Manual General de Organización de la Secretaría del Medio Ambiente.

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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
MANUAL GENERAL DE ORGANIZACIÓN DE LA
SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
ÍNDICE
Presentación
I. Antecedentes
II. Base Legal
III. Atribuciones
IV. Objetivo General
V. Estructura Orgánica
VI. Organigrama
VII. Objetivo y Funciones por Unidad Administrativa
Secretaría del Medio Ambiente
Consejo Consultivo de Protección a la Biodiversidad y Desarrollo Sostenible del Estado de México
Secretaría Particular
Unidad de Información, Planeación, Programación y Evaluación
Unidad de Informática
Subdirección de Planeación
Subdirección de Evaluación
Coordinación Administrativa
Unidad de Modernización Administrativa
Subdirección de Recursos Financieros
Departamento de Recursos Financieros
Departamento de Control Presupuestal
Departamento de Seguimiento y Registro Contable de Recursos Concertados
Departamento de Control de Inversión
Subdirección de Administración
Departamento de Personal
Departamento de Recursos Materiales
Coordinación Jurídica
Departamento de Estudios y Asesoría Jurídica
Departamento de Normatividad
Contraloría Interna
Dirección General de Prevención y Control de la Contaminación Atmosférica
Coordinación del Programa Aire Limpio del Valle de Toluca
Delegación Administrativa
Departamento de Monitoreo Atmosférico
Dirección de Control de Emisiones a la Atmósfera
Subdirección de Autorizaciones y Control de Emisiones a la Atmósfera
Departamento de Supervisión a Fuentes Móviles y Fijas
Departamento de Control de Fuentes Fijas
Dirección General de Manejo Integral de Residuos
Delegación Administrativa
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Subdirección de Prevención y Control de la Contaminación del Agua
Departamento de Aguas Residuales Industriales
Departamento de Aguas Residuales Municipales
Subdirección de Prevención y Control de la Contaminación del Suelo y Residuos
Departamento de Prevención y Control de la Contaminación del Suelo
Departamento de Sistemas de Manejo de Residuos Sólidos
Dirección General de Ordenamiento e Impacto Ambiental
Delegación Administrativa
Dirección de Evaluación e Impacto Ambiental
Departamento de Dictaminación Ambiental
Departamento de Análisis de Riesgo Ambiental
Dirección de Ordenamiento Ecológico
Departamento de Ordenamiento Regional
Departamento de Ordenamiento Local
Departamento de Geomática
Dirección de Concertación y Participación Ciudadana
Departamento de Educación y Difusión de la Cultura Ambiental
Departamento de Vinculación Institucional
Departamento de Participación Ciudadana
VIII. Directorio
IX. Validación
X. Hoja de Actualización
PRESENTACIÓN
La sociedad mexiquense exige de su gobierno cercanía y responsabilidad para lograr, con hechos, obras y acciones, mejores
condiciones de vida y constante prosperidad.
Por ello, se impulsa la const rucción de un gobierno eficiente y de resu ltados, cuya premisa fundamental es la generación de
acuerdos y consensos para la solución de las demandas sociales.
El buen gobierno se sustenta en una administración pública más eficiente en el uso de sus recursos y más eficaz en el logro de sus
propósitos. La ciudadanía es el factor principal de su atención y la solución de los problemas públicos su prioridad.
En este contexto, la Administración Pública Estatal transita a un nuevo modelo de gestión, orientado a la generación de resultados
de valor para la ciudadanía. Este modelo pro pugna por garantizar la estabilidad de las instituciones que han demostrado su
eficacia, pero también por el cambio de aquellas que es necesario modernizar.
La solidez y el buen desempeño de las instituciones gubernamentales tienen como base las mejores prácticas administrativas
emanadas de la permanente revisión y actualización de las estructuras organizacionales, de los sistemas de trabajo, de los trámites
y servicios que contemplen la desregulación y simplificación de controles preventivos eficientes, del diseño e instrumentación de
proyectos de innovación y del establecimiento de sistemas de gestión de calidad.
