Acuerdo por el que se modifican diversos Sistemas de Datos Personales en la Delegación Iztacalco

TRANSITORIOS

PRIMERO.- El presente Acuerdo surtirá efectos al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal. SEGUNDO.-Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal como lo prevé el artículo 122 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

Dado en la sede delegacional en Iztacalco, el día 18 de julio de 2014.

A T E N T A M E N T E

LA JEFA DELEGACIONAL EN IZTACALCO

(Firma)

ELIZABETH MATEOS HERNÁNDEZ___

DELEGACIÓN IZTACALCO

ELIZABETH MATEOS HERNÁNDEZ, Jefa Delegacional en Iztacalco de conformidad con lo establecido en los artículos 87 tercer párrafo, 104, 105, 117 fracciones I y II; del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 1, 2 párrafo tercero, 3 fracción III, 7 y 37, de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 6, 7 fracciones II, III y IV, 8, 19 y 21 fracciones I y XVI de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal;1, 120, 121, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; y con base en el acuerdo 0469/SO/02-05/2012 emitido por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal,

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES EN LA DELEGACIÓN IZTACALCO.

CONSIDERANDO

I. La Coordinación General de Modernización Administrativa (CGEMA) dependiente de la Contraloría General del Distrito Federal, con fundamento en el artículo 115, fracción III del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; artículo 34 fracciones XXXIII, XXXIV y XXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; artículo 28 fracciones IX y X del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, diagnosticó favorablemente la estructura orgánica del Órgano Político Administrativo en Iztacalco, mediante el Dictamen 9/2013, el cual entró en vigor el 16 de mayo de 2013, por lo que algunas áreas de nueva creación, y otras ya existentes, han tenido que crear o realizar modificación y supresión de sus Sistemas de Datos Personales

II. Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal corresponde determinar al titular del ente público, la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales, en el ámbito de competencia.

III. Que de conformidad con el artículo 7, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, se establece que la integración, tratamiento y tutela de los sistemas de datos personales está a cargo de los entes públicos, y su creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales, deberán publicarse en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

IV. Que de manera adicional, el numeral 6 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal establece como obligación para todos los entes públicos, que la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales sólo podrá efectuarse mediante acuerdo emitido por el titular del ente, publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

V. Que de conformidad mediante el acuerdo 0157/SO/03-03-2010, de tres de marzo de dos mil diez, y a efecto de dar cumplimiento al artículo 8 de la Ley de Protección de Datos Personales del Distrito Federal, el Pleno del Instituto aprobó la creación del Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales, con la finalidad de que los entes públicos inscribieran en una aplicación informática los sistemas de datos personales que ostentan para el desarrollo de sus funciones.

VI. Que las modificaciones se realizan para atender las observaciones derivadas de la Evaluación Diagnóstico de la Calidad de Información inscrita en el Registro Electrónico de Datos Personales del Instituto de Acceso a la Información pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal y del Acuerdo 0825/SO/03-07/2013, de tres de julio de dos mil trece, por el cual el pleno del InfoDF aprobó el informe de ésta.

VII. Que los sistemas de datos personales que se modifican mediante el presente Acuerdo fueron inscritos en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales (RESDP) administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal en cumplimiento al artículo Transitorio Tercero de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal con relación al Acuerdo 0182/SO/10-03/2010, de diez de marzo de dos mil diez, emitido por el InfoDF bajo los folios:

NOMBRE DEL SISTEMA FOLIO DEL REGISTRO FECHA DE REGISTRO

Captar, registrar, canalizar a la persona responsable " enlace CESAC " de cada una de las áreas operativas, las solicitudes de servicios de los ciudadanos Registro de comités ciudadanos

0408000100222100410

0408000560229100426

10/04/2010

26/04/2010

Atención de conciliaciones vecinales 0408027150229120919 19/09/2012

Consulta ciudadana 0408000610229100426 26/04/2010 Curso de cine y video y su respectivo

concurso

0408000770229100427 27/04/2010

Eventos que promueven la equidad de género acortar las brechas de desigualdad entre hombres y mujeres

040800760229100427 27/04/2010

Concurso de las fiestas patrias 0408000600229100426 26/04/2010 Jóvenes en brigada por Iztacalco 0408000580229100426 26/04/2010

Recepción de demanda ciudadana en medios de comunicación

0408000480221100426 26/04/2010

Sistema de datos personales que se recaban de la ciudadanía derivados de los trámites que se ingresan ante la subdirección de ventanilla única delegacional en Iztacalco

0408000160230100419 19/04/2010

Vinculación para el empleo 0408016180224101214 14/12/2010 Trámite y procesamiento de datos personales

de trabajadores eventuales de base y

estructura, y personal de honorarios y

autogenerados de la delegación Iztacalco.

