Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (SECCIÓN IV)

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Publicado enDiario Oficial de la Federación – Edición Matutina del 18 de junio de 2007

Nota:

  1. En esta Sección, el término "pellets" designa los productos en forma de cilindro, bolita, etc., aglomerados por simple presión o con adición de un aglutinante en proporción inferior o igual al 3% en peso.

CAPÍTULO 16 Preparaciones de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos

Notas:

  1. Este Capítulo no comprende la carne, despojos, pescado ni crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, preparados o conservados por los procedimientos citados en los Capítulos 02 y 03 o en la partida 05.04.

  2. Las preparaciones alimenticias se clasifican en este Capítulo siempre que contengan una proporción superior al 20% en peso de embutidos, carne, despojos, sangre, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos, o de una mezcla de estos productos. Cuando estas preparaciones contengan dos o más productos de los mencionados, se clasifican en la partida del Capítulo 16 que corresponda al componente que predomine en peso. Estas disposiciones no se aplican a los productos rellenos de la partida 19.02 ni a las preparaciones de las partidas 21.03 ó 21.04.

    NOTAS de subpartida.

  3. En la subpartida 1602.10, se entiende por preparaciones homogeneizadas, las preparaciones de carne, despojos o sangre, finamente homogeneizadas, acondicionadas para la venta al por menor como alimento infantil o para uso dietético en recipientes con un contenido de peso neto inferior o igual a 250 g. Para la aplicación de esta definición se hará abstracción, en su caso, de los diversos ingredientes añadidos a la preparación en pequeña cantidad para sazonar, conservar u otros fines. Estas preparaciones pueden contener pequeñas cantidades de fragmentos visibles de carne o despojos. La subpartida 1602.10 tendrá prioridad sobre las demás subpartidas de la partida 16.02.

  4. Los pescados, crustáceos, moluscos y los demás invertebrados acuáticos, citados en las subpartidas de las partidas 16.04 y 16.05 sólo con los nombres vulgares corresponden a las mismas especies mencionadas en el Capítulo 03 con el mismo nombre.

