Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se expide el Reglamento para la Liquidación y Destino de los Bienes de los Partidos Políticos Nacionales que pierdan o les sea cancelado su Registro ante el Instituto Federal Electoral

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Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se expide el Reglamento para la Liquidación y Destino de los Bienes de los Partidos Políticos Nacionales que pierdan o les sea cancelado su Registro ante el Instituto Federal Electoral

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Instituto Federal Electoral.- Consejo General.- CG315/2008.

Acuerdo del Consejo General del Instituto Federal Electoral por el que se expide el Reglamento para la Liquidación y Destino de los Bienes de los Partidos Políticos Nacionales que pierdan o les sea cancelado su Registro ante el Instituto Federal Electoral

Antecedentes

I. El trece de noviembre de dos mil siete, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que reforma los artículos 6o., 41, 85, 99, 108, 116 y 122; adiciona el artículo 134 y deroga un párrafo al artículo 97 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Dicha reforma entró en vigor al día siguiente de su publicación, de acuerdo con lo señalado en el artículo Primero Transitorio.

II. El catorce de enero de dos mil ocho, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se expide el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, el cual abroga el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales publicado en el Diario Oficial de la Federación el quince de agosto de mil novecientos noventa, de acuerdo con el artículo Tercero Transitorio, así como sus reformas y adiciones, dicho Decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación, conforme a lo señalado en el artículo Primero Transitorio del mismo.

Considerando

1. Que el artículo 41, base I, párrafos primero y segundo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que los partidos políticos son entidades de interés público, y que tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de la representación Nacional y como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público, de acuerdo con los programas, principios e ideas que postulan y mediante el sufragio universal, libre, secreto y directo.

2. Que el artículo 41 constitucional, base II, párrafos primero y segundo dispone que la ley garantizará que los partidos políticos nacionales cuenten de manera equitativa con los elementos para llevar a cabo sus actividades, y señalará las reglas a que se sujetará el financiamiento de los partidos políticos y sus campañas electorales, debiendo garantizar que los recursos públicos prevalezcan sobre los de origen privado. Asimismo, señala que el financiamiento público para los partidos políticos que mantengan su registro después de cada elección, se compondrá de las ministraciones destinadas al sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes y las tendientes a la obtención del voto durante los procesos electorales y las de carácter específico.

3. Que en la misma base II del citado artículo 41, en su último párrafo, señala que la ley establecerá el procedimiento para la liquidación de las obligaciones de los partidos políticos que pierdan su registro y los supuestos en los que sus bienes y remanentes serán adjudicados a la Federación.

4. Que el mismo artículo 41 constitucional, base V, párrafos segundo y noveno establece que el Consejo General es el órgano superior de dirección del Instituto Federal Electoral y que dicho Instituto será autoridad en la materia, teniendo a su cargo en forma integral y directa, las actividades relativas a los derechos y prerrogativas de las agrupaciones y de los partidos políticos, además de las que le determine la ley.

5. Que el artículo 1, párrafo 2, inciso b) del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que dicho Código regula las normas constitucionales relativas a la organización, función y prerrogativas de los partidos políticos.

6. Que el artículo 3, párrafo 1 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales señala que la aplicación de las normas en él contenidas corresponde al Instituto Federal Electoral, dentro de su ámbito de competencia.

7. Que el artículo 3, párrafo 2 del Código Federal d...

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