Ley que Establece el Derecho a Uniformes Escolares Gratuitos a Alumnas y Alumnos Inscritos en Escuelas Publicas de Nivel Basico en el Estado de Sonora

LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A UNIFORMES ESCOLARES GRATUITOS A ALUMNAS Y ALUMNOS INSCRITOS EN ESCUELAS PÚBLICAS DE NIVEL BÁSICO EN EL ESTADO DE SONORA

ÚLTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL BOLETÍN OFICIAL: 24 DE DICIEMBRE DE 2020.

Ley publicada en el Número 45 Secc. II del Boletín Oficial del Estado de Sonora, el jueves 4 de diciembre de 2014.

GUILLERMO PADRÉS ELÍAS, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Sonora, a sus habitantes sabed:

Que el Honorable Congreso del Estado, se ha servido dirigirme la siguiente

L E Y:

NÚMERO 184

EL H. CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE SONORA, EN NOMBRE DEL PUEBLO, TIENE A BIEN EXPEDIR LA SIGUIENTE:

LEY QUE ESTABLECE EL DERECHO A UNIFORMES ESCOLARES GRATUITOS A ALUMNAS Y ALUMNOS INSCRITOS EN ESCUELAS PÚBLICAS DE NIVEL BÁSICO EN EL ESTADO DE SONORA.

TÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES
CAPÍTULO ÚNICO
DISPOSICIONES GENERALES Artículos 1 a 7
Artículo 1º

La presente Ley es de orden público, interés social y observancia general en el Estado de Sonora y tiene por objeto garantizar que en el presupuesto de egresos del año correspondiente se otorgue la suficiencia presupuestal para dotar gratuitamente de, por lo menos, un uniforme escolar, incluido el calzado, ambos de buena calidad o, en su caso, el otorgamiento de vale electrónico para adquisición de los mismos, a las alumnas y alumnos inscritos en escuelas públicas de nivel básico ubicadas en el Estado de Sonora, el cual deberá realizarse puntualmente al inicio de cada ciclo escolar anual, conforme al calendario autorizado por la Secretaría de Hacienda, Oficialía Mayor y Secretaría de Educación y Cultura de la Entidad.

Artículo 2º Para efectos de la presente Ley, se consideran inscritos en las escuelas públicas de nivel básico en el Estado de Sonora a los siguientes:
  1. Las alumnas y alumnos de nivel preescolar, primaria y secundaria, educación especial e indígena;

  2. Las alumnas y alumnos de preescolar inscritos en los Centros de Desarrollo Infantil y Estancias Infantiles dependientes del Gobierno del Estado; y

  3. Las alumnas y alumnos de educación especial inscritos en los Centros de Atención Múltiple o en Unidades de Servicios de Apoyo a la Escuela Regular.

Artículo 3º

El Ejecutivo del Estado deberá incluir en el proyecto de Presupuesto de Egresos del Gobierno del Estado de Sonora que presente anualmente ante el Congreso del Estado, un monto que garantice la entrega gratuita de un uniforme escolar incluido el calzado o, en su defecto, la entrega de un vale electrónico para adquisición de los mismos al inicio de cada ciclo escolar a las alumnas y alumnos inscritos en escuelas públicas de nivel básico en el Estado de Sonora.

Artículo 4º

El Poder Legislativo del Estado de Sonora deberá aprobar en el Decreto del Presupuesto del Gobierno del Estado de Sonora, la asignación suficiente para hacer efectivo el derecho a recibir gratuitamente, al menos, un uniforme escolar incluido el calzado...

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