licencia para separarse de sus funciones de Notario, durante un periodo de un año, por
motivo de enfermedad ........................................................................................................... 8
FE DE ERRATAS
FE DE ERRATAS en el Periódico Oficial número 33, de fecha miércoles 14 de marzo de 2013,
TOMO CXXXXVIII; en ACUERDO Gubernamental mediante el cual se otorga
Reconocimiento de Validez Oficial de Estudios a la Universidad Tamaulipeca, para
impartir los Programas Académicos en Nivel Medio Superior y Nivel Superior, en los
municipios de Reynosa y o Bravo, Tamaulipas ................................................................. 8
AVISOS JUDICIALES Y DE INTERÉS GENERAL
Victoria, Tam., jueves 11 de junio de 2015 Periódico Oficial
Página 2
GOBIERNO FEDERAL
PODER EJECUTIVO
SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN
CONVENIO DE COORDINACIÓN EN MATERIA DE CULTURA DEMOCRÁTICA Y CÍVICA, QUE CELEBRAN
POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE GOBERNACIÓN,
A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA SECRETARÍA”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO
POR SU TITULAR, LIC. MIGUEL ÁNGEL OSORIO CHONG, ASISTIDO POR EL SUBSECRETARIO DE
PREVENCIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA, LIC. ROBERTO CAMPA CIFRIÁN Y POR LA TITULAR DE
LA UNIDAD DE DESARROLLO POLÍTICO Y FOMENTO CÍVICO, LIC. ZOAD FARIDE RODRÍGUEZ
VELASCO Y POR LA OTRA PARTE, EL GOBIERNO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS, REPRESENTADO
POR EL GOBERNADOR DEL ESTADO, ING. EGIDIO TORRE CANTÚ, ASISTIDO POR EL LIC. HERMINIO
GARZA PALACIOS, SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE
DENOMINARÁ “EL GOBIERNO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS” Y EN SU CONJUNTO SE LES
DENOMINARÁ “LAS PARTES” AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS
SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 40 establece que es voluntad del
pueblo mexicano constituirse en una República, representativa, democrática, laica y federal, compuesta de
Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una Federación
establecida según los principios de la Carta Magna.
II. Que en términos del artículo 33 de la Ley de Planeación, el Ejecutivo Federal podrá convenir con los
gobiernos de las entidades federativas, la coordinación que se requiera a efecto de que dichos gobiernos
participen en la planeación nacional del desarrollo, coadyuven a la consecución de los objetivos de la
misma, y para que las acciones a realizarse por la Federación y los Estados se planeen de manera
conjunta, considerando la participación que corresponda a los municipios.
III. A “LA SECRETARÍA”, en materia de cultura democrática y fomento cívico, le corresponde de acuerdo a lo
establecido en la Meta Nacional “México en Paz” del “Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018”: Impulsar el
respeto a los derechos políticos de los ciudadanos, para fortalecer la democracia y contribuir a su
desarrollo; Alentar acciones que promuevan la construcción de la ciudadanía como un eje de la relación
entre el Estado y la sociedad; Difundir campañas que contribuyan al fortalecimiento de los valores y
principios democráticos; Promover Convenios de Coordinación para el fomento y promoción de la cultura
cívica entre los tres órdenes de gobierno, para fortalecer la cultura democrática a través de la asimilación de
las prácticas y los valores democráticos como la legalidad, el diálogo, la tolerancia, la civilidad, la igualdad,
la transparencia y la responsabilidad en los diversos ámbitos de la vida nacional.
IV. El fortalecimiento de la cultura democrática y cívica debe estar orientado a lograr que el ciudadano esté
consciente de que esta práctica no se agota en el ámbito electoral o en el reconocimiento a los símbolos
patrios como parte de su identidad, sino que se extiende a muchos otros ámbitos de la vida social.
V. La democracia como sistema de vida tiende al constante mejoramiento económico, político, social y cultural
del pueblo, que alienta el pleno respeto a los derechos políticos y humanos, promueve la cooperación y la
convivencia pacífica entre los individuos, ya que el funcionamiento de la democracia presupone una
constante educación de la conciencia cívica y un cultivo incesante de la cultura democrática.
VI. El fomento cívico persigue la construcción de una ciudadanía integral a partir de una sólida conciencia fundada
en valores de tolerancia, fraternidad, equidad y justicia, en el conocimiento y entendimiento de la historia patria,
el respeto y la honra a los símbolos patrios, el ejercicio responsable de los derechos y las libertades que
consagra nuestra Constitución, y el cumplimiento de los deberes que impone a la ciudadanía.
VII. La difusión de la cultura democrática tiene como fin último, una sociedad que participe de manera activa,
crítica, informada, comprometida y responsable en las decisiones de interés colectivo, su instrumentación y
evaluación, a partir del conocimiento de los valores y principios propios de la democracia, entendida como
la forma de gobierno y sistema de vida, con conciencia crítica y autocrítica de la Nación, de su
responsabilidad individual y de solidaridad con las causas sociales.
VIII. Tanto el fortalecimiento de la cultura democrática como del fomento cívico, imponen tareas para cuyo
cumplimiento necesariamente deben unirse los esfuerzos institucionales de los gobiernos federal y de “EL
GOBIERNO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS”, así como los diferentes sectores de la sociedad, para que
se cumpla con los objetivos.
