Bases de Colaboración Interinstitucional para Establecer los Mecanismos de Coordinación y Colaboración para la Tramitación de Registro Ordinario o Extemporáneo de Nacimiento de las Personas que no cuentan con Documentos de Identidad Jurídica Personal

ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

Consejería Jurídica y de Servicios Legales, Secretaría de Finanzas, Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, Secretaría de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades y Sistema para el

Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal

Bases de Colaboración Interinstitucional Establecer los Mecanismos de Coordinación y Colaboración para la Tramitación de Registro Ordinario o Extemporáneo de Nacimiento de las Personas que no cuentan con Documentos de Identidad Jurídica Personal

BASES DE COLABORACIÓN INTERINSTITUCIONAL QUE CELEBRAN, LA CONSEJERÍA JURÍDICA Y DE SERVICIOS LEGALES DEL DISTRITO FEDERAL, REPRESENTADAPOR EL C. CONSEJERO JURÍDICO Y DE SERVICIOS LEGALES, MAESTRO JOSÉ RAMÓN AMIEVA GÁLVEZ, ASISTIDO POR EL LICENCIADO HÉCTOR MALDONADO SAN GERMÁN, DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO CIVIL A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LA CJSL"; LA SECRETARÍA DE FINANZAS DEL DISTRITO FEDERAL, REPRESENTADA POR EL C. SECRETARIO, LICENCIADO EDGAR ABRAHAM AMADOR ZAMORA, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "FINANZAS" ASISTIDO POR EL C. TESORERO, MAESTRO EMILIO BARRIGA DELGADO; LA PROCURADURÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL, REPRESENTADA POR SU TITULAR, EL LICENCIADO RODOLFO FERNANDO RÍOS GARZA, ASISTIDO POR LA LICENCIADA MARGARITA MAGUEY NERIA, FISCAL CENTRAL DE INVESTIGACIÓN PARA LA ATENCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, EL LICENCIADO HUMBERTO SOTELO SALGADO, FISCAL DE PROCESOS EN JUZGADOS CIVILES, Y EL LICENCIADO LUIS PÉREZ EGUIARTE, FISCAL DESCONCENTRADO DE INVESTIGACIÓN EN AGENCIAS DE ATENCIÓN ESPECIALIZADAS, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LA PROCURADURÍA";LA SECRETARÍA DE DESARROLLO RURAL Y EQUIDAD PARA LAS COMUNIDADES, REPRESENTADA POR EL C. SECRETARIO, LICENCIADO HEGEL CORTÉS MIRANDA, ASISTIDO POR EL LICENCIADO IGNACIO RUÍZ LÓPEZ, DIRECTOR GENERAL DE DESARROLLO RURAL, LA ANTROPÓLOGA SODELBA ALAVEZ RUÍZ, ENCARGADA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE EQUIDAD PARA LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES Y LA LICENCIADA GUADALUPE CHIPOLE IBAÑEZ, DIRECTORA DE ATENCIÓN A HUÉSPEDES, MIGRANTES, Y SUS FAMILIAS, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "LA SEDEREC";Y POR EL SISTEMA PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA DEL DISTRITO FEDERAL, REPRESENTADO POR EL DIRECTOR, EL LICENCIADO GUSTAVO GAMALIEL MARTÍNEZ PACHECO, ASISTIDO POR LA MAESTRA MÓNICA ÁNGELICA ÁVILA TORRES, DIRECTORA EJECUTIVA DE ASUNTOS JURÍDICOS, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES LLAMARÁ "EL DIF-DF",A QUIENES ACTUANDO DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES" AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

I.- DECLARA "LA CJSL"

I.1 Que es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada del Distrito Federal, que de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2, 35 fracciones XVIII y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, le corresponde coordinar y vigilar la prestación de los servicios, así como el cumplimiento de las disposiciones jurídicas en materia de Registro Civil.

I.2 Que el Maestro José Ramón Amieva Gálvez, Consejero Jurídico y de Servicios Legales del Distrito Federal, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento, de acuerdo a lo señalado en los artículos 15 fracción XVI, 16 fracción IV y 35 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal.

I.3 Que en términos de los artículos 7 fracción XV y 118 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, corresponde a la Dirección General del Registro Civil, en adelante "EL REGISTRO CIVIL", entre otras funciones, las de autorizar, inscribir y hacer constar todos los actos y hechos relacionados con el estado civil de las personas.

I.4 Que para los efectos del presente instrumento, señala como domicilio el ubicado en Avenida Arcos de Belén S/N, esquina con Doctor Andrade, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, Código Postal 06720.

