Marco conceptual para la definición de criterios en la Creación y Modificación de Programas y Acciones Sociales

CONSEJO DE EVALUACIÓN DEL DESARROLLO SOCIAL DEL DISTRITO FEDERAL

MTRO. JOSÉ ARTURO CERÓN VARGAS, Director General del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 87, 97, 98 y 99 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 54 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 11 de la Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal; 42 B, 42 C y 42 E de la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal; artículo 9, en relación con el 26 del Estatuto Orgánico del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal, todos ellos en concordancia con lo dispuesto por el artículo 102 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal, y con base en los acuerdos derivados de la VI Sesión Ordinaria 2015 del el Comité de Evaluación y Recomendaciones del Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal, he tenido a bien expedir el:

MARCO CONCEPTUAL PARA LA DEFINICIÓN DE CRITERIOS EN LA CREACIÓN Y MODIFICACIÓN DE PROGRAMAS Y ACCIONES SOCIALES

I. Introducción

De acuerdo con la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, la Política de Desarrollo Social está destinada al conjunto de los habitantes del Distrito Federal con el propósito de construir una ciudad con igualdad, equidad, justicia social, reconocimiento a la diversidad, alta cohesión e integración social, pleno goce de los derechos, creciente elevación de la calidad de vida y acceso universal al conjunto de bienes y servicios públicos urbanos; mediante la cual se erradican la desigualdad y la exclusión e inequidad social entre individuos, grupos y ámbitos territoriales con el fin de lograr su incorporación plena a la vida económica, social y cultural y construirse como ciudadanos con plenos derechos.

Por su parte, la Ley de Planeación del Distrito Federal, la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y, la Ley de Desarrollo Social para el Distrito Federal y su Reglamento, establecen la definición y contenidos mínimos de los programas sociales que elaboran las dependencias, órganos desconcentrados, entidades y delegaciones; estableciendo los elementos básicos para la formulación, instrumentación, seguimiento y evaluación de los mismos.

Al respecto, de acuerdo con la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal aprobada por la Asamblea Legislativa del Distrito Federal en diciembre de 2009, en su artículo 102 atribuía la facultad de aprobación o modificación de los programas sociales al Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal (Evalúa DF); motivo por el cual este organismo, el 25 de enero de 2010 publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal (GODF) los "Lineamientos para la Formulación de Nuevos Programas Sociales Específicos que otorguen Subsidios, Apoyos y Ayudas y para la Modificación de los Existentes", donde se establecían los elementos mínimos para la formulación de nuevos programas sociales, los criterios para su aprobación por parte de Evalúa DF y para su modificación. En tanto, debido a la necesidad de definiciones específicas, en un anexo a dichos lineamientos, publicado el 12 de marzo de 2010, se especificaron y definieron los tipos de programas sociales.

Dichos Lineamientos fueron retomados en una actualización publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el 18 de agosto de 2010, previendo su aplicación en los programas sociales a operar en 2011. Sin embargo, la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente fue reformada en su artículo 102, el 30 de diciembre de 2010; con lo cual perdieron vigencia los Lineamientos citados y se confirió tal responsabilidad al Comité de Planeación del Desarrollo (COPLADE). Por este motivo, el 26 de enero de 2012, fue publicado en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el "Reglamento para Someter a la Aprobación del Comité de Planeación del Desarrollo del Distrito Federal, la Creación y Operación de Programas de Desarrollo Social que Otorguen Subsidios, Apoyos y Ayudas a la Población del Distrito Federal", cuyos contenidos están enfocados en normar el funcionamiento de dicho Comité respecto de la atribución conferida y abordando de forma general los aspectos administrativos para la aprobación de la creación y operación de programas sociales; no obstante los elementos técnicos para la formulación de nuevos programas sociales, los criterios para su aprobación por parte de COPLADE y para su modificación; además de las definiciones acerca de los tipos de programas sociales y de actividades institucionales de beneficio social (desarrollados en los Lineamientos emitidos por el Consejo de Evaluación del Desarrollo Social del Distrito Federal con anterioridad no fueron retomados).

