NOM-068-SCT-2-2000: Transporte Terrestre-Servicio de Autotransporte Federal de Pasaje, Turismo, Carga y Transporte Privado-Condiciones Físico-Mecánica y de Seguridad para la Operación en Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal.

DependenciaSecretaría de Comunicaciones y Transportes
ClaveNOM-068-SCT-2-2000
Tipo de normaDefinitiva
Rama de la Actividad EconómicaTransporte Terrestre de Pasajeros, Excepto por Ferrocarril
ProductoServicios

NORMA Oficial Mexicana NOM-068-SCT-2-2000, Transporte terrestre-Servicio de autotransporte federal de pasaje, turismo, carga y transporte privado-Condiciones físico-mecánica y de seguridad para la operación en caminos y puentes de jurisdicción federal.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-068-SCT-2-2000, TRANSPORTE TERRESTRE-SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL DE PASAJE, TURISMO, CARGA Y TRANSPORTE PRIVADO-CONDICIONES FISICO-MECANICA Y DE SEGURIDAD PARA LA OPERACION EN CAMINOS Y PUENTES DE JURISDICCION FEDERAL.

AARON DYCHTER POLTOLAREK, Subsecretario de Transporte, en mi carácter de Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, con fundamento en los artículos 36 fracciones I, IX, XII y XXVII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o. y 38 fracción II, 40 fracciones III, XVI y XVII, 41, 43 y 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o. y 5o. fracciones IV y VI y 39 de la Ley de Caminos, Puentes y Autotransporte Federal; 3o. y 6o. fracción II del Reglamento de Autotransporte Federal y Servicios Auxiliares; 81 del Reglamento del Transporte en Carreteras Federales; 14 del Reglamento sobre el Peso, Dimensiones y Capacidad de los Vehículos de Autotransporte que Transitan en los Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal; 41, 42 y 43 del Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos; 1o., 6o. fracciones XIII y 19 fracciones X y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes; y demás ordenamientos jurídicos que resulten aplicables, y

CONSIDERANDO

Que es necesario aplicar procedimientos uniformes para la inspección y verificación de las especificaciones físico-mecánica durante el tránsito de los vehículos que prestan el servicio de autotransporte de pasaje, turismo, carga y transporte privado, en los caminos y puentes de jurisdicción federal, a efecto de determinar sus limitaciones en operación y promover que los servicios se presten en unidades vehiculares en óptimas condiciones.

Que habiéndose dado cumplimiento al procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y su Reglamento para la emisión de Normas Oficiales Mexicanas, el Subsecretario de Transporte, con fecha 11 de junio de 1999, ordenó la publicación en el Diario Oficial de la Federación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-068-SCT-2-1999, Transporte terrestre-Servicio de autotransporte de pasaje, turismo y carga-Condiciones físico-mecánicas y de seguridad para la operación en carreteras, a efecto de consulta pública.

Que durante el plazo de 60 días naturales, contado a partir de la fecha de publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio, a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, estuvieron a disposición del público en general para su consulta.

Que en el plazo señalado, los interesados presentaron sus comentarios al Proyecto de Norma de referencia, los cuales fueron analizados en el seno del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, integrándose a la Norma Oficial Mexicana las observaciones procedentes.

Visto lo anterior, he tenido a bien ordenar la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la Norma Oficial Mexicana NOM-068-SCT-2-2000, Transporte Terrestre-Servicio de Autotransporte Federal de Pasaje, Turismo, Carga y Transporte Privado-Condiciones Físico-Mecánica y de Seguridad para la Operación en Caminos y Puentes de Jurisdicción Federal.

México, D.F., a 1 de junio de 2000.- El Subsecretario de Transporte y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Terrestre, Aarón Dychter Poltolarek.- Rúbrica.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-068-SCT-2-2000, TRANSPORTE TERRESTRE-SERVICIO DE AUTOTRANSPORTE FEDERAL DE PASAJE, TURISMO, CARGA Y TRANSPORTE PRIVADO-CONDICIONES FISICO-MECANICA Y DE SEGURIDAD PARA LA OPERACION EN CAMINOS Y PUENTES DE JURISDICCION FEDERAL

PREFACIO

En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes dependencias del Gobierno Federal y Organismos del Sector Privado:

SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES.