[Ver imagen en pdf Adjunto]

II.- DECLARA "FINANZAS"

II.1. Que es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada del Distrito Federal, en los términos de lo dispuesto por los artículos 2, 15 fracción VIII y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, que tiene a su cargo el desarrollo de las políticas de ingresos y administración tributaria, la programación, presupuestación y evaluación del gasto público del Distrito Federal, así como representar el interés del Distrito Federal en controversias fiscales y en toda clase de procedimientos administrativos ante los tribunales en los que se controvierta el interés fiscal de la Entidad.

II.2 Que el Licenciado Edgar Abraham Amador Zamora, Secretario de Finanzas, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento, conforme a lo dispuesto en los artículos 15 fracción VIII, 16 fracción IV y 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, y 26 fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

II.3 Que conforme a lo dispuesto por el artículo 35, fracción IX, del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal, corresponde a la Tesorería del Distrito Federal, administrar, recaudar, comprobar, determinar, notificar y cobrar las contribuciones, los aprovechamientos y sus accesorios, así como los productos señalados en la Ley de Ingresos del Distrito Federal.

II.4 Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en Doctor Lavista Número 144, Acceso 1, primer piso, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, Código Postal 06720.

III.- DECLARA "LA PROCURADURÍA"

III.1 Que es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada del Distrito Federal, en la que se integra la Institución del Ministerio Público y sus órganos auxiliares directos, a la que compete la investigación de los delitos del fuero común, persecución de los imputados y la representación de los intereses de la sociedad en el Distrito Federal, en términos de lo dispuesto por los artículos 21 y 122 apartado D, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 10 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 15 fracción XIII y 16 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; 1, 2, 8 y 15 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal; 1 y 2 de su Reglamento.

III.2 Que el Licenciado Rodolfo Fernando Ríos Garza, en su carácter de Procurador General de Justicia del Distrito Federal, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento, conforme a lo dispuesto por los artículos 22, 23, 24 y 25 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal, bajo la asistencia de la Fiscalía Central de Investigación para la Atención de Niños, Niñas y Adolescentes, la Fiscalía de Procesos en Juzgados Civiles y la Fiscalía Desconcentrada de Investigación en Agencias de Atención Especializada.

III.3 Que para efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en la Calle General Gabriel Hernández Número 56, Colonia Doctores, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, Código Postal 06720.

IV. DECLARA "LA SEDEREC"

IV.1 Que es una Dependencia de la Administración Pública Centralizada del Gobierno del Distrito Federal, en términos de los artículos 2, 15 fracciones XX y 23 Quintus fracciones XV, XVI, XVII y XIX de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y tiene entre otras atribuciones el diseñar, ejecutar y operar planes, programas y proyectos destinados a garantizar los derechos pluriculturales y pluriétnicos de la población indígena radicada en el Distrito Federal, asimismo le corresponde el establecer y ejecutar las políticas públicas y programas en materia de desarrollo rural, atención a pueblos indígenas y comunidades étnicas, a través de la Dirección General de Equidad para los Pueblos y Comunidades tal como lo señala el artículo 119 undécimus del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal que establece que le corresponde promover la adecuación de los planes, programas y proyectos que lleven a cabo las

dependencias y entidades de la administración pública del Distrito Federal, para que atiendan a la población indígena y las comunidades étnicas del Distrito Federal, promover la participación, coordinación, colaboración e información entre las instituciones públicas y privadas en acciones que la Administración Pública del Distrito Federal ejecute en materia de pueblos indígenas y comunidades étnicas y que contribuyan a la realización de acciones dirigidas a mejorar la calidad de vida de los indígenas en el Distrito Federal, entre otras; así como a migrantes y sus familias, promoviendo la equidad, la igualdad y la justicia social entre estos sectores de población.

IV.2 Que el Licenciado Hegel Cortés Miranda, Secretario de Desarrollo Rural y Equidad para las Comunidades del Gobierno del Distrito Federal, se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento de conformidad con los artículos 16 fracción IV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y 26 fracción XVI del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal.

IV.3 Que para los efectos del presente instrumento señala como domicilio el ubicado en la Calle Abraham González, número 67, Colonia Juárez, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06600, Distrito Federal.

V. DECLARA "EL DIF-DF"

V.1 Que es un organismo público descentralizado de la Administración Pública del Distrito Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con los artículos 97, 98 y 99 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; 2, 40 y 47 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal y su Decreto de creación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de julio de 1997.

V.2 Que tiene, entre otras atribuciones, la de prestar asistencia jurídica y de...

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