Ley de educacion fisica y deporte del Distrito Federal

Legislación Estatal Actualizada › Distrito Federal

Enlazado como:

Extracto


Ley de educacion fisica y deporte del Distrito Federal

CAPÍTULO PRIMERO Disposiciones generales.

ARTÍCULO 1.

Las disposiciones de la presente Ley son de orden público e interés social y tienen por objeto normar las actividades tendientes a fomentar, organizar, coordinar, promocionar y desarrollar la educación física y el deporte en el Distrito Federal.

ARTÍCULO 2.

Para efectos del presente ordenamiento y sin perjuicio de otros ordenamientos legales, se entiende por:

I. Deporte.- La práctica de actividades físicas e intelectuales que las personas, de manera individual o en conjunto, realicen con propósitos competitivos o de esparcimiento en apego a su reglamentación. Dicha práctica propiciará el desarrollo de las aptitudes del individuo, el cuidado de su salud y promoverá su integración y desarrollo en la sociedad;

II. Educación física.- La preparación física del ser humano por medio de procesos pedagógicos.

III. Delegaciones.- Las demarcaciones territoriales y los órganos político-administrativos con los que cuenta la Administración Pública del Distrito Federal;

IV. Instituto: El Instituto del Deporte del Distrito Federal;

V. Fondo: El Fondo de Apoyo para Deportistas de Alto Rendimiento del Distrito Federal;

VI. Programa: Programa del Deporte del Distrito Federal;

VII. Registro: El Registro del Deporte del Distrito Federal;

VIII. Sistema: El Sistema de Cultura Física y Deporte y Deporte del Distrito Federal;

IX. Consejo: Consejo del Deporte del Distrito Federal;

X. Cultura física: Sistema de categorías desprendidas del la actividad motriz del hombre y manifestada en diferentes connotaciones determinadas en la práctica diaria vital, de donde se desprenden como categorías el entrenamiento deportivo, la educación física y la recreación física; y

XI. Liga: Organismo deportivo que tiene como finalidad agrupar, coordinar y estimular la formación de equipos para la práctica de una disciplina, independientemente de la denominación que adopte.

ARTÍCULO 3.

La función social del deporte es la de fortalecer la interacción e integración de la sociedad, para desarrollar de manera armónica las aptitudes físicas e intelectuales de las personas y contribuir a fomentar la solidaridad como valor social.

ARTÍCULO 4.

La Función Educativa del Deporte debe implicar además de la enseñanza de técnicas y el desarrollo de las cualidades físicas de los alumnos, la transmisión de hábitos, valores y actitudes.

ARTÍCULO 5.

Son sujetos de la presente Ley los deportistas, educadores físicos, entrenadores deportivos, los organismos deportivos de los sectores público, social y privado en el Distrito Federal y demás personas que por su naturaleza, condición o funciones sean susceptibles de integrarse al Sistema de Cultura Física y Deporte en esta Ciudad.

ARTÍCULO 6.

Se reconoce el derecho de todo individuo al conocimiento, difusión y práctica del deporte sin distinción, exclusión o restricción basada en cualquier origen étnico, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condi...

Ver el contenido completo de este documento

Enlaces patrocinados




ver las páginas en versión mobile | web

ver las páginas en versión mobile | web

© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.

Contenidos en vLex México

Explora vLex

Para Profesionales

Para Socios

Compañía