Ley de desarrollo urbano del Estado de Baja California
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Ley de desarrollo urbano del Estado de Baja California
LEY DE DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIA
ULTIMA REFORMA PUBLICADA EN EL PERIODICO OFICIAL: 28 DE FEBRERO DE 2003.Ley publicada en la Sección Primera del Periódico Oficial del Estado de Baja California, el 24 de junio de 1994.ERNESTO RUFFO APPEL.GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, A SUS HABITANTES SABED:QUE LA H. LEGISLATURA DEL ESTADO, ME HA DIRIGIDO PARA SU PROMULGACION, EL ORDENAMIENTO LEGAL QUE SIGUE:LA H. XIV LEGISLATURA CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE BAJA CALIFORNIA, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTICULO 27, FRACCION I DE LA CONSTITUCION POLITICA LOCAL, EXPIDE LA SIGUIENTE:LEY DE DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIAI N D I C ETITULO PRIMEROORDENACION Y REGULACION DEL DESARROLLO URBANOCAPITULO IDisposiciones GeneralesCAPITULO IIDe la concurrencia y competencia de las autoridades y órganos auxiliaresTITULO SEGUNDODE LA PLANEACION DEL DESARROLLO URBANOCAPITULO IDel sistema Estatal de Planes y programas de Desarrollo UrbanoCAPITULO IIDel Plan Estatal de Desarrollo UrbanoCAPITULO IIIDe los Programas Regionales de Desarrollo UrbanoCAPITULO IVDel Plan y Programas Municipales de Desarrollo UrbanoCAPITULO VDe los Programas de Desarrollo Urbano de Centros de PoblaciónCAPITULO VIDe los Programas Parciales de conservación, mejoramiento y crecimientoCAPITULO VIIDe los Programas Parciales ComunitariosCAPITULO VIIIDe los Programas Sectoriales del Desarrollo UrbanoCAPITULO IXDe la modificación o cancelación de los Planes y Programas de Desarrollo UrbanoCAPITULO XDe los efectos de los Planes y Programas de Desarrollo UrbanoTITULO TERCERODE LAS CONURBACIONESCAPITULO UNICODe las conurbacionesTITULO CUARTODE LA REGULACION DE LA PROPIEDAD EN LOS CENTROS DE POBLACIONCAPITULO IDe las acciones de fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de poblaciónCAPITULO IIDel Ordenamiento ecológico de los asentamientos humanosCAPITULO IIIDe la zonificación urbanaCAPITULO IVDel Derecho de Preferencia en zonas de reserva territorialCAPITULO VDe la ejecución de Programas y cumplimiento de las DeclaratoriasCAPITULO VIDe la tierra para el desarrollo urbano y la viviendaTITULO QUINTODE LAS ACCIONES DE URBANIZACIONCAPITULO IDisposiciones GeneralesCAPITULO IIDe su incorporación municipalSECCION UNICADel Fraccionamiento, Fusión, Subdivisión y Relotificación de terrenosCAPITULO IIIDe los procedimientos para autorizar y realizar acciones de urbanizaciónCAPITULO IVDe las obligaciones de los responsables de las acciones de urbanizaciónCAPITULO VDe la ejecución de las acciones de urbanizaciónCAPITULO VIDel acto de entrega y recepción de las acciones de urbanizaciónTITULO SEXTODE LAS OBRAS DE EDIFICACIONCAPITULO UNICODe las disposiciones generalesTITULO SEPTIMODE LAS MODALIDADES DE LAS ACCIONES DE URBANIZACIONCAPITULO IDe las disposiciones generalesCAPITULO IIDe las acciones de urbanización privadasCAPITULO IIIDe las acciones de urbanización públicaCAPITULO IVDe las acciones de urbanización por cooperaciónCAPITULO VDe las acciones de urbanización por plusvalíaCAPITULO VIDe las acciones de urbanización y reparcelación por asociación de interés públicoCAPITULO VIIDe las acciones de urbanización por concertaciónCAPITULO VIIIDe las acciones de urbanización por objetivo socialTITULO OCTAVODE LAS RESPONSABILIDADES, MEDIDAS DE SEGURIDAD, SANCIONES Y DEFENSA DE LOS PARTICULARESCAPITULO IDe las responsabilidadesCAPITULO IIDe las medidas de seguridad y sancionesCAPITULO IIIDe la defensa de los particularesTRANSITORIOSLEY DE DESARROLLO URBANO DEL ESTADO DE BAJA CALIFORNIATITULO PRIMEROORDENACION Y REGULACION DEL DESARROLLO URBANOCAPITULO PRIMERODisposiciones generalesLas disposiciones de esta Ley y sus reglamentos, así como los Programas y Declaratorias que expidan las autoridades competentes conforme a sus normas, son de orden público e interés social.Todas las acciones de urbanización en áreas y predios que generen la transferencia de suelo rural a urbano, las fusiones, subdivisiones y fraccionamiento de terrenos, los cambios en la utilización de éstos, así como todas las obras de urbanización y edificación que se realicen en la entidad, quedan sujetas a cumplir con las disposiciones de la presente Ley, siendo obligatoria su observancia tanto para las entidades públicas como para los particulares.La presente Ley tiene por objeto:I. Establecer las normas que regulen la concurrencia del Estado y los Municipios que lo integran, al participar en la ordenación y regulación de los asentamientos humanos;II. Fijar normas básicas para planear la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población en esta entidad Federativa;III. Establecer las normas conforme a las cuales el Gobierno del Estado y los Ayuntamientos ejercerán sus atribuciones para zonificar el territorio y determinar las correspondientes provisiones,...Ver el contenido completo de este documento
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