Eficiencia Energética Integral en Edificios no Residenciales. Especificaciones y Métodos de Verificación.

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Eficiencia Energética Integral en Edificios no Residenciales. Especificaciones y Métodos de Verificación.

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana NOM -081-SCFI-1994, Eficiencia energética integral en edificios no residenciales. Especificaciones y métodos de verificación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comercio y Fomento Industrial.

La Secretaría de Comercio y Fomento Industrial, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 39 fracción V, 40 fracción XII, 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 9o. y 17 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial; 5o. fracción XIII inciso a) del Acuerdo que adscribe Orgánicamente Unidades Administrativas y delega Facultades en los Subsecretarios, Oficial Mayor, Jefes de Unidad, Directores Generales y otros Subalternos de la Secretaría de Comercio y Fomento Industrial; publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de marzo de 1994, expide el siguiente Proyecto de Norma Oficial Mexicana NOM-081-SCFI-1994 Eficiencia energética integral en edificios no residenciales. Especificaciones y métodos de verificación.

De conformidad con el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el Proyecto de NOM-081-SCFI-1994, se expide para consulta pública, a efecto de que dentro de los siguientes 90 días naturales, los interesados presenten sus comentarios ante la Dirección General de Normas para que en términos de la Ley se consideren en el seno del comité que lo propuso.

Durante este lapso, el análisis a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización puede ser consultado gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en avenida Puente de Tecamachalco número 6, Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, Estado de México.

Sufragio Efectivo. No Reelección.

México, D.F., a 6 de septiembre de 1994.- El Director General de Normas, Luis Guillermo Ibarra.- Rúbrica. NOM -081-SCFI-1994 EFICIENCIA ENERGETICA INTEGRAL EN EDIFICIOS NO RESIDENCIALES. ESPECIFICACIONES Y METODOS DE VERIFICACION.

1. Objetivo y campo de aplicación

1.1 Esta Norma Oficial establece los requerimientos mínimos de diseño y construcción de edificios nuevos; de áreas con modificaciones y ampliaciones, así como de remodelaciones y/o reparaciones de la envolvente de edificios existentes, de propiedad pública o privada, para lograr el uso eficiente de la energía, sin restrigir las funciones del edificio ni el confort y productividad de sus ocupantes.

1.2 Esta Norma aplica a todos los edificios o parte de los edificios que proporcionan medios o resguardo para la ocupación humana y usan energía proveniente de recursos propios no renovables o de la compañía suministradora, primordialmente para proporcionar confort, y cuyo uso o destino se especifica en 1.5.

1.3 Los requerimientos aplican a la envolvente del edificio; a los materiales o productos manufacturados; a los sistemas de fuerza y alumbrado; a los sistemas y equipos mecánicos para calefacción, ventilación y aire acondicionado; a los equipos para calentamiento de agua de servicio y la eficiencia energética integral expresada mediante el índice de demanda de energía eléctrica por superficie de construcción.(W /m2).

1.4 Esta Norma proporciona los métodos para determinar el cumplimiento de la misma y no podrá usarse para evadir el cumplimiento de cualquier requerimiento en materia de seguridad, salud o medio ambiente.

1.5 Obligatoriedad en función del uso o destino. Esta Norma es de observancia obligatoria para todos los edificios tipificados en 1.5.1 y que queden en los puntos 1.5.2 y 1.5.3.

1.5.1 Cuyo uso o destino sean:

OFICINAS

Oficinas de administración pública

Bancos

Oficinas de administración privada SALUD

Hospitales. Areas administrativas, consulta externa y hospitalización

Clínicas y centros de salud

Asistencia social

Asistencia animal

EDUCACION Y CULTURA

Educación elemental, media y superior

Institutos científicos

Instalaciones para exhibiciones y conferencias

Centros de capacitación

Centros de información. Bibliotecas Instalaciones religiosas

COMERCIO

Almacenamiento y abasto

Tiendas de productos básicos

Tiendas de especialidades

Tiendas de autoservicio

Tiendas de departamentos

Centros comerciales (incluye mercados) Venta de materiales y vehículos

Tiendas de servicios

1.5.2 Que sean calentados, ventilados o enfriados mecánicamente y/o cuya carga eléctrica conectada por este concepto exceda de 1 kW

1.5.3 Edificios o partes de edificios separados e identificables, cuyo uso de energía combinada pico de diseño, por concepto de calefacción, calentamiento de agua, ventilación, aire acondicionado, contactos, sistemas de fuerza y alumbrado, exceda de 20 kW.

1.5.4 Edificios cuya solicitud de licencia de construcción nueva o de modificación, ampliación, remodelación o de repa...

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