- Subsecretaría de Transporte.

- Dirección General de Autotransporte Federal.

- Dirección General de Asuntos Jurídicos.

- Dirección General de Servicios Técnicos.

- Dirección General de Puertos y Marina Mercante.

- Instituto Mexicano del Transporte.

SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL.

- Subsecretaría de Normatividad y Servicios a la Industria y al Comercio Exterior.

- Unidad de Desregulación Económica.

- Dirección General de Normas.

- Dirección General de Industrias.

SECRETARIA DE GOBERNACION.

- Policía Federal Preventiva.

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE, RECURSOS NATURALES Y PESCA.

INSTITUTO NACIONAL DE ECOLOGIA.

- Dirección General de Materiales, Residuos y Actividades Peligrosas.

COMISION FEDERAL DE ELECTRICIDAD.

PETROLEOS MEXICANOS (PEMEX).

CONFEDERACION DE CAMARAS INDUSTRIALES DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, CONCAMIN.

CONFEDERACION NACIONAL CAMPESINA.

CONFEDERACION NACIONAL DE TRANSPORTISTAS MEXICANOS, A.C.

CAINTRA DE NUEVO LEON.

CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DE TRANSFORMAClON.

- Sección 37 Fabricantes de Plaguicidas y Fertilizantes Agrícolas.

- Sección 59 Fabricantes de Carrocerías.

- Sección 105 Fabricantes de Remolques y Semirremolques.

CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA DEL HIERRO Y DEL ACERO.

CAMARA NACIONAL DE LA INDUSTRIA HULERA.

CAMARA NACIONAL DE LAS INDUSTRIAS AZUCARERAS Y ALCOHOLERAS.

CAMARA NACIONAL DE LAS INDUSTRIAS DE LA CELULOSA Y DEL PAPEL.

CAMARA NACIONAL DE INDUSTRIALES DE LA LECHE.

CAMARA NACIONAL DEL AUTOTRANSPORTE DE CARGA.

CAMARA NACIONAL DEL AUTOTRANSPORTE DE PASAJE Y TURISMO.

CAMARA NACIONAL DEL CEMENTO.

CAMARA MEXICANA DE LA INDUSTRIA DE LA CONSTRUCCION.

CAMARA MINERA DE MEXICO.

ASOCIAClON NACIONAL DE PRODUCTORES DE AUTOBUSES, CAMIONES Y TRACTOCAMIONES, A.C.

- Caterpillar Americana, Co.

- Consorcio G Grupo Dina, S.A. de C.V.

- Cummins, S.A. de C.V.

- Detroit Diesel Allison de México, S.A. de C.V.

- Kenworth Mexicana, S.A. de C.V.

- Mercedes Benz México, S.A. de C.V.

- Mexicana de Autobuses, S.A. de C.V.

- Navistar, S.A. de C.V.

- Scania de México, S. A. de C.V.

- Volvo Trucks de México, S.A. de C.V.

ASOCIACION DE TRANSPORTISTAS DE CARGA DE LA ZONA CENTRO DEL ESTADO DE VERACRUZ, A.C.

ASOCIACION NACIONAL DE INDUSTRIALES DE ACEITE Y MANTECAS COMESTIBLES, A.C.

ASOCIACION NACIONAL DE LA INDUSTRIA QUIMlCA, A.C.

ASOCIACION NACIONAL DE TRANSPORTE PRIVADO, A.C.

ALTOS HORNOS DE MEXICO, S.A.

ASESORIA EMPRESARIAL CORPORATIVA.

CORPORACION PYSIYC, S.A. DE C.V.

DIRONA, S.A.

