ACUERDO GENERAL CONJUNTO DEL PLENO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Y DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE NAYARIT, MEDIANTE EL CUAL SE MODIFICA EL DIVERSO QUE ESTABLECE LINEAMIENTOS PARA EL FLUJO DOCUMENTAL, DEPURACION Y DIGITALIZACION DEL ACERVO ARCHIVISTICO DE LOS JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA Y TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE NAYARIT

Al margen un Sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.-

Gobierno de Nayarit.- Poder Judicial. del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de Nayarit, mediante el cual se modifica el diverso que establece lineamientos para el flujo documental, depuración y digitalización del acervo archivístico de los Juzgados de Primera

Instancia y Tribunal Superior de Justicia del Estado de Nayarit”, al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
  1. Mediante acuerdo General Conjunto número 01/2004 emitido por los Plenos del Tribunal

Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de

Nayarit, publicado en el Periódico Oficial de Gobierno del Estado de Nayarit el día diecisiete de marzo de 2004, se establecieron lineamientos tendientes a solucionar el problema de acumulación, no solo de expedientes en los órganos jurisdiccionales del

Poder Judicial del Estado de Nayarit, sino también de los libros y legajos de documentos variados existentes en aquellos.

Dicho acuerdo entró en vigor el 28 de marzo de 2004. Por ende, los órganos jurisdiccionales y el mismo Archivo General del Poder Judicial del Estado comenzaron a llevar a cabo la depuración y destrucción de expedientes, libros y legajos correspondientes. Ello permitió a aquellas dependencias a contar con un mejor orden y control administrativo que, a su vez, vino a mejorar el ejercicio de la administración de justicia.

Cierto, en el punto quinto, número 1, inciso l) de dicho acuerdo se autoriza a destruir los libros de registro de promociones, exhortos y legajos de lista de acuerdos en los Juzgados de Primera Instancia. Además, el punto décimo primero, se repite nuevamente la autorización para destruir en los juzgados de primera instancia y en el Tribunal Superior de

Justicia del Estado, los libros de registro de promociones y correspondencia y los libros de registro de exhortos. Empero, existen documentos diferentes a los ya descritos que se manejan dentro de los mismos Juzgados que también requieren ser depurados y destruidos para agilizar la administración de dichos órganos. Tales documentos consisten en los libros de registro de amparos, requisitorias, turno para sentencia, de registro de trámite de acuerdos, de notificaciones, de oficios (que de hecho, estos últimos tres no se utilizan actualmente en los órganos jurisdiccionales, pero que se encuentran en los mismos), y de...

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