    CODIGO DESCRIPCION Unidad IMPUESTO
    IMP. EXP.
    16.01 Embutidos y productos similares de carne, despojos o sangre; preparaciones alimenticias a base de estos productos.
    1601.00 Embutidos y productos similares de carne, despojos o sangre; preparaciones alimenticias a base de estos productos.
    1601.00.01 De gallo, gallina o pavo (gallipavo). Kg 15 Ex.
    1601.00.99 Los demás. Kg 15 Ex.
    16.02 Las demás preparaciones y conservas de carne, despojos o sangre.
    1602.10 - Preparaciones homogeneizadas.
    1602.10.01 De gallo, gallina o pavo (gallipavo). Kg 20 Ex.
    1602.10.99 Las demás. Kg 20 Ex.
    1602.20 - De hígado de cualquier animal.
    1602.20.01 De gallo, gallina o pavo (gallipavo). Kg 20 Ex.
    1602.20.99 Las demás. Kg 20 Ex.
    - De aves de la partida 01.05:
    1602.31 -- De pavo (gallipavo).
    1602.31.01 De pavo (gallipavo). Kg 20 Ex.
    1602.32 -- De gallo o gallina.
    1602.32.01 De gallo o gallina. Kg 20 Ex.
    1602.39 -- Las demás.
    1602.39.99 Las demás. Kg 20 Ex.
    - De la especie porcina:
    1602.41 -- Jamones y trozos de jamón.
    1602.41.01 Jamones y trozos de jamón. Kg 20 Ex.
    1602.42 -- Paletas y trozos de paleta.
    1602.42.01 Paletas y trozos de paleta. Kg 20 Ex.
    1602.49 -- Las demás, incluidas las mezclas.
    1602.49.01 Cuero de cerdo cocido en trozos ("pellets"). Kg 20 Ex.
    1602.49.99 Las demás. Kg 20 Ex.
    1602.50 - De la especie bovina.
    1602.50.01 Vísceras o labios cocidos, envasados herméticamente. Kg 20 Ex.
    1602.50.99 Las demás. Kg 20 Ex.
    1602.90 - Las demás, incluidas las preparaciones de sangre de cualquier animal.
    1602.90.99 Las demás, incluidas las preparaciones de sangre de cualquier animal. Kg 20 Ex.
    16.03 Extractos y jugos de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos.
    1603.00 Extractos y jugos de carne, pescado o de crustáceos, moluscos o demás invertebrados acuáticos.
    1603.00.01 Extractos de carne. Kg 20 Ex.
    1603.00.99 Los demás. Kg Ex. Ex.
    16.04 Preparaciones y conservas de pescado; caviar y sus sucedáneos preparados con huevas de pescado.
    - Pescado entero o en trozos, excepto el pescado picado:
    1604.11 -- Salmones.
    1604.11.01 Salmones. Kg Ex. Ex.
    1604.12 -- Arenques.
    1604.12.01 Arenques. Kg Ex. Ex.
    1604.13 -- Sardinas, sardinelas y espadines.
    1604.13.01 Sardinas. Kg 20 Ex.
    1604.13.99 Las demás. Kg 20 Ex.
    1604.14 -- Atunes, listados y bonitos (Sarda spp.).
    1604.14.01 Atunes (del género"Thunus"), excepto lo comprendido en las fracciones 1604.14.02 y 1604.14.04. Kg 20 Ex.
    1604.14.02 Filetes ("lomos") de atunes (del género"Thunus"), excepto lo comprendido en la fracción 1604.14.04. Kg 20 Ex.
    1604.14.03 Filetes ("lomos") de barrilete del género"Euthynnus" variedad"Katsowonus pelamis", excepto lo comprendido en la fracción 1604.14.04. Kg 20 Ex.
    1604.14.04 Filetes ("lomos") de atunes aleta amarilla ("Yellowfin Tuna"), de barrilete ("Skip Jask") o de patudo ("Big Eye"), de peso superior o igual a 0.5 kg, pero inferior o igual a 7.5 kg, precocidos, congelados y empacados al vacío en fundas de plástico, libres de escamas, espinas, hueso, piel y carne negra. Kg Ex. Ex.
    1604.14.99 Las demás. Kg 20 Ex.
    1604.15 -- Caballas.
    1604.15.01 Caballas. Kg 20 Ex.
    1604.16 -- Anchoas.
    1604.16.01 Filetes o sus rollos, en aceite. Kg 20 Ex.
    1604.16.99 Las demás. Kg 20 Ex.
    1604.19 -- Las demás.
    1604.19.01 De barrilete del género"Euthynnus", distinto de la variedad"Katsuwonus pelamis", excepto lo comprendido en la fracción 1604.19.02. Kg 20 Ex.
    1604.19.02 Filetes ("lomos") de barrilete del género"Euthynnus", distinto de la variedad"Katsuwonus pelamis". Kg 20 Ex.
    1604.19.99 Las demás. Kg 20 Ex.
    1604.20 - Las demás preparaciones y conservas de pescado.
    1604.20.01 De sardinas. Kg 20 Ex.
    1604.20.02 De atún, de barrilete, u otros pescados del género"Euthynnus". Kg 20 Ex.
    1604.20.99 Las demás. Kg 20 Ex.
    1604.30 - Caviar y sus sucedáneos.
    1604.30.01 Caviar. Kg Ex. Ex.
    1604.30.99 Las demás. Kg 20 Ex.
    16.05 Crustáceos, moluscos y demás invertebrados acuáticos, preparados o conservados.
    1605.10 - Cangrejos (excepto macruros).
    1605.10.01 Centollas. Kg 20 Ex.
    1605.10.99 Los demás. Kg 20 Ex.
    1605.20 - Camarones, langostinos y demás Decápodos natantia.
    1605.20.01 Camarones, langostinos y demás Decápodos natantia. Kg 20 Ex.
    1605.30 - Bogavantes.
    1605.30.01 Bogavantes. Kg 20 Ex.
    1605.40 - Los demás crustáceos.
    1605.40.01 Los demás crustáceos. Kg 20 Ex.
    1605.90 - Los demás.
    1605.90.99 Los demás. Kg 20 Ex.
CAPÍTULO 17 Azúcares y artículos de confitería

Nota:

  1. Este Capítulo no comprende:

    1. los artículos de confitería que contengan cacao (partida 18.06);

    2. los azúcares químicamente puros (excepto la sacarosa, lactosa, maltosa, glucosa y fructosa (levulosa)) y demás productos de la partida 29.40;

    3. los medicamentos y demás productos del Capítulo 30.

    NOTA de subpartida.

  2. En las subpartidas 1701.12, 1701.13 y 1701.14, se entiende por azúcar en bruto, el que contenga en peso, calculado sobre producto seco, un porcentaje de sacarosa correspondiente a una lectura en el polarímetro inferior a 99.5°.

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