Ley de fiscalizacion superior del Estado de Guanajuato
Códigos Estatales › Guanajuato
Enlazado como:Códigos Estatales › Guanajuato
Enlazado como:Extracto
Ley de fiscalizacion superior del Estado de Guanajuato
LEY DE FISCALIZACION SUPERIOR DEL ESTADO DE GUANAJUATO
ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 29 DE ABRIL DE 2005.Ley publicada en la Tercera Parte del Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, el 11 de noviembre de 2003.JUAN CARLOS ROMERO HICKS, GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, A LOS HABITANTES DEL MISMO SABED:QUE EL H. CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, HA TENIDO A BIEN DIRIGIRME EL SIGUIENTE:DECRETO NÚMERO 2.LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUANAJUATO, DECRETA:LEY DE FISCALIZACIÓN SUPERIOR DEL ESTADO DE GUANAJUATOTÍTULO PRIMERODISPOSICIONES GENERALESCapítulo PrimeroDisposiciones PreliminaresLa presente Ley tiene por objeto reglamentar la función de fiscalización a que se refieren los artículos 63 fracciones XVIII, XIX y XXVIII y 66 de la Constitución Política para el Estado de Guanajuato, así como establecer las bases de la organización y funcionamiento del Órgano de Fiscalización Superior del Congreso del Estado.El Congreso del Estado ejercerá las funciones técnicas de fiscalización a través del Órgano de Fiscalización Superior, el cual tendrá autonomía técnica, de gestión y presupuestaria, en los términos que señalan la Constitución Política para el Estado, esta Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables.Los servidores públicos del Órgano de Fiscalización Superior son trabajadores del Poder Legislativo del Estado; su relación laboral se regirá por el estatuto correspondiente. El Auditor General y los Directores Generales podrán ser removidos de su cargo por las causas establecidas para tal efecto en la presente Ley.La evaluación del control y desarrollo administrativo del Órgano de Fiscalización Superior, estará a cargo de la Contraloría del Poder Legislativo, de conformidad con lo establecido en su Ley Orgánica.Son sujetos de fiscalización los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial del Estado, los ayuntamientos, las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y Municipal y los Organismos Autónomos.La función de fiscalización también comprende los recursos públicos otorgados a particulares.Para efectos de la presente Ley, se entenderá por:I.- Contralorías: Unidades de los sujetos de fiscalización que tienen a su cargo el control, vigilancia y evaluación internos de los mismos;II.- Organismos Autónomos: Aquellos que por disposición constitucional o legal han sido dotados de tal carácter;III.- Órgano de Gobierno: La Comisión de Régimen Interno del Congreso del Estado;IV.- Cuentas públicas: Instrumento que contiene la información contable, financiera, presupuestal, programática, económica y demás vinculada o conexa de los sujetos de fiscalización, que presentan al Congreso del Estado;VI.- Gestión financiera: La recaudación, manejo, custodia, control y aplicación de los recursos públicos que los sujetos de fiscalización utilizan para el cumplimiento de los objetivos contenidos en los presupuestos, planes y programas, de conformidad con las leyes y demás dispo...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex México
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios