LEY DE INGRESOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE XALISCO, NAYARIT; PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011

Extracto


LEY DE INGRESOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE XALISCO, NAYARIT; PARA EL EJERCICIO FISCAL 2011

Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder

Legislativo.- Nayarit.

LIC. NEY GONZÁLEZ SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de

Nayarit, a los habitantes del mismo, sabed:

Que el H. Congreso Local, se ha servido dirigirme para su promulgación, el siguiente:

El Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit

LEY DE INGRESOS PARA LA MUNICIPALIDAD DE

XALISCO, NAYARIT;

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES PRELIMINARES

Sección Única

Artículo 1.- De conformidad con lo establecido en los Artículos 115 Fracción IV de la

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos 37, 49 fracción IV y 115 bis de la

Constitución Política del Estado de Nayarit, y en relación con el Artículo 4 de la Ley de

Hacienda Municipal del propio Estado, la Hacienda Pública del Municipio Xalisco, Nayarit; durante el Ejercicio Fiscal de 2011, percibirá los ingresos por concepto de Impuestos, Derechos, Productos, Aprovechamientos, Participaciones y Fondos de Aportaciones

Estatales y Federales e Ingresos Extraordinarios conforme a las bases cuotas, tasas y tarifas que en esta Ley se establecen.

La estimación de ingresos para el ejercicio del año 2011 para el municipio de Xalisco, Nayarit; se conformará de la manera siguiente:

Concepto del Ingreso

Importe

A

INGRESOS PROPIOS

IMPUESTOS

I

IMPUESTO PREDIAL

PREDIAL RUSTICO

PREDIAL URBANO

II

IMPUESTO ADQUISICION DE BIENES INMUEBLES

DERECHOS

I

LICENCIAS Y PERMISOS PARA LA INSTALACIÓN DE

ANUNCIOS

Sábado 25 de Diciembre de 2010 Periódico Oficial 3

II

IMPACTO AMBIENTAL

III LIMPIA, RECOLECCION TRASLADO Y DISPOSICION FINAL

IV RASTRO MUNICIPAL

V

SEGURIDAD PUBLICA

VI URBANIZACION, CONTRUCCION, USO DE SUELO Y

OTROS

VII REGISTRO CIVIL

VIII CONSTANCIAS, LEGALIZACIONES

Y

CERTIFICACIONES

IX SERVICIOS CATASTRALES

X

LICENCIAS, PERMISOS Y REGISTRO DE ALCOHOLES.

XI MATERIA DE ACCESO A LA INFORMACION PÚBLICA

XII ESTACIONAMIENTOS EXCLUSIVOS EN LA VÍA PÚBLICA

PRODUCTOS

I

PRODUCTOS DIVERSOS

II

OTROS LOCALES DEL FUNDO MUNICIPAL

APROVECHAMIENTOS

I

RECARGOS

II

MULTAS, INFRACCIONES Y SANCIONES

III GASTOS DE COBRANZA

IV ACTUALIZACIONES

V

INDEMNIZACIONES

VI SUBSIDIOS

VII DONACIONES, HERENCIAS Y LEGADOS

INGRESOS EXTRAORDINARIOS

I

COOPERACIONES

II

PRESTAMOS Y FINANCIAMIENTOS

III REINTEGROS, DEVOLUCIONES Y ALCANCES

IV REZAGOS

V

CONVENIOS DE COLABORACIÓN

VI OTROS CONCEPTOS

B

PARTICIPACIONES FEDERALES

FONDO GENERAL DE PARTICIPACIONES

FONDO DE FOMENTO MUNICIPAL

IMPUESTO ESPECIAL PRODUCCION Y SERVICIOS

IMPTOS. TENENCIA O USO VEHICULAR

IMPUESTO SOBRE AUTOMOVILES NUEVOS

FONDO DE FISCALIZACION (FOFIE)

FONDO DE COMPENSACION

VENTA FINAL DE GASOLINA Y DIESEL

C

APORTACIONES FEDERALES

I

FONDO

DE

APORTACIONES

PARA

LA

INFRAESTRUCTURA SOCIAL MUNICIPAL

II

FONDO DE APORTACIONES PARA EL FORTALECIMIENTO

MUNICIPAL

III OTROS FONDOS

D

INGRESOS DERIVADOS DE CONVENIOS FEDERALES

T O T A L

Artículo 2.- Para los efectos de esta ley se establecen las siguientes definiciones:

I.

Establecimiento: Toda unidad económica instalada en un inmueble con domicilio permanente para la realización de actividades comerciales, industriales o de prestación de servicio y nomenclatura oficial proporcionada por la autoridad municipal.

II.

Local o accesorio: Cada uno de los espacios abiertos o cerrados en que se divide el interior o exterior de los mercados, conforme su estructura original, p...

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