DISTRIBUIDORA CONASUPO, S.A.

GRANELERA INTERNACIONAL DE TUXPAM, S.A. DE C.V.

LACTEOS INDUSTRIALIZADOS CONASUPO, S.A.

QUANTICA.

SUPER DIESEL, S.A.

TRANSPORTES DE PASAJES ATONALTZIN , S.A. DE C.V.

3M DE MEXICO, S.A. DE C.V.

CONTENIDO

  1. Objetivo y campo de aplicación

  2. Referencias

  3. Definiciones

  4. Especificaciones mecánicas y de componentes vehiculares, posibles defectos y evaluación

    4.1 Sistema de iluminación (lámparas y luces)

    4.2 Indicadores de peligro (para carga sobresaliente)

    4.3 Limpiaparabrisas

    4.4 Parabrisas

    4.5 Llantas, cámaras y corbatas

    4.6 Ruedas y rines

    4.7 Bastidor, largueros o chasis del camión o tractocamión

    4.8 Carrocería de semirremolque y/o remolque

    4.9 Sistema de combustible

    4.10 Sujeción de la carga

    4.11 Sistema de escape

    4.12 Sistema de dirección

    4.13 Sistema de suspensión

    4.14 Sistema de frenos neumáticos

    4.15 Sistema de frenos hidráulicos

    4.16 Sistema de frenos eléctricos

    4.17 Sistema de acoplamiento

    4.18 Cabina

    4.19 Area de pasajeros en autobúses

    4.20 Especificaciones complementarias y posibles defectos en vehículos que transportan materiales y residuos peligrosos

    4.21 Aplicación de la limitación del tránsito vehicular

    4.22 Procedimiento de evaluación para limitar el tránsito de los vehículos en caminos y puentes de jurisdicción federal

  5. Procedimiento para evaluar la conformidad de la presente Norma Oficial Mexicana

    5.1 Certificación

    5.2 Verificación

  6. Sanciones

  7. Vigilancia

  8. Bibliografía

  9. Concordancia con normas internacionales

  10. Vigencia

  11. Transitorios

    Apéndice A Anexo 1

    Procedimiento de verificación.

    Paso 1. Elegir el lugar de verificación (aplicable para todo tipo de vehículo).

    Paso 2. Preparación de la verificación (aplicable para todo tipo de vehículo).

    Paso 3. Verificar la presencia de materiales y residuos peligrosos (aplicable para todo tipo de vehículo).

    Paso 4. Verificación delantera del automotor o unidad motriz (aplicable para todo tipo de vehículo).

    Paso 5. Verificación delantera izquierda del automotor o unidad motriz (aplicable para todo tipo de vehículo).

    Paso 6. Verificación del tanque de combustible izquierdo (aplicable para todo tipo de vehículo).

    Paso 7. Verificación de la parte delantera del remolque.

    Paso 8. Verificación trasera izquierda del automotor o unidad motriz y semirremolque.

    Paso 9. Verificación del lado izquierdo del remolque.

    Paso 10. Verificación de las ruedas traseras del remolque.

    Paso 11. Verificación de la parte trasera del remolque.

    Paso 12. Verificación de las ruedas traseras del lado derecho del remolque.

    Paso 13. Verificación del lado derecho del remolque.

    Paso 14. Verificación de la parte trasera derecha del remolque (como en paso número 8).

    Paso 15. Verificación del área del tanque derecho (aplicable para todo tipo de vehículo).

    Paso 16. Verificación de la parte delantera derecha del automotor o unidad motriz (aplicable para todo tipo de vehículo).

    Paso 17. Verificación del segundo remolque.

    Paso 18. Verificación del dispositivo de baja presión (aplicable para todo tipo de vehículo).

    Paso 19. Verificación del juego del volante (aplicable para todo tipo de vehículo).

    Paso 20. Probar el rango de pérdida de aire (aplicable para todo tipo de vehículo).

    Paso 21...

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