Ley de la universidad autonoma de Guerrero num. 343
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Ley de la universidad autonoma de Guerrero num. 343
LEY DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE GUERRERO NUMERO 343
TEXTO ORIGINAL.Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Guerrero, el martes 28 de agosto de 2001.RENE JUAREZ CISNEROS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guerrero, a sus habitantes, sabedQue el H. Congreso Local, se ha servido comunicarme que,LA QUINCUAGESIMA SEXTA LEGISLATURA DEL HONORABLE CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRESENTA, YC O N S I D E R A N D OQue el mejor homenaje que los guerrerenses podemos y debemos rendir a Don Juan Alvarez Hurtado, fundador de nuestra Entidad Federativa y precursor de la educación superior en el Estado, es velar permanentemente para que ambas jamás se aparten de los caminos del progreso, libertad, justicia y modernidad por los que tanto luchara nuestro prócer.Que el proceso histórico de la educación superior en el Estado de Guerrero, se inicia con el Decreto de la creación del Instituto Literario del Estado, promulgado en junio 1851: "Al que se le asignan no sólo las tareas de instrucción pública en todas las ramas, sino la inspección de la educación de todos los establecimientos análogos que existan en el Estado" y con fecha 5 de junio de 1852, mediante Decreto número 36, se crea el "Instituto Literario de Alvarez".Que el 19 de mayo de 1885, se crea mediante Decreto el Colegio del Estado, en el que se incluyó la preparatoria, las carreras de Abogado, Ingeniero Topógrafo e Ingeniero de Minas. El Reglamento Interior del Colegio del Estado, del 19 de marzo de 1945, estableció en su artículo 2o., que "El Colegio del Estado es una dependencia de Gobierno de esta misma Entidad, cuya dirección y administración estarán a cargo del Consejo Directivo de profesores y alumnos". El 12 de diciembre de 1950 se reformó el artículo 10 de la Ley de Educación Pública del Estado número 147, para quedar en los siguientes términos: "artículo 10, la educación profesional será de carácter universal y merecerá la protección más amplia en sus funciones y desarrollo".Que la UNIVERSIDAD DE GUERRERO, nace mediante el Decreto número 2 promulgado el 30 de marzo de 1960, en su artículo UNICO, estableció: "Se crea La Universidad de Guerrero, que será una Institución encargada de impartir en el Estado la educación superior en todos los órdenes de la ciencia, de la técnica y de la cultura y que funcionará conforme a las bases de la Ley Orgánica respectiva". En este mismo año, el 22 de junio, fue aprobada por la XLIII Legislatura del Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Guerrero la Ley Orgánica de la Universidad de Guerrero.Que el día 21 de septiembre de 1963 se publica en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Guerrero la LEY ORGANICA NUMERO 24 DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE GUERRERO. Ocho años más tarde, el 24 de noviembre de 1971, se publica la LEY ORGANICA DE LA UNIVERSIDAD AUTONOMA DE GUERRERO NUMERO 97.Que estos valiosos antecedentes históricos permiten a los universitarios del Siglo XXI, observar que en el Estado de Guerrero la educación y en especial la universitaria, constituye un factor estrat...Ver el contenido completo de este documento
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