IX. Fortalecer el sentido de nuestra identidad como nación; promover la realización de actividades que
representen y simbolicen la evolución histórica de la vida democrática de nuestro país; desarrollar campañas
que fomenten el conocimiento de nuestros símbolos patrios y el respeto en torno a ellos, así como exaltar su
presencia, historia y significado, y promover la observancia de la Ley sobre el Escudo, la Bandera y el Himno
Nacionales.
Periódico Oficial Victoria, Tam., jueves 11 de junio de 2015 Página 3
DECLARACIONES
I “LA SECRETARÍA” DECLARA QUE:
I.1. Es una dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, de conformidad con lo dispuesto
por los artículos 1o., 2o., 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1o. del
Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación.
I.2. De conformidad con lo señalado en las fracciones VIII y X del artículo 27 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal, dentro de sus atribuciones está la de fomentar el desarrollo político;
contribuir al fortalecimiento de las instituciones democráticas; promover la activa participación ciudadana,
salvo en materia electoral; favorecer las condiciones que permitan la construcción de acuerdos políticos y
consensos sociales para que, en los términos de la Constitución y de las leyes, se mantengan las
condiciones de unidad nacional, cohesión social, fortalecimiento de las instituciones de gobierno y
gobernabilidad democrática.
I.3. El Lic. Miguel Ángel Osorio Chong, acredita su personalidad con el nombramiento expedido por el
Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Enrique Peña Nieto y tiene capacidad legal para suscribir
el presente convenio, de conformidad con lo establecido por los artículos 2o., 4o. y 5o. del Reglamento
Interior de la Secretaría de Gobernación (RISEGOB).
I.4. El Lic. Roberto Campa Cifrián, fue designado Subsecretario de Prevención y Participación Ciudadana por el
Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, Lic. Enrique Peña Nieto y se encuentra
plenamente facultado para suscribir el presente convenio, en términos de los artículos 1o., 2o., apartado A,
fracción V y 6o., fracciones IV, IX, XII y XVII del RISEGOB.
I.5. La Lic. Zoad Faride Rodríguez Velasco, Titular de la Unidad de Desarrollo Político y Fomento Cívico cuenta
con las facultades suficientes para suscribir el presente instrumento de conformidad con los artículos 9o.,
27, fracciones IV y VII del RISEGOB; entre esas atribuciones se encuentra fomentar, con las entidades
federativas, acciones que contribuyan al desarrollo político del país; a la promoción de los valores y
principios democráticos y al fortalecimiento del estado de derecho, así como desarrollar programas y
realizar acciones tendientes al fortalecimiento de la cultura de la política democrática; la cultura cívica y la
promoción de los valores y principios democráticos; la cultura de legalidad y la tolerancia; así como para
incrementar los niveles y la eficacia de la participación ciudadana en el proceso de transformación política e
institucional, el fortalecimiento del estado de derecho, y la consolidación de la paz social y el respeto a los
derechos de terceros, como valor fundamental de convivencia.
I.6. Señala como su domicilio para los efectos del presente convenio, el ubicado en la calle Bucareli No. 99,
colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06600, en la Ciudad de México, Distrito Federal.
II. “EL GOBIERNO DEL ESTADO DE TAMAULIPAS” DECLARA QUE:
II.1. Es una entidad libre y soberana en lo que se refiere a su régimen interior, y es parte integrante de los
Estados Unidos Mexicanos, de conformidad con lo establecido en los artículos 40, 42, fracción I, 43, 115 y
116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 1o. de la Constitución Política
del Estado de Tamaulipas.
II.2. El Ing. Egidio Torre Cantú, Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, se encuentra facultado
legalmente para suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 91,
fracciones XXI, XLVI y 95 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, así como 2o., inciso 1 y 7o.
de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas.
II.3. El Lic. Herminio Garza Palacios, fue designado Secretario General de Gobierno del Estado de Tamaulipas,
en términos del nombramiento expedido por el C. Gobernador Constitucional del Estado de Tamaulipas, de
fecha 1o. de septiembre del año 2012, y tiene capacidad jurídica para suscribir el presente convenio, en
términos de lo establecido en los artículos 95 de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, así
como 10, inciso 2, 23, fracción I, 24, fracciones VII, XXVIII y XLI de la Ley Orgánica de la Administración
Pública del Estado de Tamaulipas, y 2o., 9o. y 10, fracciones II y XIV del Reglamento Interior de la
Secretaria General de Gobierno del Estado de Tamaulipas.
II.4. Para los efectos de este convenio, señala como su domicilio el ubicado en Palacio de Gobierno, 3er piso,
colonia Centro, Ciudad Victoria, Estado de Tamaulipas.
III. DECLARAN “LAS PARTES” QUE:
III.1. Se reconocen mutuamente la personalidad y atribuciones con las que se ostentan y que es su voluntad
celebrar el presente convenio de coordinación.
III.2. Cuentan con los recursos necesarios para proporcionarse recíprocamente en la coordinación y el apoyo
necesario para la consecución del objeto materia del presente instrumento.
III.3. Están convencidas que la sensibilización y capacitación de los servidores públicos se traduce en una nueva
forma de gobernar, con la que se abona al bienestar social, a través del trato respetuoso y sensible, lo que
redundará en el fortalecimiento institucional de “LAS PARTES”.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR