Aviso por el cual se da a conocer el Manual Administrativo de la Dirección General del Registro Civil Del Distrito Federal con número de Registro MA-101-153/01

CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES

DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL

LIC. HEGEL CORTÉS MIRANDA, Director General del Registro Civil; con fundamento en el artículo 16, fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 18 y Noveno Transitorio del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, y de conformidad con el Dictamen 153/2001, emitido por la Coordinación General de Modernización Administrativa de la Oficialía Mayor, emito el siguiente:

AVISO POR EL CUAL SE DA A CONOCER EL MANUAL ADMINISTRATIVO DE

LA DIRECCIÓN GENERAL DEL REGISTRO CIVIL DEL DISTRITO FEDERAL CON NÚMERO DE REGISTRO MA-101-153/01

ÍNDICE

  1. PRESENTACIÓN

  2. ANTECEDENTES

  3. MARCO JURÍDICO-ADMINISTRATIVO

  4. OBJETIVO GENERAL

  5. ESTRUCTURA ORGÁNICA

    VI ATRIBUCIONES

  6. FUNCIONES

    Dirección General del Registro Civil

    Subdirección Jurídica

    Jefatura de Unidad Departamental de Juzgado Central

    Jefatura de Unidad Departamental de Supervisión

    Jefatura de Unidad Departamental de Sentencias y Amparos

    Jefatura de Unidad Departamental de Aclaración de Actas

    Subdirección de Servicios al Público

  7. ORGANIGRAMA

  8. PROCEDIMIENTOS

    Dirección General del Registro Civil

    Programas Especiales

    1. Expedición de Copias Certificadas de Actas del estado civil de las personas que las diferentes Entidades Federativas solicitan a la Oficina Central del Registro Civil del D F.

    2. Expedición de Copias Certificadas de Actas del Estado Civil de las personas, que los habitantes del Distrito Federal solicitan por medio de la Oficina Central del Registro Civil a las diferentes Entidades Federativas de la República.

