Ley de hacienda para el municipio de timucuy, Yucatan
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LEY DE HACIENDA PARA EL MUNICIPIO DE TIMUCUY, YUCATAN
TEXTO ORIGINAL.Ley publicada en el Suplemento al Diario Oficial del Estado de Yucatán, el jueves 28 de diciembre de 2006.CIUDADANO PATRICIO JOSÉ PATRÓN LAVIADA, GOBERNADOR DEL ESTADO DE YUCATÁN, A SUS HABITANTES HAGO SABER:EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE YUCATÁN, CONFORME A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN V DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA; 97, 150 Y 156 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO, AMBAS DEL ESTADO DE YUCATÁN:D E C R E T A:Artículo Primero.- Se aprueban las Leyes de Hacienda de los Municipios de: Mayapán, que contiene 153 artículos; Temax, que contiene 176 artículos; Timucuy, que contiene 153 artículos; Tixméhuac, que contiene 137 artículos; Tizimín, que contiene 168 artículos; y Yaxcabá, que contiene 153 artículos; todos del Estado de Yucatán....III.- LEY DE HACIENDA PARA EL MUNICIPIO DE TIMUCUY, YUCATÁN:TÍTULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALESCAPÍTULO IDel Objeto de la LeyLa presente Ley es de orden público y de observancia general en el territorio del municipio de Timucuy y tiene por objeto:I.- Establecer los conceptos por los que la hacienda del Municipio de Timucuy, podrá percibir ingresos;II.- Definir el objeto, Sujeto, Base y Época de Pago de las contribuciones, yIII.- Señalar las obligaciones y derechos que en materia fiscal tendrán las autoridades y los sujetos a que la misma se refiere.De conformidad con lo establecido en el Código Fiscal y en la Ley de Coordinación Fiscal, ambos del Estado de Yucatán, para cubrir el gasto público y demás obligaciones a su cargo, la hacienda pública del Municipio de Timucuy, podrá percibir ingresos por los siguientes conceptos:I. Impuestos;II. Derechos;III. Contribuciones Especiales;IV. Productos;V. Aprovechamientos;VI. Participaciones federales;VII. Participaciones Estatales;VIII. Aportaciones federales, eIX. Ingresos Extraordinarios.Son disposiciones fiscales municipales:I.- La Ley de Hacienda del Municipio de Timucuy;II.- La Ley de Ingresos del municipio de Timucuy, Yucatán;III.- Las disposiciones que autoricen ingresos extraordinarios, yIV.- Los Reglamentos Municipales y las demás leyes, que contengan disposiciones de carácter hacendaria.La Ley de Ingresos del Municipio de Timucuy, Yucatán, será publicada en el Diario Oficial del Estado de Yucatán, a más tardar el día treinta y uno de diciembre de cada año y entrará en vigor a partir del primero de enero del año siguiente y contendrá los montos y el origen de los recursos que ejercerá el Ayuntamiento durante cada ejercicio presupuestal con base en las contribuciones establecidas en la presente Ley y demás ingresos por financiamiento o que de manera extraordinaria reciba.Cualquier disposición dictada o convenio celebrado por autoridad fiscal competente, deberá sujetarse al tenor de la presente Ley y ordenamientos Estatales y Federales. En consecuencia carecerá de valor y será nulo de pleno derecho toda disposición dictada o convenio celebrado, en contravención con lo establecido en esta Ley y las demás disposiciones normativas señaladas.Las disposiciones fiscales que establezcan cargas a los particulares y las que señalan excepciones a las mismas, así como las que definen las infracciones y fijan sanciones, son de aplicación estricta. Se considerará que establecen cargas a los particulares, las normas que se refieren a sujeto, objeto, base, tasa o tarifa y exenciones.Para efectos de esta Ley se entiende por:OBJETO.- Al elemento económico sobre el que se asienta la contribución.SUJETO.- A la persona física o moral, obligada al pago de la contribución.BASE.- Al valor asignado en efectivo, en especie, en servicios o en crédito que esta Ley señala como monto gravable y al cual se aplica una tasa, cuota o tarifa determinada.TASA.- Al porcentaje que se aplica a la base para determinar el monto de la contribución.TARIFA.- Al agrupamiento ordenado de cuotas y tasas, que contienen límites inferiores y superiores en rangos progresivos.EXENCIONES.- A determinadas circunstancias que, de manera particular, eximen a ciertos sujetos de las contribuciones, no obstante que exista la realización del hecho generador del tributo.Cualquier disposición dictada o convenio celebrado por autoridad fiscal competente, deberá sujetarse al tenor de la presente ley, en caso contrario serán nulos de pleno derecho.A falta de norma fiscal municipal expresa se aplicará supletoriamente el Código Fiscal del Estado de Yucatán.La ignorancia de la presente Ley de Hacienda y demás disposiciones fiscales de observancia general debidamente publicadas, no servirá de excusa para su incumplimiento, ni aprovechará a persona alguna.CAPÍTULO IIDe las Autoridades FiscalesPara los efectos de la presente Ley, son autoridades fiscales municipales:a) El Cabildo;b) El Presiden...Ver el contenido completo de este documento
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