Administración de la Integridad de Ductos de Recolección y Transporte de Hidrocarburos.
Estandares Oficiales (NOMS) › Federal
Enlazado como:Estandares Oficiales (NOMS) › Federal
Enlazado como:Extracto
Administración de la Integridad de Ductos de Recolección y Transporte de Hidrocarburos.
SECRETARIA DE ENERGIA
NORMA Oficial Mexicana NOM-027-SESH-2010, Administración de la integridad de ductos de recolección y transporte de hidrocarburos. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-027-SESH-2010, ADMINISTRACION DE LA INTEGRIDAD DE DUCTOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS. MARIO GABRIEL BUDEBO, Subsecretario de Hidrocarburos y con el carácter de Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización en Materia de Hidrocarburos, con fundamento en los artículos 26 y 33 fracciones I, XII, XIX y XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 38, fracción II, 40 fracciones XIII y XVIII, 41, 44, 47 fracción IV, 68, 70, 73 y 74 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o., 2o., 3o., 4o., 5o., 9o., 10, 11, 15, 15 bis, 15 Ter y 16 de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 1, 3, 4, 21, 30, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47, 48, 49, 50, 51 y 52 del Reglamento de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo; 80 y 81 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1, 3, fracción III, 10, fracciones XXII, XXIII, XXVI y XXIX, y 21, fracciones I, III, XIV y XVI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Energía y CONSIDERANDO PRIMERO. Que, al tenor del artículo 33, fracciones I, II y III, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la Secretaría de Energía establecer y conducir la política energética del país; ejercer los derechos de la Nación en materia de petróleo y todos los carburos de hidrógeno sólidos, líquidos y gaseosos; así como conducir y supervisar la actividad de las entidades paraestatales sectorizadas en la Secretaría. SEGUNDO. Que de conformidad con el artículo 33, fracciones XII y XIX, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, corresponde a la Secretaría de Energía regular y, en su caso, expedir normas oficiales mexicanas sobre producción, comercialización, compraventa, condiciones de calidad, suministro de energía, seguridad industrial y demás aspectos que promuevan la modernización, eficiencia y desarrollo del sector, así como controlar, supervisar y vigilar su debido cumplimiento. TERCERO. Que en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el Comité Consultivo Nacional de Normalización en Materia de Hidrocarburos, aprobó el proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana. CUARTO. Que con fecha nueve de abril del año dos mil nueve, en cumplimiento del Acuerdo del Comité y lo previsto en el artículo 47, fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-027-SESH-2009, Administración de la integridad de ductos de recolección y transporte de hidrocarburos, a efecto de que dentro de los siguientes sesenta días naturales posteriores a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización en Materia de Hidrocarburos. QUINTO. Que con fecha veintiséis de octubre del año dos mil nueve se publicó, en el Diario Oficial de la Federación, la respuesta a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-027-SESH-2009, Administración de la integridad de ductos de recolección y transporte de hidrocarburos.Por lo expuesto, se considera que se ha dado cumplimiento al procedimiento que señalan los artículos 44, 45, 47 y demás relativos a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, por lo que se expide la siguiente: NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-027-SESH-2010, ADMINISTRACION DE LA INTEGRIDAD DE DUCTOS DE RECOLECCION Y TRANSPORTE DE HIDROCARBUROS Aprobada por el Comité Consultivo Nacional de Normalización en Materia de Hidrocarburos, en su Primera Sesión Extraordinaria del ejercicio 2010, la cual tuvo verificativo el día veintinueve de enero del año dos mil diez. CONTENIDO Actualmente se cuenta con una extensa red de ductos terrestres y marinos para la recolección y transporte de hidrocarburos, en la República Mexicana.Dadas las condiciones de la industria del transporte por ducto, se anticipa un crecimiento significativo de esta infraestructura, por lo que es necesario contar con normatividad que regule la Administración de Integridad en aquellos tramos o segmentos de ductos identificados como prioritarios, en términos d...Ver el contenido completo de este documento
Enlaces patrocinados
ver las páginas en versión mobile | web
ver las páginas en versión mobile | web
© Copyright 2012, vLex. Todos los Derechos Reservados.
Contenidos en vLex México
Explora vLex
Para Profesionales
Para Socios
Otros documentos:
Van a ritmo lento | Nancy no va a los Olímpicos | Apoya al Gobierno banca de fomento | Entorpece la política trabajo metropolitano | stewart realizes what he s inherited | 372431 Tradisa Logicauto Sl. | Equipment Manager Keeps the Buckeyes Looking Good Vanhoose Helped Decide the Design of Osu s New Je... | A Nurse Who Knows How to Move Psychiatric Nurse by Day Hip-Hop Dance Instructor by Night.