Prácticas Comerciales-Requisitos Informativos para la Comercialización del Servicio de Tiempo Compartido (Cancela a la Nom-029-Scfi-1993)
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Prácticas Comerciales-Requisitos Informativos para la Comercialización del Servicio de Tiempo Compartido (Cancela a la Nom-029-Scfi-1993)
NORMA Oficial Mexicana NOM-029-SCFI-1998, Prácticas comerciales-Requisitos informativos para la comercialización del servicio de tiempo compartido (Cancela a la NOM-029-SCFI-1993).
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.- Dirección General de Normas.- Dirección de Normalización.- Subdirección de Normalización.NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-029-SCFI-1998, PRACTICAS COMERCIALES-REQUISITOS INFORMATIVOS PARA LA COMERCIALIZACION DEL SERVICIO DE TIEMPO COMPARTIDO.La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracción III, 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 24 fracciones I y XV del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, yCONSIDERANDO Que es responsabilidad del Gobierno Federal determinar las medidas necesarias para garantizar que los servicios que se comercialicen en territorio nacional contengan la información necesaria con el fin de lograr una efectiva protección de los derechos del consumidor;Que habiéndose cumplido el procedimiento establecido en la Ley Federal sobre Metrología y Normalización para la elaboración de proyectos de normas oficiales mexicanas, la Presidenta del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio ordenó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-029-SCFI-1997, Prácticas comerciales - Requisitos informativos para la comercialización del servicio de tiempo compartido, lo que se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 6 de abril de 1998, con objeto de que los interesados presentaran sus comentarios al citado Comité Consultivo;Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la f...Ver el contenido completo de este documento
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