La necesidad de disponer de un marco conceptual que defina de manera rigurosa e institucional los criterios para la creación y modificación de programas y acciones que forman parte de la política social del gobierno de la Ciudad de México, se justifica y deriva del imperativo de cumplir con los principios de transparencia y rendición de cuentas a los que debe ceñirse un gobierno moderno, justo y equitativo, cuya política social estriba en la filosofía de administrar los bienes públicos con eficiencia en beneficio de la población social y económicamente más vulnerable. La pertinencia del presente documento deriva también de las razones antes expuestas y de la convicción de que contribuirá a esclarecer aspectos hasta ahora insuficientemente definidos de la naturaleza de los programas y acciones que integran la política social en general.

De la misma forma, se requiere generar los criterios para la formulación de nuevos programas sociales, establecer el procedimiento para su aprobación y en su caso, modificación de los programas ya existentes por parte del COPLADE, así como a partir del marco conceptual definir las características de los programas sociales y las actividades institucionales de beneficio social. Es necesario señalar que la ausencia de lo anterior ha generado en la práctica, dudas al definir sobre si un proyecto tiene características para ser un programa o una acción social.

Este documento pretende aportar elementos útiles para tal efecto, que además de esta introducción, el contenido del presente documento expone en la siguiente sección el objetivo que se persigue; en la tercera, el marco conceptual que incluye algunas definiciones contenidas en la normatividad vigente y aplicable en el campo del desarrollo social, así como aquellas consideradas en referencias bibliográficas relevantes; en la cuarta sección, se delinean algunos criterios básicos para la creación y modificación de programas y acciones sociales y la quinta es el resumen y la conclusión general.

II. Objetivo

Aportar los elementos conceptuales que permitan delimitar y precisar la naturaleza de los programas que constituyen el quehacer de la política social en la Ciudad de México, estableciendo las características básicas de los programas y acciones sociales que se ejecutan en el Gobierno del Distrito Federal, que faciliten a los tomadores de decisiones la identificación adecuada de las políticas públicas en materia de desarrollo social.

Con lo anterior pretendemos avanzar en la precisión conceptual y sustantiva de la distinta naturaleza, función y justificación de los programas y las acciones sociales que constituyen la esencia de la política social del gobierno de la ciudad de México. Sin duda la definición conceptual de los programas y las acciones sociales es un aspecto que contribuye a normar la política social en sus dimensiones coyunturales y estructurales de una manera consistente con la transparencia y rendición de cuentas que caracterizan a un gobierno regido por las mejores prácticas institucionales.

III. Marco Conceptual

En materia de desarrollo social la legislación vigente en el Distrito Federal establece una serie de precisiones que es necesario considerar, tanto como algunos conceptos y definiciones contenidas en la bibliografía en torno al desarrollo social, las cuales sirven de referencia para el propósito de este trabajo.

Desarrollo Social:

Proceso de realización de los derechos de la población mediante el cual se fomenta el mejoramiento integral de las condiciones y calidad de vida (Art. 3 fracción VI, LDS-DF).

Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Los Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconocidos universalmente son: derecho a un empleo y a un salario digno; derecho a la protección social; derecho a la protección y asistencia a la familia; el derecho a un nivel de vida adecuado (alimentación, vivienda, agua y vestido); derecho a la educación; derecho a la salud; derecho al acceso a la cultura; y medio ambiente saludable. Adicionalmente, aquéllos que marca la Ley de Desarrollo Social y su Reglamento: infraestructura social, economía popular, deporte, promoción de la equidad y cohesión e integración social. (Lineamientos para la Elaboración de las Reglas de Operación de los Programas Sociales para el Ejercicio 2015, GODF, 31 de octubre de 2014).

El concepto anterior es importante ya que los proyectos de programas sociales deben justificar su contribución de forma clara y directa a la materialización de los derechos económicos, sociales y culturales referidos, para considerar tal propuesta un programa social.

Política de Desarrollo Social

La que realiza el Gobierno del Distrito Federal y está destinada al conjunto de los habitantes del Distrito Federal con el propósito de construir una ciudad con igualdad, equidad, justicia social, reconocimiento de la diversidad, alta cohesión e integración social, pleno goce de los derechos, creciente elevación de la calidad de vida y acceso universal al conjunto de bienes y servicios públicos urbanos...

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