Ley que crea el instituto de cultura de Yucatan.

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Ley que crea el instituto de cultura de Yucatan.

LEY QUE CREA EL INSTITUTO DE CULTURA DE YUCATAN

ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL: 13 DE NOVIEMBRE DE 1989.

Ley Publicada en el Suplemento al Diario Oficial el Miércoles 30 de septiembre de 1987.

GOBIERNO DEL ESTADO

DECRETO NUM. 461

Ciudadano Víctor M. Cervera Pacheco, Gobernador Constitucional Interino del Estado Libre y Soberano de Yucatán, a sus Habitantes hago saber:

Que el "L" Congreso Constitucional del Estado Libre y Soberano de Yucatán, DECRETA:

LEY QUE CREA EL INSTITUTO DE CULTURA DE YUCATAN.

CAPITULO I

DISPOSICIONES GENERALES

(F. DE E., D.O. 9 DE OCTUBRE DE 1987)

ARTICULO 1

Se crea un organismo público estatal, descentralizado, autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propios denominado "Instituto de Cultura de Yucatán", que en el curso de esta Ley, se designará "El Instituto" con domicilio en la ciudad de Mérida.

Se declara de interés social la preservación y promoción constante y permanente de los valores culturales que lleve a cabo el Instituto con el fin de garantizar la participación plural y democrática de los organismos e instituciones afines, así como de las comunidades que integran el Estado.

Se declara al Instituto como organismo coordinador del Gobierno del Estado ante otros organismos e instancias de carácter cultural, educativo y científico que desarrollen programas en el Estado, sin mengua de la irrestricta autoridad de éstos en las áreas de su propia demarcación y competencia.

(REFORMADO, D.O. 13 DE NOVIEMBRE DE 1989)

ARTICULO 4

Se describe e incorporan a la estructura administrativa, coordinadora, normativa y orgánica del Instituto con dependencia directa, los Centros Culturales y Artísticos siguientes: Los Teatros "José Peón Contreras" y "Daniel Ayala Pérez", la Casa de la Cultura del Mayab, la Biblioteca Pública Central del Estado, "Manuel Cepeda Peraza", la Hemeroteca del Estado "José María Pino Suárez", el Centro Cultural Obrero, las Galerías de Arte y, en coordinación con el Instituto Nacional de Antropología e Historia, la Pinacoteca del Estado "Juan Gamboa Guzmán" y el Palacio Cantón, así como el Museo de Arte Popular en coordinación con el Instituto Nacional Indigenista y la Unidad Regional de Culturas Populares en coordinación técnica con la Dirección General de Culturas Populares de la Subsecretaría de Cultura de la Secretaría de Educación Pública, respetando los ámbitos de su competencia y los acuerdos y convenios establecidos y los que para el efecto se esta...

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