Fe de Erratas Al Decreto NO. 150, Expedido el 08 de Septiembre del Año 2016 y Publicado en el Periódico Oficial 'El Estado de Colima' NO. 58, Suplemento 2, del 10 de Septiembre del Año 2016. por el Que Se Aprueba la Expedición de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público del Estado de COLIMA.

Tomo 101, Colima, Col., Sábado 22 de Octubre del año 2016; Núm. 64, pág. 2. DEL GOBIERNO DEL ESTADO

PODER LEGISLATIVO

FE DE ERRATAS

AL DECRETO No. 150, EXPEDIDO EL 08 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016 Y PUBLICADO EN EL PERIÓDICO OFICIAL "EL ESTADO DE COLIMA" No. 58, SUPLEMENTO 2, DEL 10 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2016. POR EL QUE SE APRUEBA LA EXPEDICIÓN DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL ESTADO DE COLIMA.

DICE:

D E C R E T O No. 150

LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL ESTADO DE COLIMA.

DEBE DECIR: ÚNICO. Se expide la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios Públicos del Estado de Colima, en los siguientes términos:

D E C R E T O No. 150 LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO DEL ESTADO DE COLIMA

DICE: Artículo 22. Atribuciones del Comité de Adquisiciones 1. ...... I. a la VI. ...... VII. Autorizar, previamente a la iniciación del procedimiento, sobre la procedencia de no celebrar licitaciones públicas por encontrarse en alguno de los supuestos de excepción previstos en el artículo 44 de esta Ley, salvo en los casos de las fracciones III, VI y XII del propio precepto, en cuyo caso se deberá informar al propio comité una vez concluida la contratación respectiva. Dicha función también podrá ser ejercida directamente por el titular de la dependencia o el órgano de gobierno de la entidad;

VIII. a la IX. ...... 2. ...... 3. ......

DEBE DECIR: Artículo 22. Atribuciones del Comité de Adquisiciones 1. ...... I. a la VI. ...... VII. Autorizar, previamente a la iniciación del procedimiento, sobre la procedencia de no celebrar licitaciones públicas por encontrarse en alguno de los supuestos de excepción previstos en el artículo 45 de esta Ley, salvo en los casos de las fracciones II, V y XIX del propio precepto, en cuyo caso se deberá informar al propio comité una vez concluida la contratación respectiva. Dicha función también podrá ser ejercida directamente por el titular de la dependencia o el órgano de gobierno de la entidad;

VIII. a la IX. ...... 2. ...... 3. ......

DICE: Artículo 44. Excepciones a la licitación pública. 1. ...... 2. ...... 3. ...... 4. ......

  1. En caso del procedimiento de invitación restringida fundamentados en las fracciones I, IV, VII, VIII, X, XII, XIII, XIV, XV, XVIII y XIX del artículo 45 de esta Ley, el informe al que hace referencia el párrafo anterior deberá estar acompañado de los...

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