PROGRAMA ESTATAL DE SUELO Y RESERVAS TERRITORIALES DE NAYARIT.

Extracto


PROGRAMA ESTATAL DE SUELO Y RESERVAS TERRITORIALES DE NAYARIT.

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Programa Estatal de Suelo y

Reservas Territoriales de Nayarit

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Sábado 25 de Agosto de 2007 Periódico Oficial 3

Proyecciones de suelo urbanizable acorde al crecimiento demográfico y turístico .................. 17

Estatal de Desarrollo 2005-2011 que así lo requieran................................................................... 55

COPIA DE INTERNET tipo de reserva................................................................................................................................ 56

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Sábado 25 de Agosto de 2007 Periódico Oficial 5

La definición del marco jurídico e instrumental en el que recae la pertinencia del Programa de Suelo y

Reservas Territoriales del Estado de Nayarit, se centra en la especificación de los vínculos del Programa con la legislación vigente, así como con los diferentes Programas que forman parte de los Sistemas Nacional y

Estatal de Planeación.

Su desarrollo considera el marco jurídico del ámbito federal que parte de la Constitución Política de los

Estados Unidos Mexicanos, hasta la normatividad sectorial de planeación urbana, suelo, vivienda y reservas territoriales. Así mismo, considera bajo la misma lógica al marco normativo estatal, que da mayor pertinencia al Programa y los ámbitos sectoriales de acción.

Diversos son los ordenamientos legales que de manera directa e indirecta deben ser considerados en la elaboración y puesta en marcha del presente Programa de Suelo, los que resultan de particular relevancia se enumeran a continuación:

Constitución Política de los Estado Unidos Mexicanos

Ley General de Asentamientos Humanos

Ley General de Población

Ley de Vivienda

Ley Agraria

Ley de Aguas Nacionales

Específicamente, las siguientes disposiciones legales son las que de manera directa hacen referencia al suelo y las actividades tendientes a constituir y regular las reservas territoriales, sobre todo las de tipo urbano.

La Ley General de Asentamientos Humanos, en el capítulo sexto, señala que la Federación, las Entidades

Federativas y los Municipios llevarán a cabo acciones coordinadas en la materia, con el objeto de establecer una política integral de suelo urbano y reservas territoriales, mediante la programación de las adquisiciones y la oferta de tierra para el desarrollo urbano y la vivienda, que permita asegurar la disponibilidad de suelo para los diferentes usos y destinos.

Bases Jurídicas para el establecimiento de reservas territoriales.

El máximo ordenamiento legal, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 27 señala textualmente que “la nación tendrá en todo el tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada las modalidades que dicte el interés público; así como el de regular, en beneficio social, el aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de aprobación con objeto de hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población rural y urbana. En consecuencia se dictarán las medidas necesarias para ordenar los asentamientos humanos y establecer adecuadas provisiones, usos, reservas y destinos de tierras, aguas y bosques a efecto de ejecutar obras públicas y de planear y regular la fundación, conservación, mejoramiento y crecimiento de los centros de población”.

Asimismo, a través de su artículo 115, faculta a los Municipios para participar en la creación y la administración de sus reservas territoriales.

Por otra parte, en correspondencia con el marco legal agrario y urbano, la Ley Orgánica de la

Administración Pública Federal en su artículo 32, fracción XI, le confiere a la Secretaría de Desarrollo

Social, atribuciones para elaborar, apoyar y ejecutar Programas para satisfacer las necesidades del suelo urbano y el establecimiento de provisiones y reservas territoriales para el adecuado desarrollo de los centros de población, en coordinación con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal correspondientes y los Gobiernos Estatales y Municipales y con la participación de los diversos grupos sociales.

La información contenida en este apartado se obtuvo de la consulta a Leyes, Programas y Decretos referidos en la bibliografía del presente Programa.

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De lo anterior, se han establecido Planes y Programas de coordinación como el ahora denominado PISO el cual incluye las acciones del PROCEDE y la constitución de Inmobiliarias Ejidales, los cuales deberán ser evaluados, orientados e inducidos por los participantes.

Por su parte, La...

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