Manual General de Organización del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación

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Manual General de Organización del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación

Al margen un logotipo, que dice: Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.

MANUAL GENERAL DE ORGANIZACION DEL CONSEJO NACIONAL PARA PREVENIR LA DISCRIMINACION.

De conformidad al artículo 59, fracciones III y V de la Ley Federal de las Entidades Paraestatales; artículo 30, fracciones I y XI de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación; y artículos 25 fracciones I y XII y 45 fracción V del Estatuto Orgánico del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, se autoriza el presente Manual para su estricta observancia por parte de las áreas que integran el Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.

México, D.F., a 28 de noviembre de 2006.- El Presidente del CONAPRED, Gilberto Rincón Gallardo y Meltis.- Rúbrica.- El Director General Adjunto de Estudios, Legislación y Políticas Públicas, José López Villegas.- Rúbrica.- El Director General Adjunto de Vinculación, Programas Educativos y Divulgación, José Luis Gutiérrez Espíndola.- Rúbrica.- La Directora General Adjunta de Quejas y Reclamaciones, Vilma Ramírez Santiago.- Rúbrica.- El Director de Administración y Finanzas, José Luis Páez Caballero.- Rúbrica.- La Directora de Coordinación Territorial e Interinstitucional, María José Morales García.- Rúbrica.- El Director Jurídico, Planeación y Evaluación, David Alberto Maldonado Hernández.- Rúbrica.- El Contralor Interno en el CONAPRED, Raúl R. Medina Rodríguez.- Rúbrica.

I. INTRODUCCION

El Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación, ha elaborado el presente Manual General de Organización, con el propósito fundamental de constituirse en un instrumento de apoyo administrativo que coadyuve al logro eficaz y eficiente de los objetivos y metas institucionales, para que las y los titulares de cada una de las áreas -de dirección, sustantivas y de apoyo administrativo- así como el personal subordinado, conozcan el marco de actuación y de responsabilidades de sus respectivas áreas para el adecuado ejercicio de sus atribuciones y cumplimiento del objeto de la entidad.

Para facilitar la comprensión del documento se ha dividido en los siguientes capítulos: Los antecedentes históricos más notables del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación; El marco jurídico el cual fundamenta las funciones y la observancia de la normatividad; Los objetivos -general y específicos- del Consejo; Las atribuciones y facultades de los órganos que integran el Consejo; La estructura orgánica y su representación gráfica y los objetivos y funciones de cada área, desagregados hasta nivel de Jefatura de Departamento.

La revisión y/o actualización que amerite este documento dependerá de las modificaciones que, a nivel de la estructura, atribuciones o distribución de funciones, sean determinadas por la o el titular de la Presidencia del Consejo y aprobadas por la Junta de Gobierno, una vez autorizadas por las dependencias globalizadoras correspondientes.

II. ANTECEDENTES HISTORICOS

EL 27 de marzo de 2001 se instaló la Comisión Ciudadana de Estudios Contra la Discriminación, encabezada por Gilberto Rincón Gallardo y Meltis e integrada por 161 personas (comisionados y comisionadas). La Comisión fungió como un órgano democrático y plural con el objeto de promover los cambios legales e institucionales necesarios para combatir la discriminación en México. En ella participaron las y los líderes de los partidos políticos mayores del país, miembros del Ejecutivo Federal, del Legislativo Federal y de la Asamblea Legislativa del Distrito Federal, las y los dirigentes e integrantes de comisiones de derechos humanos oficiales, miembros de organizaciones civiles encaminadas contra la discriminación, integrantes de instituciones académicas y otras u otros especialistas.

La Comisión Ciudadana de Estudios contra la Discriminación se dividió en seis subcomisiones:

• De análisis comparado con la legislación internacional.

• Revisora de los acuerdos presidenciales.

• Para la exposición de motivos.

• Para la elaboración de iniciativa de reforma constitucional y el proyecto de ley.

• Para elaborar el proyecto del Consejo Nacional Contra la Discriminación.

• Para elaborar el proyecto de reformas legales que adecuen la norma nacional a la propuesta de ley reglamentaria.

Producto de los trabajos de la Comisión Ciudadana de Estudios contra la Discriminación fue el informe general denominado “La Discriminación en México: por Una Nueva Cultura de la Igualdad” y el “anteproyecto de Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación”.

El 14 de agosto de 2001 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el decreto de reforma a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que, entre otros aspectos, adicionó al Artículo 1o., la siguiente garantía:

“Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las capacidades diferentes, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias, el estado civil o cualquier otra que at...

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