Ley de residuos solidos del Estado de Colima

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Ley de residuos solidos del Estado de Colima

LEY DE RESIDUOS SOLIDOS DEL ESTADO DE COLIMA

TEXTO ORIGINAL.

Ley publicada en el Suplemento al Periódico Oficial del Estado de Colima, el sábado 8 de abril de 2006.

DECRETO No. 333

POR EL QUE SE APRUEBA LA LEY DE RESIDUOS SÓLIDOS DEL ESTADO DE COLIMA.

LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente

DECRETO

DECRETO No. 333

ARTÍCULO ÚNICO.- Se aprueba la Ley de Residuos Sólidos del Estado de Colima para quedar como sigue:

LEY DE LOS RESIDUOS SÓLIDOS DEL ESTADO DE COLIMA

TITULO PRIMERO

DE LAS DISPOSICIONES GENERALES

CAPÍTULO ÚNICO

DEL OBJETO DE (SIC) LEY

La presente Ley es de observancia en el Estado de Colima, sus disposiciones son de orden público e interés social, y tiene por objeto regular la gestión integral de los residuos sólidos considerados como no peligrosos, así como la prestación del servicio público de limpia.

Son de aplicación supletoria las disposiciones y conceptos contenidos en otras Leyes Federales y del Estado de Colima, Reglamentos, Normas Oficiales técnicas y demás ordenamientos jurídicos relacionados con las materias que regula la presente Ley.

Para los efectos de la presente Ley se entiende por:

I. Acopio: La acción tendiente a reunir residuos sólidos en un lugar determinado y apropiado para su recolección, tratamiento o disposición final;

II. Almacenamiento: El depósito temporal de los residuos sólidos en contenedores previos a su recolección, tratamiento y disposición final;

III. Almacenamiento selectivo o separado: La acción de depositar los residuos sólidos en los contenedores diferenciados;

IV. Ayuntamientos: Los órganos políticos administrativos de cada demarcación territorial en las que se divide el Estado de Colima;

V. Aprovechamiento de valor o valorización: El conjunto de acciones cuyo objetivo es mantener a los materiales que lo constituyen en los ciclos económicos o comerciales, mediante su reutilización, remanufactura, rediseño, reprocesamiento, reciclado y recuperación de materiales secundarios con lo cual no se pierde su valor económico;

VI. Biogás: El conjunto de gases generados por la descomposición microbiológica de la materia orgánica;

VII. Composta: El producto resultante del proceso de composteo;

VIII. Composteo: El proceso de descomposición aeróbia de la materia orgánica mediante la acción de microorganismos específicos;

IX. Contenedor: El recipiente destinado al depósito temporal de los residuos sólidos;

X. Criterios: Los lineamientos obligatorios contenidos en la presente Ley para orientar las acciones de gestión integral de los residuos sólidos, que tendrán el carácter de instrumentos de política ambiental;

XI. Disposición final: La acción de depositar o confinar permanentemente residuos sólidos en sitios o instalaciones cuya (sic) características permitan prevenir afectaciones a la salud de la población y a los ecosistemas y sus elementos;

XII. Estaciones de transferencias: Las instalaciones para el trasbordo de los residuos de los vehículos de recolección a los vehículos de transferencia;

XIII. Generación: La acción de producir residuos sólidos a través de procesos productivos o de consumo;

XIV. Generadores de alto volumen: Las...

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