Ordenanza General de la Armada
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Ordenanza General de la Armada
TRATADO I
TÍTULO PRIMERO Bases Generales, Organización y División de la Armada ARTÍCULO 1o.- La Armada Nacional depende directamente del Presidente de la República y tiene por objeto hacer la guerra, en el mar y en las costas, en defensa de la independencia, integridad y decoro de la Nación, y cooperar al orden constitucional y a la paz en el interior. ARTÍCULO 2o.- La Armada Nacional comprende, tanto las fuerzas permanentes como las auxiliares, en su caso, y será regida por la presente Ordenanza. Además de sus prevenciones se observarán las de la Ordenanza General del Ejército, en lo conducente. ARTÍCULO 3o.- La Armada Nacional permanente se caracteriza por su estabilidad en el servicio; los que a ella pertenecen siguen una carrera profesional, cuyo término será el empleo mayor que se señala en cada Cuerpo y que es el último a que pueden aspirar los que a ella se dediquen. ARTÍCULO 4o.- Ningún Oficial General, Jefe u Oficial, podrá ser destituído de su empleo, sino por sentencia de Tribunal competente, ni separado de la Armada sino por enfermedad que lo inutilice para el servicio o por otro motivo que la ley determine; excepción hecha de los Auxiliares que podrán ser puestos en receso, cuando el Gobierno lo estime conveniente. ARTÍCULO 5o.- Cuando algún personal de marina o tripulaciones de barcos que no pertenezcan a la Armada, sean empleados en su servicio, o llamados a cooperar con ella en sus operaciones navales, quedarán desde luego sujetos a las prescripciones de esta Ordenanza y serán considerados como fuerzas auxiliares. ARTÍCULO 6o.- El personal de la Armada se divide en: Cuerpo de Guerra. Cuerpos Técnicos. Cuerpos y Servicios especiales. ARTÍCULO 7o.- El Cuerpo de Guerra se compone de: Plana Mayor. Jefes y Oficiales. Clases y Marinería. ARTÍCULO 8o.- Los Cuerpos Técnicos comprenden: Maquinistas Navales. Ingenieros de Artillería Naval. Ingenieros Navales. ARTÍCULO 9o.- Los Cuerpos y Servicios Especiales, comprenden: Cuerpo de Infantería de Marina. Cuerpo de Artillería de Marina. Cuerpo de Torpedistas. Comandancias Generales de los Departamentos Marítimos. Arsenales Navales, Diques y Varaderos. Escuelas Militares de Marina. Servicio de Administración Naval. Servicio de Sanidad Naval. Servidumbre. ARTÍCULO 10.- La Plana Mayor de la Armada se compone de: Contraalmirantes. Comodoros. ARTÍCULO 11.- Los Oficiales Generales serán siempre de la milicia permanente y procederán del Cuerpo de Guerra. ARTÍCULO 12.- Los Oficiales Generales que no tengan comisión en tiempo de paz, podrán residir en el lugar que les convenga, previa autorización de la Secretaría de Guerra y Marina. ARTÍCULO 13.- La clasificación jerárquica en el Cuerpo de Guerra, es la siguiente: I.- Marinería y Clases Grumete. Marinero de segunda. Marinero de primera. Cabo de cañón de segunda Cabo de mar de segunda. Cabo de cañón de primera. Cabo de mar de primera. Tercer Maestre de Armas. Tercer Condestable. Tercer Contramaestre. Segundo Maestre de Armas. Segundo Condestable. Segundo Contramaestre. Primer Maestre de Armas. Primer Condestable. Oficiales de Mar de primera. Primer Contramaestre. II.- Oficiales Aspirante de 1a. Subteniente. Segundo Teniente. Primer Teniente. III.- Jefes Teniente Mayor. Capitán de Fragata. Capitán de Navío. IV.- Oficiales Generales Comodoro. Contraalmirante. CUERPOS TECNICOS Cuerpo de Maquinistas Navales ARTÍCULO 14.- La clasificación jerárquica en el Cuerpo de Maquinistas y sus equivalencias con el Cuerpo de Guerra, son: I.- Fogoneros y Clases Aprendiz de Fogonero Grumete. Fogonero de 2a Marinero de 1a. Fogonero de 1a Cabo de mar de 2a. Cabo de Hornos Cabo de mar de 1a. II.- Oficiales 3er. Maquinista Aspirante de 1a. 2o. Maquinista Subteniente. 1er. Maquinista de 2a Segundo Teniente. 1er. Maquinista de 1a Primer Teniente. III.- Jefes Maquinista Mayor Teniente Mayor. Maquinista Subinspector Capitán de Fragata. Subinspector General de Máquinas Capitán de Navío. Cuerpo de Ingenieros de Artillería Naval ARTÍCULO 15.- La clasificación jerárquica en el Cuerpo de Ingenieros de Artillería y sus equivalencias con el de Guerra, son: I.- Oficial Ingeniero de Artillería Primer Teniente. II.- Jefes Ingeniero de Artillería Jefe de 2a. Teniente Mayor. Ingeniero de Artillería Jefe de 1a. Capitán de Fragata. Ingeniero de Artillería Subinspector Capitán de Navío. Cuerpo de Ingenieros Navales ARTÍCULO 16.- La clasificación jerárquica en el Cuerpo de Ingenieros Navales y sus equivalencias con el de Guerra, son: I.- Obreros y Clases Peón Marinero de 2a. Aprendiz de Obrero Marinero de 1a. Obrero de tercera Cabo de mar de 2a. Obrero de segunda Cabo de mar de 1a. Obrero de primera 3er. Contramaestre. Oficial de Taller 2a. Contramaestre. Maestro de Taller 1er. Contramaestre. II.- Oficiales Alumno en práctica Subteniente. 2o. Ingeniero 2o. Teniente. 1er. Ingeniero 1er. Teniente. III.- Jefes Ingeniero Jefe de 2a Teniente Mayor. Ingeni...Ver el contenido completo de este documento
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