Ley de derechos y cultura indigena del Estado de Nayarit
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Ley de derechos y cultura indigena del Estado de Nayarit
LEY DE DERECHOS Y CULTURA INDIGENA DEL ESTADO DE NAYARIT
TEXTO ORIGINAL.Ley publicada en el Periódico Oficial del Estado de Nayarit, el sábado 18 de diciembre de 2004.C.P. ANTONIO ECHEVARRÍA DOMÍNGUEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Nayarit, a los habitantes del mismo, sabed:Que el H. Congreso Local, se ha servido dirigirme para su promulgación, el siguiente:DECRETO NUMERO 8615El H. Congreso del Estado Libre y Soberano de Nayarit representado por su XXVII LegislaturaD E C R E T A :LEY DE DERECHOS Y CULTURA INDÍGENA DEL ESTADO DE NAYARIT.CAPÍTULO IDISPOSICIONES GENERALES La presente Ley es reglamentaria de la fracción II del artículo 7° de la Constitución Política del Estado de Nayarit. Es de orden público e interés social y regirá en todo el territorio del Estado en materia de derechos y cultura indígena; así como en los Poderes del Estado en sus distintos ámbitos de gobierno. El Estado de Nayarit tiene una población étnica plural sustentada en sus pueblos indígenas.Esta Ley reconoce y protege a los pueblos indígenas del Estado de Nayarit: Coras, Huicholes, Tepehuanos y Mexicaneros.Las comunidades indígenas asentadas por cualquier circunstancia, dentro del territorio del Estado de Nayarit, perteneciente a cualquier otro pueblo indígena del Estado mexicano, podrán acogerse a esta Ley, sin detrimento de sus usos y costumbres.Para efectos de esta Ley se entiende por:PUEBLO INDÍGENA: Son aquéllos que descienden de poblaciones que habitan en el territorio actual del país al iniciar la colonización y que conservan sus propias instituciones sociales, económicas, culturales y políticas, o parte de ellas;COMUNIDAD INDÍGENA: Son comunidades de un pueblo indígena, aquéllas que formen una unidad social, económica y cultural asentad...Ver el contenido completo de este documento
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