Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas
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Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas.
XOCHITL GALVEZ RUIZ, Directora General de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, con fundamento en los artículos 1, 2, 5, 9 y 11 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, y CONSIDERANDO Que con fecha 21 de mayo de 2003 se publicó en el Diario Oficial de la Federación la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, quien tiene por objeto orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas para el desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas de conformidad con el artículo 2o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; previendo además la existencia de un Estatuto Orgánico que regule las funciones y facultades de cada unidad administrativa; Que la Junta de Gobierno de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, en ejercicio de la facultad que le asiste en términos de la fracción XI del artículo 9 de la Ley de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, en sesión celebrada el 12 de septiembre de 2006, aprobó y acordó expedir las bases de organización, las facultades y funciones que corresponden a las distintas áreas que integren el organismo. Que esta Comisión recibió el día 27 de octubre de 2006, el oficio COFEME.06.3659 de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, por el que se emitió el dictamen correspondiente al Estatuto Orgánico de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, por lo que he tenido a bien expedir el siguiente: ESTATUTO ORGANICO DE LA COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO DE LOS PUEBLOS INDIGENAS TÍTULO I Disposiciones generales CAPÍTULO UNICO ARTÍCULO 1. El presente Estatuto tiene por objeto regular la estructura y funciones de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas, organismo descentralizado, no sectorizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que goza de autonomía operativa, técnica, presupuestal y administrativa. El objeto de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas es orientar, coordinar, promover, apoyar, fomentar, dar seguimiento y evaluar los programas, proyectos, estrategias y acciones públicas dirigidas al desarrollo integral y sustentable de los pueblos y comunidades indígenas, de conformidad con los artículos 2o. de la Constituc...Ver el contenido completo de este documento
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