0408000470226100426 26/04/2010

ACUERDO POR EL QUE SE MODIFICAN DIVERSOS SISTEMAS DE DATOS PERSONALES EN LA DELEGACIÓN IZTACALCO.

PRIMERO.- Se procede a la modificación del siguiente sistema correspondiente a la Coordinación de Modernización y del Centro de Servicios y Atención Ciudadana:

I. Identificación del Sistema de Datos Personales:

Denominación: Solicitantes de Servicios en el Centro de Servicios y Atención Ciudadana Delegacional

II. Finalidad y usos previstos: Orientar, informar, recibir y registrar electrónicamente los datos mínimos de identificación de los solicitantes de servicios, para la integración de la documentación solicitada y realizar la gestión ante las áreas competentes, así como la asignación de número de expediente para darle seguimiento y notificarles la conclusión del servicio solicitado.

III. Normatividad aplicable: Ley Orgánica de la Administración Pública, Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal, Ley de Archivos del Distrito Federal, Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal, Manual de Gestión de Calidad del CESAC (Interno), Manual Específico de Operación de los Centros de Servicios y Atención Ciudadana, Manual Específico de Operación de las Ventanillas Únicas Delegacionales, Circular Uno-Bis, Manual Administrativo de la Delegación Iztacalco.

IV. Estructura básica del Sistema de Datos Personales

Datos identificativos: Nombre, Teléfono particular, Teléfono celular, IFE

Datos de carácter obligatorio: Nombre, Teléfono particular, Teléfono celular, IFE

Datos de carácter facultativos: Fotografía, pagos del servicio, Cedula de empadronamiento Datos biométricos: Huella Digital

Modo de tratamientos utilizado: Procedimientos Físicos y Automatizados

VI. Cesión de Datos

Destinatarios Finalidad genérica Fundamento Legal Comisión de Derechos Humanos

del Distrito Federal

En Investigación de presuntas violaciones a los Derechos Humanos.

Con fundamento en el Articulo 3, 17, Fracción II y 36, de la Ley de Comisión de D.H.

Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal.

En ejercicio de sus Funciones de

Fiscalización

Con fundamento en los Artículos 2, 3, 6 y 8 de la Ley Orgánica de la Contaduría Mayor de Hacienda de la Asamblea Legislativa del D.F.

Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal

Para la sustentación del recurso de revisión

Artículos 32, 71 fracción II, 80 fracciones II, y V,89 y 91 de la Ley de Transparencia y Acceso de Información Pública del D.F, artículos 38,39,40 y 42 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal y demás aplicables

Órganos de Control Para la realización de auditorías o desarrollo de investigaciones por faltas administrativas etc.

Artículos 34, Fracciones II y III y 74 de la Ley Orgánica de Administración Pública

Órganos Jurisdiccionales Locales y Federales

Para la sustentación de los procesos jurisdiccionales tramitados ante ellos

Artículos 3, 14, 15, 75,121,143,144,147,149 Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: artículos 783 y 784 de la Ley Federal del Trabajo: artículos 191 fracc. XIX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación Artículos 2, 180 del código Federal, de procedimientos penales; artículo 323 del código civil del Distrito Federal; artículos 96, 109, 278, 288, 326, 327, 331 y 334 del código de procedimientos civiles para el D.F. artículos 3, 9,

BIS, del código de procedimientos penales para el D.F. artículos 35 bis y 55 de la Ley de Procedimientos Administrativo del D.F. y demás aplicables.

VII. Unidad Administrativa y responsable del sistema de datos personales

Unidad administrativa responsable

Coordinación de Modernización y del Centro de Servicios y Atención Ciudadana Cargo del Responsable del Sistema de Datos Personales:

Coordinador de Modernización y del Centro de Servicios y Atención Ciudadana

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