El presente Manual General de Organización documenta la acción organizada para dar cumplimiento a la misión de la Secretaría
del Medio Ambiente. La estructura organizativa, la división del trabajo, los mecanis mos de coordinación y comunicación, las
funciones y actividades encomendadas, el nivel de centralización o descentralización, los procesos clave de la organización y los
resultados que se obtienen, son algunos de los aspectos que delinean la gestión administrativa de esta dependencia del Ejecutivo
Estatal.
Este documento contribuye en la planificación, conocimiento, aprendizaje y evaluación de la acción administrativa. El reto
impostergable es la transformación de la cultura hacia nuevos esquemas de responsabilidad, transparencia, organización, liderazgo
y productividad.
I. ANTECEDENTES
La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, aprobada por el Congreso de la Unión en 1987, estableció
líneas generales para lograr la coordinación interinstitucional de los tres ámbitos de gobierno en materia ecológica.
En este sentido, en el Estado de México fue necesario crear un organismo público para lograr la coordinación de los esfuerzos de l a
Administración Pública Estatal y Federal, orientados a la solución de los problemas ambientales a través de la concertación de
acciones con los sectores social y privado. De esta manera, el 18 de febrero de 1988, mediante Acuerdo del Ejecutivo se creó la
Comisión Estatal de Ecología, como un órgano desconcentrado dependiente del Poder Ejecutivo.
En el año de 1991, la Legislatura Local aprobó la Ley de Protección al Ambiente para el Desarrollo Sustentable del Estado de
México, con el objeto de establecer las normas de protección y restauración del ambiente, así como la conservación y
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aprovechamiento racional de los recursos naturales, señalando en su artículo 8°, que la Ley Orgánica de la Administración Pública
del Estado de México determinaría el órgano a través del cual el Ejecutivo Estatal ejercería las atribuciones de ese ordenamiento.
Con la finalidad de fortalecer al subsector ecología, que en ese momento estaba adscrito a la Secretaría de Desarrollo Urbano y
Obras Públicas, el 24 de diciembre de 1991 se creó la Secretaría de Ecología, como una dependencia encargada de la formulación,
ejecución y evaluación de la política estatal en materia ambiental.
A partir de 1995, la Secretaría de Ecología ha sido sujeta a diversos procesos de reestructuración, entre los que destaca el
realizado en el año 2000, derivado del cual se reorientaron las funciones de las unidades administrativas sustantivas y se fortaleció
la desconcentración territorial de esta dependencia.
Posteriormente, en el año 2001 destaca la creación de la Subsecretaría de Prevención y Control de la Contaminación, con la
finalidad de agrupar bajo una sola línea de mando, funciones afines y complementarias.
En mayo de 2004 nuevamente se modifica la estructura de organización de es ta dependencia, derivado de la revisión de sus
programas, lo que permitió contar con una estructura de org anización con instancias de decisión más cercanas a los niveles
operativos.
Con la finalidad de fortal ecer y precisar la conservación y protección del ambiente en la entidad, así como de promover el
crecimiento ordenado de los centros de población en armonía con el medio ambiente para alcanzar el crecimiento económico y
niveles de vida sustentables para la población por medio del manejo racional del patri monio estatal, el 23 de agosto de 2005, a
través del Decreto número 156, la Secretaría de Ecología cambia su denominación a Secretaría del Medio Ambiente.
El 22 de septiembre de 2006 se publicó en el periódico oficial “Gaceta del Gobier no” el Reglamento Interior de la Secretaría del
Medio Ambiente, a fin de otorgarle atribuciones para fomentar la creación y desarrollo de un mercado de derechos de uso del medio
ambiente, así como para impulsar la inversión de agentes productivos en proyectos de recuperación ambiental.
En enero de 2006, derivado de la reestructuración de la Secretaría se crea la Subsecretaría del Medio Ambiente, como una unid ad
administrativa encargada de promover, coordinar y dar seguimiento a los programas y acciones relacionadas con la prevención y
control de la contaminación, el ordenamiento e impacto ambiental y la concertación y participación ciudadana.
