Fe de erratas del Acuerdo del Ejecutivo del Estado por el que se establece el Programa de Regularización de la Tenencia de la Tierra Derivado del Sumario de Usucapión, publicado en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” en fecha 6 de julio de 2016, sección sexta

Página 2 10 de octubre de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
CONSEJERÍA JURÍDICA DEL EJECUTIVO ESTATAL
FE DE ERRATAS DEL ACUERDO DEL EJECUTIVO DEL ESTADO POR EL QUE SE
ESTABLECE EL PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN DE LA TENENCIA DE LA TIERRA
DERIVADO DEL JUICIO SUMARIO DE USUCAPIÓN, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO
OFICIAL “GACETA DEL GOBIERNO” EN FECHA 6 DE JULIO DE 2016, SECCIÓN SEXTA.
Dice:
Debe decir:
Página 2:
Que a fin de concretar la reforma señalada
y beneficiar a más mexiquenses con ella,
resulta necesario establecer un Programa
de Regularización de la Tenencia de la
Tierra derivado del juicio sumario de
usucapión. Generando con este, tarifas y
facilidades específicas.
Que se busca la coordinación de
diferentes instancias del Gobierno Estatal,
tales como la Secretaría General de
Gobierno, la Secretaría de Desarrollo
Urbano, la Consejería Jurídica y, en
general, todas las que se requieran para el
cumplimiento del Programa, así como con
los municipios, en pleno respecto a su
autonomía, en cuanto a las acciones que
les competen.
Página 3:
Artículo 4. Para poder acceder al
Programa, los particulares podrán recurrir
al Instituto Mexiquense de la Vivienda
Social, a través de las 12 Delegaciones
Regionales con las que cuenta el propio
Instituto, o podrán registrarse en el vínculo
que para el efecto se encuentre en el
portal del Instituto Mexiquense de la
Vivienda Social.
Artículo 5. Los lugares donde se puede
realizar el trámite son los siguientes:
I. Instituto Mexiquense de la Vivienda.
II. Delegación Región V Naucalpan.
Que a fin de concretar la reforma señalada y
beneficiar a más mexiquenses con ella, resulta
necesario establecer un Programa de
Regularización de la Tenencia de la Tierra
derivado del juicio sumario de usucapión.
Generando con éste, tarifas y facilidades
específicas.
Que se busca la coordinación de diferentes
instancias del Gobierno Estatal, tales como la
Secretaría General de Gobierno, la Secretaría de
Desarrollo Urbano, la Consejería Jurídica y, en
general, todas las que se requieran para el
cumplimiento del Programa, así como con los
municipios, en pleno respeto a su autonomía, en
cuanto a las acciones que les competen.
Artículo 4. Para poder acceder al Programa, los
particulares podrán acudir al Instituto Mexiquense
de la Vivienda Social, a través de las 12
Delegaciones Regionales con las que cuenta el
propio Instituto, o podrán registrarse en el vínculo
que para el efecto se encuentre en el portal del
Instituto Mexiquense de la Vivienda Social, así
como en las oficinas de la Dirección General
Jurídica y Consultiva, dependiente de la
Consejería Jurídica del Ejecutivo Estatal o en
el vínculo que para el efecto se encuentre en el
portal de la propia Consejería.
Artículo 5. Los lugares donde se puede realizar el
trámite son los siguientes:
I. Instituto Mexiquense de la Vivienda.
II. Delegación Región V Naucalpan.

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