    3. Coordinación de Campañas.

      Centro de Atención Telefónica

    4. Asistencia en línea

    5. Asistencia por Chat

      Subdirección Jurídica

      Jurídico Contencioso

    6. Procedimientos en los que la Dirección General del Registro Civil haya sido notificada o emplazada a Juicio.

      Jefatura de Unidad Departamental de Juzgado Central

    7. Registro de Nacimiento

    8. Registro de Nacimiento por Reconocimiento

    9. Registro de Nacimiento por Adopción

    10. Registro de Nacimiento reasignación Sexo-Genérica

    11. Registro de Acta de Matrimonio

    12. Divorcio Administrativo

    13. Inscripción de Actos o Hechos del Estado Civil de los Mexicanos realizados en el Extranjero

    14. Registro de Acta de Defunción

    15. Inserción de Defunción

    16. Juzgados Móviles

      Jefatura de Unidad Departamental de Supervisión a Juzgados

    17. Entrega de Formas Valoradas

    18. Supervisión y Validación

    19. Reposición de Actas del Estado Civil

    20. Revisión de Actas del Estado Civil de las Personas

      Jefatura de Unidad Departamental de Sentencias y Amparos

    21. Inscripción de Resoluciones Judiciales

    22. Inscripción de Resoluciones Administrativas

    23. Inscripción por derecho de petición.

    24. Inscripción de Ejecutorias.

    25. Tramitación de Juicio de Amparo.

    26. Inscripciones en el Registro de Alimentarios Morosos

      Jefatura de Unidad Departamental de Aclaración de Actas

    27. Aclaración de Actas del Estado Civil de las Personas.

      Subdirección de Servicios al Público

    28. Operación de Caja Ventanilla en OC

    29. Operación de Caja Ventanilla en Juzgados

    30. Supervisión de Caja Ventanilla en Juzgados

    31. Solicitud de Libros en préstamo al Archivo Judicial

    32. Entrega Recepción de Papel Valorado de la oficina de Bóveda al personal autorizado.

    33. Validación de Actas mediante Cotejos.

    34. Desahogo de Peritajes que solicitan diversas instituciones.

    35. Expedición de Copias Certificadas de Actas del Estado Civil de las Personas.

    36. Expedición de Copias Certificadas de Actas del Estado Civil de las Personas, vía internet.

    37. Expedición de Constancias de Inexistencia de Registro de Nacimiento.

    38. Expedición de Antecedentes Regístrales de Matrimonio.

    39. Expedición de Certificados de Deudores Alimentarios Morosos.

    40. Constancia de Registro Extemporáneo.

    41. Búsqueda de Datos Registrales del Estado Civil.

    42. Corrección de extractos.

    43. Organización de archivos.

    44. Restauración.

      I. PRESENTACIÓN

      El Registro Civil es una institución de orden público e interés social, encargada de hacer constar y autorizar los Actos del Estado Civil de las Personas; así como extender las Actas relativas a Nacimiento, Reconocimiento de Hijos, Adopción, Matrimonio, Divorcio Administrativo, y Muerte de los mexicanos y extranjeros en el Distrito Federal, al realizarse el hecho o acto de que se trate, así como inscribir las Ejecutorias que declaren la ausencia, la presunción de muerte, el Divorcio Judicial, la Tutela o que se ha perdido o limitado la capacidad legal para administrar bienes y las sentencias que ordenen el levantamiento de una nueva Acta por la Reasignación para la concordancia sexo2013genérica; así como tener a su cargo el Registro de Deudores Alimentarios Morosos del Distrito Federal, en el que se inscribirá a las personas que hayan dejado de cumplir por más de noventa días, sus obligaciones alimentarias, ordenadas por los jueces y tribunales o establecidas por convenio judicial. El registro expedirá un Certificado que informe si un deudor alimentario se encuentra inscrito en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, por lo que podemos entender la importancia del mismo en la vida de cualquier persona que siendo mexicano o no, realice Actos o Hechos Jurídicos en el Distrito Federal.

      Esta Institución realiza y otorga uno de los servicios públicos de carácter jurídico más importante entre los que realizan diferentes Instituciones Gubernamentales, toda vez que el Estado se encuentra obligado a otorgar certeza jurídica en cada uno de los documentos que se expiden, y que acreditan el Estado Civil de las Personas a lo largo de su vida, así como de las modificaciones que éste tenga.

      La función registral y de custodia que desempeña el Registro Civil, es de alta estima e importancia en razón de que proporciona a las personas constancia de cada uno de sus actos civiles facilitando el ejercicio de sus derechos y cumplimiento de sus obligaciones.

      El Archivo de esta Institución cuenta con un acervo que data de 1861 y el cual consta de aproximadamente 350,000 libros, incrementándose éste día a día, conservando distintos documentos de suma importancia para la historia de la Ciudad de México.

      Es por ello que el presente Manual es de fundamental importancia, ya que éste será el instrumento a través del cual se garantice la legalidad de cada uno de los actos que autoriza el Registro Civil, brindando con esto seguridad jurídica y agilidad administrativa, a cada uno de los prestadores del servicio registral, así como al usuario que demanda un trámite.

      II. ANTECEDENTES

      En México, los primeros indicios sobre el reconocimiento del parentesco por sangre y por afinidad se dan frente a autoridades que al mismo tiempo tenían carácter de religioso y estatal en las Instituciones prehispánicas. Por su parte, los mayas, expidieron disposiciones relativas al estado civil de las personas, a las herencias, al matrimonio e incluso sobre contratos.

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      Con la Conquista, se impusieron usos y costumbres del viejo continente, y las partidas parroquiales constituyen el antecedente inmediato del registro del estado civil de las Personas.

      El bautismo, fundó el establecimiento de los libros parroquiales, los cuales también contenían las ceremonias de conversión de indígenas a la religión católica. Dentro de estos libros eclesiásticos, en donde se anotaban los bautizos de los infantes, se permitió también la anotación de niños indígenas, haciendo alusión a la casta a la que pertenecían, mencionándose la condición de indios, mulatos, mestizos, coyotes, calpan-mulato, lobo, saltapatrás, cambujo, alfarrazado, zambo-prieto, etc., con el objeto de señalar las diversas categorías sociales.

      Los elementos contenidos en las partidas parroquiales eran los esenciales, es decir, la fecha de inscripción, el día en que tuvo efecto el acto que se inscribía, los datos generales de los solicitantes o interesados, el domicilio o vecindad, el nombre y ocupación de quienes fungían como testigos y la firma del párroco.

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      Ni en el movimiento independentista, ni dentro de las primeras Constituciones Políticas como la de Cádiz y la de 1824, se encuentran disposiciones relativas acerca del registro del estado civil de las personas.

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      Es en el año de 1829 en el estado de Oaxaca, donde se expide el Código Civil del Estado que es del primero que se tienen antecedentes y que regulaba los nacimientos, matrimonios y muertes, con él, se otorga a la iglesia católica la facultad de reconocer el estado civil de las personas nacidas en territorio Oaxaqueño.

      Con fecha 27 de octubre del año 1851, se presentó un proyecto de Registro Civil, el cual tenía como objeto el reconocimiento de las partidas eclesiásticas y estuvo a cargo del señor Cosme Varela.

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      Por la ley del 27 de enero de 1857 durante el Gobierno de Ignacio Comonfort, quien expide la Ley Orgánica del Registro Civil, se modifican los registros parroquiales disponibles y se busca crear y organizar un Registro Civil basados en ellos, ordenándose el establecimiento de oficinas en toda la República y la obligación de los habitantes de inscribirse.

      Con la promulgación de la Constitución de 1857 se establece la separación del Estado y la Iglesia, lo que modifica la Ley expedida por Ignacio Comonfort y la hace inaplicable.

      Para el 28 de julio de 1859, en Veracruz, a cargo del Presidente Benito Juárez, se expiden las Leyes de Reforma, y con ellas, el establecimiento formal en México del Registro Civil y su nueva Ley Orgánica.

      Así mismo, el 28 de julio de ese mismo año, fue promulgada la Ley sobre el Estado Civil de las Personas.

      En el Distrito Federal la función registral se instituyó en 1861, cuando Manuel Blanco, Gobernador de la capital, puso en vigencia las Leyes de Reforma y con fecha 11 de abril...

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