Por ello, el 19 de junio de 2007 se publicó en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” el Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el
que se Reforma y Adiciona el Reglamento Interior de la Secretaría del Medio Ambiente en donde se establecen las atribuciones de
la Subsecretaría del Medio Ambiente.
Posteriormente, el 3 de mayo de 2006 se publicó en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” el Código para la Biodiversidad del
Estado de México, que en su Capítulo VI, crea al Consejo Consultivo de Protección a la Biodiversidad y Desarrollo Sostenible del
Estado de México, como un órgano técnico permanente de consulta, orienta ción, concertación social y asesoría del Poder Ejecutivo
del Estado y de los Ayuntamientos.
Derivado de lo anterior, en julio de 2010 se autorizó una nueva estructura de organización para la Secretaría del Medio Ambiente
conformada por 53 unidades administrativas (una Secretaría, una Subsecretaría, ocho direcciones generales, cinco direcciones de
área, 11 Subdirecciones y 27 departamentos).
En octubre de 2013, la Secretaría del Medio Ambiente solicitó una reestructuración administrativa, la cual consistió en l a eliminación
de la Subsecretaría del Medio Ambiente, a fin de que el titular de la citada dependencia acortara el tramo de control que exi stía con
las unidades responsables de la atención de las funciones sustantivas, así como mejorar la toma de decisiones y fortalecer la
comunicación y coordinación directa con las direcciones generales bajo su adscripción.
Derivado de lo anterior, la Secretaría de Finanzas autorizó en febrero de 2014 la estructura de organización para la Secretaría del
Medio Ambiente, la cual quedó conformada por 52 unidades administrativas (una Secretaría, ocho direcciones generales, cinco
direcciones de área, 11 subdirecciones y 27 departamentos).
Cabe destacar que el 19 de diciembre de 2013 se publicó en el periódico oficial “Gaceta del Gobierno” la Ley de Cambio Climático
del Estado de México que tiene por objeto establecer las disposiciones para lograr la adaptación al cambio climático, así como la
mitigación de las emisiones de gases de efecto invernadero.
Esta Ley creó al Instituto Estatal de Energía y Cambio Climático como un organismo público descentralizado, con personalidad
jurídica y patrimonio propios, sectorizado a la Secretaría del Medio Ambiente, el cual tiene por objeto promover el fortalecimiento de
capacidades institucionales y sectoriales para enfrentar el cambio climático, mediante el desarrollo de investigación científica y
tecnológica en materia de cambio climático, eficiencia energética y energías renovables, en el ámbito de competencia estatal.
Derivado de lo anterior, la Secretaría del Medio Ambiente se reestructuró en 2014 eliminando de su organigrama a la Comisión
Ambiental Metropolitana, a la Coordinación de Estudios y Proyectos Especiales, a la Subdirección Técnica y al Departamento de
Diagnóstico, toda vez que estas áreas se vinculaban directamente con el objeto del Instituto Estatal de Energía y Cambio Climático.
En abril del 2015, la Secretaría del Medio Ambiente solicita el cambio de denominación de la Dirección General de Prevención y
Control de la Contaminación del Agua, Suelo y Residuos por Dirección General de Manejo Integral de Residuos con la finalidad de
que esta nomenclatura refleje de mejor manera el conjunto de funciones que tiene asignadas en materia de prevención y control de
la contaminación de aguas residuales industriales, de aguas residuales municipales, del suelo y del manejo integral de residuos.
En este contexto, y considerando que actualmente la Dirección General de Prevención y Control de la Contaminación del Agua,
Suelo y Residuos tiene como función principal el desarrollo de las actividades de reducción, separación, reutilización, reciclaje, co-
procesamiento, tratamiento biológico, químico, físico o término, acopio, almacenamiento, transporte y disposición final de re siduos
sólidos, semisólidos o líquidos, industriales, municipales y urbanos, que contienen el agua y suelo del territorio estatal, la Secretaría
de Finanzas consideró procedente modificar su denominación a Dirección General de Manejo Integral de Residuos y cambiar

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