Exposición de Motivos

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2 de diciembre de 2013
Toluca de Lerdo, Méx., a 2 de diciembre de 2013.
EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO
DR. ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS
(RÚBRICA).
EL SECR. TARIO GENERAL DE GOBIERNO
MTRO. a RÉN ROJAS DÁVILA
(RÚBRICA).
Toluca de Lerdo, México,
a 19 de noviembre de 2013.
CC. ¡DIPUTADOS SECRETARIOS DE LA
H. ".VIII" LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
PRESENTES
Doctor Eruviel Ávila Villegas, Gobernador Constitucional del Estado de México, en
ejerCicio de las facultades que me confieren los artículos 51 fracción I y 77
fracbión V de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y
con fundamento en lo dispuesto por el artículo 2 de la Ley Orgánica de la
Administración Pública del Estado de México, me permito someter a la
con ideración de esa H. Legislatura, por el digno conducto de ustedes, la
pre ente Iniciativa de reformas, adiciones y derogaciones al Código Financiero
del Estado de México y Municipios y otras disposiciones, conforme a la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Creciente participación activa de los mexiquenses en la gestión pública y su
destnpeño, es eje medular del Plan de Desarrollo del Estado de México 2011-
201 , que promueve el impulso de acciones que permiten establecer una relación
más próxima y cercana a la sociedad, así como el trabajo en equipo con otros
órdenes de gobierno, principalmente con los gobiernos municipales.
Ese quehacer organizado, ha permitido avanzar en el mejoramiento de las
condiciones de desarrollo de los ciudadanos, mediante el establecimiento de
objetivos que ayuden a superar circunstancias que agravan su calidad de vida y
que ahora, por el contrario, se ven revertidas con la dotación de más y mejores
servicios públicos, la generación de empleos, entre otros aspectos.
Es Sin duda, el cumplimiento de objetivos institucionales y el desarrollo de
programas de alto Impacto económico lo que ha transformado la gestión pública
y el nivel de vida y oportunidades de los mexiquenses para dar certidumbre a las
nueas generaciones, mediante la práctica de los principios y valores
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de ocráticos que hagan de los habitantes del Estado de México, una Sociedad
Pro egida.
Es por ese anhelo, que el Gobierno que me enaltezco en encabezar Trabaja en
Grande para Lograr en Grande, para promover el desarrollo de un Estado
Pro resista y un Gobierno de Resultados, basado en principios que exaltan el
no bre y la importancia de este Gran Estado, teniendo como elemento
fun
,
arnental para crear una sociedad progresista, el crecimiento económico.
Per esto no se logra con el solo trabajo del Gobierno, es necesario aprovechar
las ortalezas y capacidades con las que cuenta el Estado e interactuar con su
gen e, su mercado, su industria entre otros agentes económicos de gran
imp rtancia con los que se cuenta, y que contribuyen a que esta Entidad sea
par e de la zona económica con más actividad del país, manteniendo una ventaja
co petitiva gracias a que este Gobierno está orientado a la obtención de
res Itados.
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Esos resultados, solo se pueden conseguir, en parte, mediante la actualización
constante y permanente de los ordenamientos jurídicos estatales, principalmente
aquellos que tienen un impacto económico en la actividad del Estado, es por ello,
que las reformas, adiciones y derogaciones que se presentan, tienen un fin
específico, continuar con el trabajo que mi Gobierno se ha propuesto para seguir
mejorando los servicios y la calidad de vida de los mexiquenses.
En tal sentido, el Código Financiero del Estado de México y Municipios establece
en su artículo 9 fracción II que se entenderá por derechos a las
contraprestaciones que deben pagar las personas físicas y jurídicas colectivas,
por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Entidad, así
como por recibir servicios que presten el Estado, sus organismos y Municipios en
funciones de derecho público.
Partiendo de lo anterior y considerando que recientemente y de manera reiterada
el Título Tercero, "De los Ingresos del Estado", Capítulo Segundo denominado "De
los Derechos" del Código Financiero del Estado de México y Municipios, ha
sufrido diversas reformas, se estima necesario que apegados a lo que dispone la
Técnica Legislativa y a fin de facilitar su correcta aplicación, se reforme de
manera integral el apartado de Derechos mencionado.
Al respecto, es importante resaltar que en términos generales la presente
iniciativa pretende ajustar la aplicación de la normatividad a la realidad actual
tanto por parte de la autoridad, como para beneficio de los contribuyentes, por lo
que se hace necesaria la actualización de las tarifas conforme al factor propuesto
en la Ley de Ingresos del Estado de México y la implementación de los conceptos
de derechos relativos a la inscripción de créditos simples, la cancelación de la
inscripción de arrendamiento financiero, así como la integración del expediente
técnico de la solicitud de instalación de señales informativas y estructuras con
fines de publicidad.
En el ámbito municipal, es de mencionar que a través de diversas comisiones
temáticas llevadas a cabo en el seno del Instituto Hacendario del Estado de
México, en el marco del Sistema de Coordinación Hacendaria del Estado de
México y los Municipios se consensuaron las reformas, adiciones y derogaciones
propuestas por los representantes de los municipios del Estado de México y los
organismoz operadores de agua potable, las cuales fueron aprobadas por los
presidentes municipales en la XIV Reunión Estatal de Servidores Públicos
Hacendarios del Estado de México, constituida en la XIV Asamblea Anual del
Consejo Directivo del Instituto Hacendario del Estado de México, celebrada el 6
de noviembre del presente año.
Dicho lo anterior, de las reformas, adiciones y derogaciones a diversas
disposiciones del Código Financiero del Estado de México y Municipios, destacan
las siguientes:
En el artículo 1 se establece la vinculación del objeto del Código Financiero del
Estado de México y Municipios con los ordenamientos legales vigentes,
principalmente con la Ley General de Contabilidad Gubernamental en materia de
presupuestación, ejercicio, evaluación, rendición de cuentas y difusión de la
información financiera.
En el artículo 3, se deroga la fracción l para trasladar el término "Ahorro
Financiero", el cual se cambió por "Economías Presupuestarias", a la fracción XI
con el propósito de adecuarla a la realidad actual y por ende guardar el orden
alfabético posible. Además en la fracción XIII se estima necesario incluir en la
definición de Organismos Autónomos al Instituto de Transparencia, Acceso a la
Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de México y
Municipios. De igual manera se reforma la fracción XXIII-A, relativa a la definición
de "Ingresos Ordinarios" para adecuarla a la realidad económica de la entidad.

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