Acuerdo por el Que Se Dan a Conocer la Fórmula, Metodología, Monto y Calendario de Ministración Relativos a La Distribución de Los Recursos del Fondo de Aportaciones para La Infraestructura Social Municipal y De las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, entre Los Municipios del Estado de Colima, para El Ejercicio Fiscal 2014

DEL GOBIERNO DEL ESTADOPODER EJECUTIVOSECRETARÍA DE FINANZAS Y ADMINISTRACIÓNACUERDOPOR EL QUE SE DAN A CONOCER LA FÓRMULA, METODOLOGÍA, MONTO Y CALENDARIO DE MINISTRACIÓN RELATIVOS A LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL, ENTRE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE COLIMA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014.

MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que me confiere el Artículo 58, Fracción III, de la Constitución Política del Estado; y CONSIDERANDOQue el Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, en sus Artículos 3, Fracción XVII, 8, Fracción I y Anexo 21, prevé recursos para el Ramo General 33

Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, que incluye el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social, el cual está integrado por el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal y el Fondo de Infraestructura Social para las Entidades.

Que los recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal deben ser distribuidos mediante la fórmula y metodología señaladas en los Artículos 32, 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal y con base en la información establecida en el Acuerdo que tiene por objeto dar a conocer las variables y fuentes de información para apoyar a los estados en la aplicación de sus fórmulas de distribución entre los municipios, de las aportaciones federales previstas en el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal del Ramo 33 del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación con fecha 13 de enero de 2014.

Que la fórmula debe ser igual a la indicada en la mencionada Ley, con el propósito de enfatizar el carácter redistributivo de estos recursos hacia los municipios con mayor magnitud y profundidad de pobreza extrema.

Que la misma Ley de Coordinación Fiscal establece que los Estados deben publicar en sus órganos oficiales de difusión, a más tardar el 31 de enero del ejercicio fiscal aplicable y previo convenio con la Secretaría de Desarrollo Social, la distribución de recursos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal, así como la fórmula y metodología aplicada, justificando cada uno de sus elementos.

En cumplimiento de lo anterior el Gobierno Federal a través de la Secretaria de Desarrollo Social y el Ejecutivo del Estado de Colima, con fecha 20 de enero del año 2014, suscribieron El Convenio para Acordar la Metodología, Fuentes de Información y Mecanismos de Distribución del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal (FISMDF) que forma parte del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social (FAIS) del Ramo General 33 "Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios", así como el Anexo Metodológico que tiene por objeto dar a conocer la metodología que el Estado de Colima utilizará para la distribución porcentual del Fondo para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2014.

En virtud de lo anterior, y con fundamento en los Artículos 26 y 115 fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 22, 31 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 33, 34, 35, 36 y 37 de la Ley de Planeación; 25, fracción III, 32, 33, 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal; 1º, 3º, fracción XVII, 8 fracción I y Anexo 21, del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014; 87, fracción IV, 110 y 113 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; 15 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; 18, fracción I, 19 y 20 de la Ley de Coordinación Fiscal del Estado de Colima; 1°, 2° y 52 de la Ley de Planeación para el Desarrollo del Estado de Colima; 3° y 4°, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno; 6° y 7°, fracción XXIX, del Reglamento Interior de la Secretaría de Finanzas y Administración del Estado de Colima; y 3°, fracción XIX del Reglamento Interior de la Secretaría de Planeación del Estado de Colima, se expide el siguiente:

ACUERDOPOR EL QUE SE DAN A CONOCER LA FÓRM ULA, MET ODOLOGÍA, MONTO Y CALENDARIO DE MINIST RACIÓN RELATIVOS A LA DISTRIBUCIÓN DE LOS RECURSOS DEL FONDO DE APORTACIONES PARA LA INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL Y DE LAS DEMARCACIONES TERRITORIALES DEL DISTRITO FEDERAL, ENTRE LOS MUNICIPIOS DEL ESTADO DE COLIMA, PARA EL EJERCICIO FISCAL 2014.

PRIMERO.

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El presente Acuerdo tiene por objeto dar a conocer la fórmula, y la metodología para la distribución entre los municipios del Estado de Colima de las aportaciones federales previstas en el Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal para el ejercicio fiscal 2014, así como las asignaciones presupuestales resultantes de la aplicación de dicha metodología.

SEGUNDO.-

El total de recursos que conforman este Fondo para los municipios del Estado de Colima, asciende a la cantidad de $ 94,434,676.00 (Noventa y cuatro millones, cuatrocientos treinta y cuatro mil, seiscientos setenta y seis pesos 00/100 M.N.).

TERCERO.-

Las aportaciones del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal y de las Demarcaciones Territoriales del Distrito Federal podrán ser utilizadas exclusivamente al financiamiento de obras, acciones sociales básicas y a inversiones que beneficien directamente a sectores de su población que se encuentren en condiciones de rezago social y pobreza extrema en los rubros señalados en el Apartado A del Artículo 33 de la Ley de Coordinación Fiscal. Entre otras obligaciones, los municipios deberán promover la participación de las comunidades beneficiarias en el destino, aplicación y vigilancia de los recursos del Fondo, así como en la programación, ejecución, control, seguimiento y evaluación de las obras y acciones a realizar.

CUARTO.-

De conformidad con los Artículos 34 y 35 de la Ley de Coordinación Fiscal (LCF), se da a conocer la metodología...

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