Fe de erratas del Decreto Número 172 de la 'LVIII' Legislatura, publicado en la Gaceta del Gobierno Número 104, de fecha 2 de diciembre de 2013, Sección Tercera

DEL GOBIERNO
ESTADO DE MÉXICO
Periódico Oficial del Gobierno del Estado Libre y Soberano de México
REGISTRO DGC NUM. 001 1021 CARACTERISTICAS 113282801
Directora: Lic. Brenda Alejandra Romero Paredes Esquivel
Mariano Matamoros Sur No. 308 C.P. 50130
Toluca de Lerdo, Méx., jueves 19 de diciembre de 2013
Tomo CXCVI
A:202/3/001/02
No. 117
Número de ejemplares impresos: 400
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
FE DE ERRATAS DEL DECRETO NÚMERO 172 DE LA "LVIII"
SUMARIO:
LEGISLATURA, PUBLICADO EN LA GACETA DEL GOBIERNO
NÚMERO 104, DE FECHA 2 DE DICIEMBRE DE 2013, SECCIÓN
TERCERA.
"2013. Año del Bicentenario de los Sentimientos de la Nación"
SECCION CUARTA
PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
FE DE ERRATAS
DEL DECRETO NÚMERO 172 DE LA "LVIII" LEGISLATURA, PUBLICADO EN LA GACETA
DEL GOBIERNO NÚMERO 104, DE FECHA 2 DE DICIEMBRE DE 2013, SECCIÓN TERCERA.
PÁGINA
65
y
66,
DICE:
Artículo 95.-
Por inscripción de documentos o actos relativos a bienes inmuebles se pagarán los siguientes
derechos:
TARIFA
CONCEPTO
1.
Por inscripciones relativas a la propiedad o posesión originaria de bienes
inmuebles:
A).
Apeo y deslinde judicial.
$562
B).
Capitulaciones matrimoniales sobre inmuebles.
$562

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