Manual de Organización General de la Secretaría de Salud

Legislación Federal Actualizada › Federal

Enlazado como:

Extracto


Manual de Organización General de la Secretaría de Salud

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.

JULIO JOSE FRENK MORA, Secretario de Salud, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 19 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 7o. fracciones XIV del Reglamento Interior de esta Secretaría, he tenido a bien expedir el siguiente:

MANUAL DE ORGANIZACION GENERAL DE LA SECRETARIA DE SALUD

I. INTRODUCCION

Con fundamento en el artículo 7 del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud publicado en el D.O.F. el 19 de enero de 2004, se elabora el presente Manual de Organización General, cuya estructura orgánica atiende a las líneas de acción marcadas en el Plan Nacional de Desarrollo 2001-2006, así como a su programa sectorial y su vinculación con otros programas sectoriales.

El presente Manual contiene información en forma sistematizada que comprende los antecedentes más relevantes en la historia orgánico-funcional de la Secretaría de Salud, su marco jurídico, las atribuciones conferidas por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y el Reglamento Interior vigente de esta dependencia, la fe de erratas del 28 de enero de 2004 y el Acuerdo de Adscripción publicado en el D.O.F. el 3 de febrero de 2004, su estructura orgánica y las funciones de cada una de las unidades administrativas y órganos desconcentrados que la integran.

II. ANTECEDENTES HISTORICOS

La reseña de los eventos más importantes que han ocurrido en la evolución histórica de los servicios de salud en nuestro país, puede resumirse en cinco grandes etapas que ofrecen evidentes contrastes.

En una primera etapa se pueden incluir los acontecimientos ocurridos desde la época de la Independencia hasta antes de la promulgación de la Constitución de 1917.

Durante el siglo pasado e inicios del actual, no se concebía aún un sistema público de prestación de servicios de salud, toda vez que el gobierno de la República se limitó a llevar a cabo acciones de control epidemiológico, fundamentalmente en puertos y fronteras. La asistencia social se manifestaba en acciones aisladas que prestaban las organizaciones eclesiásticas, las instituciones de beneficencia privada y los particulares, de manera desarticulada y casuística. Posteriormente, la desamortización de los bienes del clero dio lugar a que las instituciones de asistencia en el Distrito Federal quedaran bajo el control del gobierno federal, con ello, la autoridad ejercía la vigilancia de los establecimientos asistenciales administrados por el ayuntamiento, a través de la Secretaría de Gobernación.

En 1846 se creó el Consejo Superior de Salubridad, el cual en 1872 fue transformado. Poco después se crearon Juntas de Salubridad en cada uno de los estados, así como Juntas de Sanidad en los Puertos.

El primer Código Sanitario se expidió en 1894, el cual concedió facultades al Ejecutivo Federal sobre puertos, fronteras y asuntos migratorios. En 1899 entró en vigor la Ley de Beneficencia Privada para el Distrito Federal y Territorios Federales, la cual establecía una Junta para promover y vigilar los establecimientos.

Sin embargo, cabe destacar que, en la segunda mitad del siglo pasado, el estado no asumió la responsabilidad de prestar atención médica conforme a un criterio de universalidad. Las acciones efectuadas de prevención y restauración de la salud, en su mayoría, se constituían en expresión de algunos grupos y sistemas sociales preocupados por el bienestar de ciertos núcleos de población desprotegidos.

La segunda etapa se inició con la publicación de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el 5 de febrero de 1917 cuyo artículo 73 previó la creación del Departamento de Salubridad y del Consejo de Salubridad General, y concluyó en 1982 en donde dicho ordenamiento establece las bases fundamentales de la seguridad social de los trabajadores.

En 1934 entró en vigor la Ley de Coordinación y Cooperación de Servicios de Salubridad, que previno la celebración de convenios entre el Departamento de Salubridad y los Gobiernos de los Estados para que se crearan los Servicios Coordinados de Salud Pública, órganos regionales de competencia coordinada y concurrente, para así sumar los esfuerzos de los niveles de gobierno y lograr la unificación técnica de los servicios.

En 1937 se creó la Secretaría de Asistencia, la cual, en 1943, se fusionó con el Departamento de Salubridad para constituir la Secretaría de Salubridad y Asistencia.

En 1947 se publicó la Ley de Secretarías y Departamentos, la cual otorgó a la Secretaría de Salubridad y Asistencia facultades para organizar, administrar, dirigir y controlar la prestación de servicios de salud; la asistencia y la beneficencia pública. Ese mismo año, se confió a la Secretaría de Salubridad y Asistencia la administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública.

En 1954 se creó la Comisión Nacional de Hospitales. Por decreto se encomendó, a la Secretaría de Salubridad y Asistencia, la tarea de ori...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




Documentos citados




Ver Otros Documentos que Citan la Misma Legislación

ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex México

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía